Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2007 (06/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2007

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex Gerente de Administracion Tributaria y Rentas
RESOLUCION GERENCIAL Nº 031-2007-GGM/MDCH Chaclacayo, 2 de octubre del 2007 EL GERENTE GENERAL MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO; Visto.- El Informe Nº 056-2007-SG/MDCH de fecha 17 de MORDAZA del presente y el Informe Nº 004-2007-CEPADF/ MDCH de fecha 28 de junio de 2007, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente Administrativo Nº 2154206 de fecha 25 de junio del 2006, la empresa SEUL LEE. S.A., representada por el Sr. MORDAZA MORDAZA Cocchella Pinillos solicita Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento, para desarrollar la actividad o giro de Salon de Recreaciones ­ Tragamonedas en el inmueble ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 424 de esta jurisdiccion, adjuntando para tal efecto la documentacion que sustenta su pedido; Que, en el citado expediente, mediante el Memorando Nº 0575-06-OAJ/MDCH de fecha 28 de agosto del 2006, la Oficina de Asesoria Juridica opina que se declare improcedente la licencia de apertura para el giro de Salon de Recreaciones ­ Tragamonedas de la empresa SEUL LEE. S.A. Dicha Oficina precisa que Seul Lee SA esta obligado a cumplir con lo dispuesto en el Art. 5º de la Ley Nº 27796. En atencion a dicho Informe la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas a traves de la Resolucion de Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas Nº 0404-2006 de fecha 4 de septiembre del 2006, declaro improcedente lo solicitado por la mencionada empresa; Que, contra dicho acto administrativo la empresa Seul Lee S.A. interpuso recurso de reconsideracion adjuntando como nueva prueba MORDAZA de la Resolucion de Gerencia Nº 758-2006 emitida por la Municipalidad Distrital de Comas, mediante el cual se le otorga Licencia de Funcionamiento para el giro Tragamonedas a la misma empresa (documento que ya habia sido evaluado en la sustanciacion del procedimiento), el mismo que ha sido resuelto por la Resolucion de Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas Nº 04412006 de fecha 20 de septiembre del 2006 por el que se declaro procedente el recurso de reconsideracion, y sin mas tramite, se autorizo el otorgamiento de la Licencia de Apertura de Funcionamiento Nº 678, para el giro de Salon de Recreaciones ­ Tragamonedas en el local ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 424 ­ Chaclacayo; Que, de conformidad a lo establecido en el Item Nº 14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de esta Municipalidad aprobado por Ordenanza Municipal Nº 079/MDCH, los requisitos para la procedencia de la Licencia de Apertura de Establecimiento son: Solicitud, Certificado de Compatibilidad de Uso, Formato de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil con recibo de pago en el Banco de la Nacion en original, formato y documentos adicionales segun giro, pago de derechos y dos fotos; Que, sin embargo, de la revision de toda la documentacion presentada por la Empresa Seul Lee S.A. no se han encontrado los siguientes documentos: el Certificado de Compatibilidad de Uso, el Formato de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa

Civil ni mucho menos la opinion tecnica favorable de dicha Oficina quien solo a traves de su responsable y mediante Proveido Nº 028-06-STDC/MDCH de fecha 2.8.2006 solicito la opinion de la Oficina de Asesoria Juridica para dar tramite y, finalmente no adjunto la Autorizacion Sectorial correspondiente, conforme lo senala la Ley Nº 27796 y su reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 009-2002-MINCETUR.; documentos ni procedimientos, que el Gerente de Administracion Tributaria y Rentas no habria tenido en cuenta al momento de expedir la Resolucion de Administracion Tributaria y Rentas Nº 0441-2006 ni mucho menos al autorizar y suscribir la Licencia de Apertura de Establecimiento Nº 678; Que, asimismo, el Art. 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo aprobado por Ordenanza Municipal Nº 107MDCH no describe ni senala entre las funciones de la Gerencia de Administracion Tributaria ni ninguna de las unidades que dependen de dicha Gerencia, la facultad de conocer, tramitar ni expedir la Licencia de Apertura de Establecimiento; facultad que mas bien ha sido otorgado a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y a la Division de Policia Municipal y Comercializacion conforme senala el Inciso a) del Art. 87º y el Inciso c) - en materia de comercializacion ­ del Art. 92º del referido documento de gestion; por lo que el ex Gerente de Administracion Tributaria y Rentas ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria expedido la Resolucion de Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas Nº 0441-2006 y la Licencia de Apertura de Establecimiento Nº 678 sin tener ni ostentar facultad expresa para ello; Que, en consecuencia, en el MORDAZA administrativo que dio merito a la Resolucion de Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas Nº 0441-2006 y al expedir la Licencia de Apertura de Establecimiento Nº 678 se habria presentado irregularidades que va desde la calificacion de la solicitud de la empresa Seul Lee SA. hasta la expedicion y entrega de dicha licencia, con la agravante de que habria sido expedida sin tener ni ostentar facultad expresa para ello, causando perjuicio a la institucion municipal, y sobre todo a los vecinos en general quienes se ven afectados por el funcionamiento de un establecimiento de giro Tragamonedas en locales inadecuados que no cuentan con los elementos de seguridad en defensa civil y que no cumplen con la normas legales vigentes; por lo que el Ex Funcionario de esta Municipalidad Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA le asistiria responsabilidad administrativa, pues su actuar aparentemente contraviene los incisos a), b) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y el Inciso a) del Art. 87º y el Inciso c) - en materia de comercializacion ­ del Art. 92º Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, aprobado por Ordenanza Nº 107-MDCH, concurriendo de esta forma en indicios razonables de falta de caracter administrativa disciplinario tipificados en los incisos a) y d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y el numeral 9) del Art. 239º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, del analisis de los actuados, la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios para Funcionarios por unanimidad opinan que existen indicios razonables para la apertura procedimiento administrativo disciplinario en contra del ex Gerente de Administracion Tributaria y Rentas - Sr. Economista MORDAZA MORDAZA Mendoza; Por tanto, en uso de las facultades contenidas en el inciso c) del articulo 20) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades y conforme a las facultades otorgadas mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0274-07 de fecha 16 de MORDAZA del 2007; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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