Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2007 (15/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

357538

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de noviembre de 2007

embarcaciones pesqueras multiproposito (cerco/arrastre de media agua), de MORDAZA MORDAZA con 500 m3 de volumen de bodega cada una, empleando como arte y aparejos de pesca, la red de cerco y arrastre de media agua, para la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se ha verificado que la recurrente ha cumplido con acreditar los requisitos sustantivos y los procedimentales establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 3412005- PRODUCE, por lo que procede otorgar la autorizacion de incremento de flota solicitada para la construccion de cuatro (4) embarcaciones pesqueras multiproposito (cerco/ arrastre de media agua), para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 364-2007PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable del Area Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., autorizacion de incremento de flota para la construccion de cuatro (4) embarcaciones pesqueras multiproposito (cerco/arrastre de media agua), de MORDAZA MORDAZA con 500 m3 de volumen de bodega cada una, equipada con red de arrastre de media agua de 76 mm. (3 pulgadas) de tamano de abertura minima de malla en el copo y la de cerco de 38 mm (1 ½" pulgadas) para la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, con sistema de preservacion a bordo RSW. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses, pudiendo por razones de caracter economico o motivos de fuerza mayor ampliar el plazo por veinticuatro (24) meses improrrogables, dicha ampliacion debera ser declarada, expresamente, por el Ministerio de la Produccion; Articulo 3º.- Ejecutada la construccion de la embarcacion pesquera, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., debera solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo de un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion excediendo la capacidad de bodega autorizada, la que sera declarada mediante Resolucion Directoral. Articulo 4º.- Incluir la presente resolucion de autorizacion de incremento de flota en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 131636-2

Otorgan licencia a Centro Mar S.A. para operar planta de congelado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 439-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de octubre del 2007 Visto los escritos con registro Nº 00045013 del 22 de junio y 14 agosto de 2007, respectivamente, presentados por la empresa CENTRO MAR S.A.; CONSIDERANDO: Que los articulos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley Nº 25977 ­Ley General de Pesca­ establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la autorizacion y licencia correspondientes, las que constituyen derechos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que por Resolucion Directoral Nº 297-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de junio de 2007, se otorgo a la empresa CENTRO MAR S.A. autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento, a traves de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, a ubicarse en la MORDAZA El Palomar Nº 109 del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con una capacidad proyectada de 15 t/dia; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial citado en el MORDAZA considerando de la presente resolucion; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria mediante MORDAZA de Verificacion Nº 0182007-PRODUCE/DIGAAP, del 17 de MORDAZA de 2007, senala que CENTRO MAR S.A. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion aprobadas en el Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado, asimismo indica que la citada empresa durante el desarrollo de su actividad esta obligada a cumplir con los compromisos ambientales asumidos y la normatividad ambiental vigente; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolo Tecnico Sanitario para la Licencia de Operacion N° PSL-008-07-CG-SANIPES, del 8 de junio de 2007, declara que la planta al momento de la auditoria/ inspeccion efectuada se encuentra en adecuacion a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas aprobada por Decreto Supremo N° 040-2001-PE; Que de la evaluacion efectuada al expediente administrativo, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Tecnico Nº 367-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en los articulos 43° inciso d), 45° y 46° del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los articulos 49°, 53º numeral 53.1 y 54° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y del Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa CENTRO MAR S.A., licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, instalada en su

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.