Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2007 (22/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2007

bienes que se adquieran deben reunir los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecucion y entrega y deberan efectuarse en las mejores condiciones en su uso final, aplicandose en toda adquisicion los criterios de simplicidad, austeridad, concentracion y ahorro en el uso de los recursos en las etapas de los procesos de seleccion; siendo precisamente en base a tales criterios que se deben ejecutar los recursos con los que cuenta cada Unidad Ejecutora, en el MORDAZA de la disponibilidad presupuestal senalada por la Direccion Tecnica de Economia del Ministerio de Defensa; Con la opinion contenida en el Informe Nº 339 -2007 ­ PCM/OGPP; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560- Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927- Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar de los alcances senalados en el literal c) del numeral 3, del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, al Pliego 026: Ministerio de Defensa, con la finalidad que le permita efectuar la adquisicion de cuatro (4) vehiculos MORDAZA camioneta 4x4 para la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, conforme a los requerimientos senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema, a fin de destinarlos al servicio de seguridad MORDAZA y escolta de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa se constituye como responsable, del cumplimiento de la normatividad vigente, el correcto uso de la Estructura Funcional programatica y cadena de gasto, asi como de las acciones necesarias, para llevar a cabo la adquisicion de las camionetas referidas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa

de promover, asesorar, supervisar y normar el desarrollo, conservacion, manejo, mejoramiento y aprovechamiento a nivel nacional de todas las especies que conforman los camelidos sudamericanos y la responsable de representar al MORDAZA ante los organismos internacionales en asuntos que conciernen a estas especies, como punto focal del Convenio Internacional de Conservacion de la Vicuna; Que, el Peru es MORDAZA signatario y depositario del Convenio para la Conservacion y Manejo de la Vicuna suscrito en MORDAZA el 20 de diciembre de 1979, y ratificado mediante Decreto Ley Nº 22984, el mismo que se encuentra conformado ademas por los paises de MORDAZA, Bolivia, MORDAZA y Ecuador; Que, mediante el documento MDRAyMA/VBRFMA Nº 1158/07 se comunica a la Presidenta Ejecutiva (e) del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS sobre la realizacion de la "XXVI Reunion Ordinaria de la Comision Tecnica Administradora del Convenio de la Vicuna", evento que es organizado por el Viceministerio de Biodiversidad, Recursos Forestales y Medio Ambiente del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente de la Republica de Bolivia, la cual se desarrollaria en la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, del 14 al 17 de noviembre de 2007; Que, mediante Oficio Nº 460-2007-MINAGCONACS-P, la Presidenta Ejecutiva (e) del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS comunica la variacion de la fecha de la referida reunion a llevarse a cabo entre el 28 de noviembre y el 01 de diciembre de 2007, segun documento VECE ­ 000864 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos de Bolivia; Que, dada la importancia de la indicada reunion, resulta necesario autorizar el viaje de la Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta Ejecutiva (e) del CONACS y del Biologo MORDAZA MORDAZA Injante MORDAZA, Especialista en Camelidos Sudamericanos Silvestres, para que participen en la "XXVI Reunion Ordinaria de la Comision Tecnica Administradora del Convenio de la Vicuna"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, y Ley Nº 28927 ­ Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta Ejecutiva (e) del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS y del Biologo MORDAZA MORDAZA Injante MORDAZA, Especialista en Camelidos Sudamericanos Silvestres, del 28 de noviembre al 01 de diciembre de 2007, para que participen en la "XXVI Reunion Ordinaria de la Comision Tecnica Administradora del Convenio de la Vicuna" a realizarse en la MORDAZA MORDAZA, Bolivia. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran asumidos integramente con cargo al Pliego 161 del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos -CONACS, de acuerdo al siguiente detalle: Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes US $ Viaticos US $ Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US $ Biologo MORDAZA MORDAZA Injante MORDAZA Pasajes US $ Viaticos US $ Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US $ 546.28 800.00 30.25 546.28 800.00 30.25

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AGRICULTURA
Autorizan viaje de funcionarios del CONACS a Bolivia para participar en reunion de la Comision Tecnica Administradora del Convenio de la Vicuna
RESOLUCION SUPREMA N° 037-2007-AG
MORDAZA, 21 de noviembre de 2007 VISTOS: El documento MDRAyMA/VBRFMA Nº 1158/07 de fecha 18 de septiembre del 2007 cursado por el Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente de la Republica de Bolivia, el documento VECE ­ 000864 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos de Bolivia, el Oficio Nº 382-2007-AG-CONACS/P y el Oficio Nº 4602007-MINAG-CONACS-P, y; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS es la autoridad rectora en camelidos sudamericanos encargada, entre otros temas,

Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberan presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, asi como la rendicion de cuentas por los viaticos entregados.

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