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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de noviembre de 2007 357495 artículo tercero de la Resolución de Contraloría Nº 356- 2007-CG: Nº PUB.ENTIDAD PERÍODO 63GRUPO Nº 6 EMPRESA NACIONAL DE EDIFICACIONES – ENACE EN LIQUIDACIÓNFINANCIERO 2007 EMPRESA DE TRANSMISION ELECTRICA DEL SUR S.A. - ETESUR EN LIQUIDACIONFINANCIERO 2007 ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO KOLKANDINA S.A. EN LIQUIDACIONFINANCIERO 2007 65 DEFENSORÍA DEL PUEBLOFINANCIERO 2006 77SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE CHICLAYO – SATCHFINANCIERO 2006 y 2007 89GRUPO Nº 8 EMPRESA NACIONAL DE FERROCARRILES S.A. EN LIQUIDACIÓN – ENAFER S.A. EN LIQUIDACIÓNFINANCIERO 2007 EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. EN LIQUIDACIÓN – PESCA PERÚ EN LIQUIDACIÓNFINANCIERO 2007 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero. - Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República Contralora General (e) 130870-1 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de las Municipalidades Distritales de Ate y Cayma y Provincial de Talara RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 385-2007-CG Lima, 12 de noviembre de 2007 Visto, el Informe Especial N° 195-2007-CG/ ORLC, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Ate – Lima, período Enero 1999 – Julio 2004, considerando operaciones anteriores y posteriores, relacionadas con los objetivos del citado Examen Especial; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso se efectúe un Examen Especial en la Municipalidad Distrital de Ate - Lima, con el objeto de evaluar la gestión en la administración de los recursos obtenidos a través del endeudamiento interno, verifi cando si éstos fueron utilizados adecuadamente en concordancia con las normas vigentes y los objetivos previstos, así como las denuncias presentadas en relación a la utilización de dichos recursos; Que, como consecuencia de la acción de control efectuada, la Comisión de Auditoría ha evidenciado que ex funcionarios responsables del proceso de Adjudicación Directa Sin Publicación Nº 016-2000-O/MDA para la ejecución de la obra: “Pavimentación del Asentamiento Humano Municipal Sicuani I Etapa”, efectuaron diversas acciones tendentes a favorecer a una empresa con el otorgamiento de la buena pro, habiendo elaborado invitaciones a diversas empresas que no les fueron remitidas, completando la terna con propuestas técnicas y económicas fraguadas, incluyendo además un ejemplar adulterado de la declaración jurada de la empresa ganadora de la buena pro en lo que respecta al plazo de ejecución de la obra, siendo que en la contratación de la misma extendieron dicho plazo a 120 días calendario, cuando las bases establecían la ejecución a 60 días calendario; hechos que confi guran la existencia de indicios razonables de la comisión de los delitos de Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsifi cación de Documentos, previstos y penados por los artículos 397° y 428° del Código Penal, respectivamente; Que, de otro lado se ha evidenciado que ex funcionarios de la administración municipal procedieron a efectuar el pago de dietas a ex Regidores que no asistieron a las Sesiones del Concejo Municipal, por encontrarse con licencias y/o permisos por motivos de viajes, las que incluso fueron otorgadas por Acuerdos de Concejo, ocasionando que la entidad edil asuma obligaciones indebidas por la suma de S/. 13 224,26; constituyendo los hechos expuestos indicios razonables de la comisión del delito Peculado, previsto y penado por el artículo 387° del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537, sus modifi catorias, y la Resolución de Contraloría Nº 372-2007-G; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de RepúblicaContralora General (e) 130870-2 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 386-2007-CG Lima, 12 de noviembre de 2007 VISTO, el Informe Especial N° 196-2007-CG/ ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Talara, Piura, período 01.Ene.2004 – 31.Dic.2005, habiéndose extendido el alcance a periodos anteriores y posteriores, y; CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de la correspondiente acción de control a la Municipalidad Provincial de Talara, Piura, teniendo como objetivo, entre otros, establecer si las adquisiciones