Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2007 (19/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 19 de noviembre de 2007

Articulo 3°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA RAFFO DASSO Vicepresidente encargado de la Presidencia 133555-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Autorizan funcionamiento como sociedad titulizadora de Titulizadora Peruana Sociedad Titulizadora S.A.
RESOLUCION CONASEV Nº 082-2007-EF/94.01.1 MORDAZA, 13 de noviembre de 2007 VISTOS: El expediente N° 2007028603 y el Informe N° 6672007-EF/94.06.2 del 8 de noviembre de 2007, presentado por la Direccion de Patrimonios Autonomos, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 2367-2007-EF/94.06.2 del 12 de junio de 2007 se otorgo a Corporacion Financiera Internacional - IFC, Grupo Credito S.A., Titularizadora Colombiana S.A., Banco Internacional del Peru S.A.A. y Scotiabank Peru S.A.A. la autorizacion de organizacion de una sociedad titulizadora denominada "Titulizadora Peruana Sociedad Titulizadora S.A."; Que, mediante escrito recibido el 5 de octubre de 2007, complementado el 24 y 30 de octubre de 2007, se solicito la autorizacion de funcionamiento de "Titulizadora Peruana Sociedad Titulizadora S.A.", para actuar como sociedad titulizadora; Que, evaluada la documentacion presentada, se ha determinado que la misma cumple con lo establecido por el articulo 24 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado por Resolucion CONASEV N° 00197-EF/94.10, asi como con lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto en el articulo 307 del Texto Unico Ordenado la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 093-2002-EF, el literal a) del articulo 2° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por el Decreto Ley N° 26126; el literal g) del articulo 6º del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2007-EF y a lo acordado por el Directorio de CONASEV reunido en sesion del 12 de noviembre de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento como sociedad titulizadora de Titulizadora Peruana Sociedad Titulizadora S.A., la cual tambien podra utilizar la abreviatura Titulizadora Peruana S.A., y disponer su inscripcion en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores.

Articulo 2º.- Titulizadora Peruana Sociedad Titulizadora S.A., dentro de los treinta (30) dias siguientes de la entrada en vigencia de la presente resolucion, debera presentar MORDAZA de su escritura publica de constitucion social, debidamente inscrita en el Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA de SUNARP. Articulo 3º.- Difundir la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano y del MORDAZA de CONASEV. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual Titulizadora Peruana Sociedad Titulizadora S.A., podra dar inicio a sus actividades como sociedad titulizadora. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Titulizadora Peruana Sociedad Titulizadora S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Presidente 132010-1

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Disponen publicacion de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de octubre de 2007
RESOLUCION Nº 568-2007-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 14 de noviembre de 2007 VISTO: El Memorando Nº 386-2007/DPS-JVZ de la Direccion de Plataforma - SEACE, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Direccion de Plataforma ­ SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de octubre de 2007; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 59º de la Ley, el numeral 14 del articulo 3º y el numeral 23 del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF; SE RESUELVE:

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