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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (15/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de noviembre de 2007 357527 ciudades de Cali y Bogotá de la República de Colombia, no podrá ser atendido, por lo que corresponde dejar sin efecto la autorización de viaje dispuesta mediante Resolución Suprema Nº 217-2007-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560, y la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 217-2007-PCM, de fecha 29 de octubre de 2007. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 132464-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de representante del Ministerio a EE.UU. para participar en sesión del Tribunal de Arbitraje RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 098-2007-EF Lima, 14 de noviembre de 2007 Visto el Memorando Nº 094-2007-EF/15.01, de la Viceministra de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, el día 26 de noviembre de 2007, se realizará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, la primera sesión del Tribunal de Arbitraje en el caso del inversionista Tza Yap Shum, Que, los aspectos que involucran la agenda que se tratará en la primera Audiencia del caso comprometen en la mayoría de los casos acciones por parte del Estado peruano que deben ser evaluadas considerando las capacidades de éste desde el punto de vista de los tiempos involucrados y la respuesta comprometida, trámites administrativos a realizarse, competencias de los diferentes organismos, sectores u ofi cinas involucradas y en general aspectos administrativos que tiene que ver con la acción del Estado en su conjunto, así como con la de los miembros de la Comisión Especial para el presente caso; Que, se debe considerar que la experiencia que el Estado peruana vaya adquiriendo en el manejo de las controversias con inversionistas extranjeros redundará directamente en el clima de inversión que se le pueda brindar a éstos, tanto para el trato directo de sus problemas, como en la prevención de los mismos, los cuales, en aplicación de la Ley Nº 28933, competen a la Comisión Especial de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, por lo que resulta altamente recomendable la presencia de un representante del Estado peruano en la primera Audiencia del Tribunal Arbitral a celebrarse en la sede del CIADI, Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 052- 2007-EF/10, se designó al señor Carlos Martín Ramírez Rodríguez, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante la Comisión Especial de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, creada por la Ley Nº 28933 y Presidente de la misma; Que, en tal sentido y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje del citado representante, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 28927 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio del señor Carlos Martín Ramírez Rodríguez, representante del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 25 al 27 de noviembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos US$ 1 718,25Viáticos US$ 440,00 Tarifa Corpac (TUUA) US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido representante deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del representante, cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GALVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 132464-3 Ratifican acuerdo de PROINVERSIÓN para incorporar al proceso de promoción de la inversión privada la entrega en concesión del Proyecto “Gasoducto Macroregional del Sur” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 099-2007-EF Lima, 14 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en Concesión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que deban ser entregadas en concesión al sector privado, estableciendo el artículo 2° del Reglamento de dicho Texto Único Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo N° 060-96-PCM, que el Acuerdo de Consejo Directivo respectivo será ratifi cado mediante Resolución Suprema; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 6 de Noviembre de 2007, acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada la entrega