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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (22/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de noviembre de 2007 358023 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 247-2007-PCM Lima, 21 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, según Ofi cio Nº 00484-MTP/2007 el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Tarma, del departamento de Junín, solicita trámite de exoneración de la prohibición para la adquisición de vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, con la fi nalidad que le permita adquirir dos (2) camionetas, que serán destinadas para el servicio de seguridad ciudadana en el contexto del proyecto de inversión pública aprobado para tal fi n; Que, el Informe Nº 0419-GPP-MPT/2007 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad señala la cobertura presupuestal de Un Millón Quinientos Dieciséis Mil Novecientos Cuarenta y Tres y 32/100 Nuevos Soles (S/. 1’516,943.32) para la ejecución de dos Proyectos entre ellos el Proyecto “Mejoramiento del servicio de seguridad ciudadana de la ciudad de Tarma, provincia de Tarma - Junín”, con fuente de fi nanciamiento 18.CANON, SOBRECANON REGALIAS MINERAS Y PARTICIPACIÓN EN ADUANAS, con Código SNIP 61957, a través el cual considera la adquisición de dos (2) camionetas por un importe de Ciento Veintisiete Mil Seiscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 127,600.00). Que, mediante el Informe Nº 00439-GPP-MPT/2007 el Gerente de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad informa que la adquisición de las camionetas señaladas en el párrafo precedente, se efectúa a través de la cadena funcional programática y de gastos siguientes: Función : 07 Defensa y Seguridad Nacional Programa : 022 Orden Interno Subprograma : 0182 Seguridad Ciudadana Proyecto :2055490 Mejoramiento del Servicio de Seguridad Ciudadana de la ciudad de Tarma, provincia de Tarma - Junín Componente :2124141 Mejoramiento del Servicio de Seguridad Ciudadana de la ciudad de Tarma, provincia de Tarma - Junín Meta :001 Mejoramiento de las condiciones de Seguridad Ciudadana en la ciudad de Tarma. Fte. de Financiamient o: 5 Recursos Determinados Rubro:18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduana y Participaciones Categoría del Gasto : 6 Gastos de Capital Grupo Genérico de G. : 5 Inversiones Modalidad de Aplicac. : 11 Aplicaciones DirectasEspecí fi ca de Gasto : 51 Equipamiento y Bienes Duraderos Que, el literal c), del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a la Municipalidad Provincial de Tarma, del departamento de Junín, con la fi nalidad que le permita adquirir dos (2) camionetas, que serán destinadas al servicio de la seguridad ciudadana en dicha Municipalidad. Artículo 2º.- Asimismo, precisar que la Municipalidad Provincial de Tarma se constituye como responsable, del cumplimiento de la normatividad vigente, el correcto uso de la Estructura Funcional Programática y Cadenas de Gastos, así como de las acciones necesarias para llevar a cabo la adquisición de las camionetas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 135587-5 Exoneran al Ministerio de Defensa de la prohibición de adquirir vehículos que serán destinados al servicio de seguridad naval y escolta de la Marina de Guerra RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 248-2007-PCM Lima, 21 de noviembre de 2007 VISTO :El Ofi cio Nº 891–2007–SGMD-DDLL del 20 de octubre de 2007 del Ministerio de Defensa CONSIDERANDO:Que, mediante el Ofi cio B.1000-1544 de fecha 10 de agosto de 2007, el Director General del Material de la Marina, solicita se tramite la exoneración de la prohibición para la adquisición de vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a fi n que la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú del Pliego 026: Ministerio de Defensa, pueda adquirir camionetas 4x4, para destinarlas al servicio de seguridad naval y escolta de la Marina de Guerra del Perú; Que, el literal c) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender tal gasto”; Que, la Dirección Técnica de Economía del Ministerio de Defensa, mediante el Ofi cio Nº 1241/VAAE/A/01 del 2 de octubre de 2007 y Certifi cado de Crédito Presupuestario Nº 214-VAAE/A/01 del 21 de septiembre 2007, certifi ca disponibilidad presupuestal, indicando que para atender los requerimientos de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, consistente en la adquisición de cuatro (4) vehículos tipo camioneta 4x4 para el servicio de seguridad naval y escolta de la Marina de Guerra del Perú, se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para su atención en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, por la suma de S/. 650 000.00 (Seiscientos cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, en ese sentido, la exoneración solicitada se sustenta en la necesidad antes expuesta y en la disponibilidad presupuestal existente, no afectando otras prioridades de gasto del Pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, asimismo en relación con la adquisición de vehículos requerida y dado que la prohibición cuya exoneración se pretende constituye una medida de austeridad dentro de la Ley Nº 28927, cabe indicar que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º numerales 4 y 6 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los