Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2007 (19/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 19 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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suscrito entre dicha entidad y la Republica del Peru el 8 y 13 de setiembre de 2005, respectivamente, constituyen el MORDAZA contractual para implementar las operaciones de cobertura de riesgo estructuradas denominadas "Cross Currency Swap Extinguible" que se aprueban en el Articulo 1º de la presente MORDAZA legal. Articulo 3º.- El Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico podra suscribir los documentos y tomar las acciones que, en el ambito de su competencia, se requieran para implementar lo dispuesto en esta MORDAZA legal. Articulo 4°.- Los pagos correspondientes a la implementacion de las operaciones de cobertura de deuda que se aprueban en el Articulo 1° de esta MORDAZA seran atendidos por la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico con cargo a las partidas presupuestarias para el servicio de la deuda publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 133782-1

ENERGIA Y MINAS
Disponen que PROINVERSION transfiera directamente a la Municipalidad Distrital de Querocoto los bienes y activos que se adquieran con cargo al Fideicomiso Social "Proyecto La Granja"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 522-2007-MEM/DM MORDAZA, 16 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28401, se establece que los programas ejecutados en aplicacion del tercer parrafo del articulo 33° del Decreto Supremo N° 070-92-PCM modificado por el Decreto Supremo N° 033-93-PCM, con rango de Ley segun la Ley N° 26438, incluyen programas de caracter social destinados a la ejecucion de proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la poblacion ubicada en la MORDAZA de influencia del proyecto promovido; Que, asimismo, el articulo 1 de la Ley N° 28401 dispone que los programas de caracter social MORDAZA citados, se ejecutan a traves de un fideicomiso, en el cual el Estado participa como fideicomitente representado por la empresa incluida en el MORDAZA de promocion de la inversion privada y otra entidad designada por resolucion ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 490-2004EF.10, se designo a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, como representante del Estado en calidad de Fideicomitente en los Fideicomisos que se constituyan para la ejecucion de los programas de caracter social que se realicen en el MORDAZA de la Ley N° 28401; Que, mediante Decreto Supremo N° 184-2005-EF, se reglamento la Ley N° 28401, estableciendose que PROINVERSION y la empresa incluida en el MORDAZA de promocion de la inversion privada se encuentran facultados para transferir directamente los bienes y activos obtenidos como consecuencia de la ejecucion de los proyectos de caracter social, a las entidades del Estado que se determinen mediante Resolucion Ministerial del sector al cual se encuentra vinculado el proyecto, y a traves de los cuales se beneficiara a los pobladores de la MORDAZA de influencia de los proyectos promovidos; Que, en aplicacion de los dispositivos legales MORDAZA citados, con fecha 3 de MORDAZA de 2006, se constituyo el Fideicomiso Social "Proyecto La Granja" con los recursos

derivados del MORDAZA de promocion de la inversion privada del Proyecto La Granja, teniendo por objeto la ejecucion de proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la MORDAZA de influencia del proyecto, conformada por el distrito de Querocoto, de la provincia de Chota, departamento de MORDAZA, en particular, los centros poblados de La Granja, La Iraca, La MORDAZA y MORDAZA, y los centros poblados de la MORDAZA del Rio Paltiq; Que, dentro de este MORDAZA legal, el Consejo Ejecutivo del Fideicomiso Social "Proyecto La Granja" ha aprobado el financiamiento con cargo a los recursos del fideicomiso de algunos componentes de los proyectos: "Ampliacion de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias en las Comunidades Vista MORDAZA y MORDAZA de Vista Alegre", "Ampliacion de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias en las Comunidades de Ayanchacra, Pagaybamba Alto, Pagaybamba Bajo y Ayuran", "Ampliacion de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias en las Comunidades de Marcopampa, El Rejo y Obraje" y "Ampliacion de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias en las Comunidades de El Naranjo, Campamento y Shanquihua", en el distrito de Querocoto, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; De conformidad con lo establecido en el articulo 1 del Decreto Supremo N° 184-2005-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.­ Transferencia de bienes y activos PROINVERSION, en representacion del Fideicomitente, transferira directamente a la Municipalidad Distrital de Querocoto, provincia de Chota, departamento de MORDAZA, los bienes y activos que se adquieran con cargo al Fideicomiso Social "Proyecto La Granja" para ser destinados a la ejecucion de los siguientes proyectos: 1. Ampliacion de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias en las Comunidades Vista MORDAZA y MORDAZA de Vista Alegre. 2. Ampliacion de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias en las Comunidades de Ayanchacra, Pagaybamba Alto, Pagaybamba Bajo y Ayuran. 3. Ampliacion de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias en las Comunidades de Marcopampa, El Rejo y Obraje. 4. Ampliacion de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias en las Comunidades de El Naranjo, Campamento y Shanquihua. La referida transferencia de bienes se efectuara a titulo gratuito, de acuerdo a lo establecido en el articulo 3 del Decreto Supremo N° 184-2005-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 133521-1

JUSTICIA
Sancionan con desautorizacion de funcionamiento a diversos centros de conciliacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 296-2007-JUS/DNJ-DCMA MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2007 VISTOS, la Resolucion Directoral N° 381-2006-JUS/ DNJ-DCMA, de fecha 18 de setiembre de 2006, que dispuso la apertura de Procedimiento Sancionador en

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