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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2007 355055 “ZRE” del terreno de 14,400.48 m² que se encuentra enmarcado dentro de la normatividad del Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial – MIVIVIENDA ubicado con frente a la Av. Colonial N° 1013 y Jr. Zorritos N° 1188 en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Resolución Nº 159-2006-MML-GDU- SPHU de fecha 6 de octubre del 2006, se resuelve aprobar la Modi fi cación de la Habilitación Urbana Nueva, de conformidad con el Plano signado con el N° 018-2006-MML-GDU-SPHU del terreno de 14,400.48 m² que se encuentra enmarcado dentro de la normatividad del Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial – MIVIVIENDA ubicado con frente a la Av. Colonial N° 1009-1013 y Jr. Zorritos N° 1188, jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Informe N° 184-2007-MML-GDU- SPHU-DRD (fs 49 al 54) de fecha 3 de setiembre del 2007, emitido por la División de Revisión de Diseño de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, se manifiesta que la administrada ha cumplido con presentar todos los documentos que establece el TUPA vigente, además acredita los pagos correspondientes que el trámite amerita, así como el pago por el dé fi cit de aporte para el Ministerio de Educación mediante las facturas Nº 003036 y Nº 003037 de fecha 9 de julio del 2007 cancelado ante dicho Ministerio. En lo referente a las obras autorizadas mediante la Resolución Nº 159-2006-MML-GDU-SPHU de fecha 6 de octubre del 2006, sólo falta ejecutar el sembrado de grass en una parte del Parque dejado como aporte para Recreación Pública por lo que esta obligación quedará diferida para ser culminado por los nuevos propietarios en un plazo no mayor de 2 años; en tal sentido deberá considerarse la presente habilitación de Tipo Progresivo de conformidad a lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia. Que, con Informe N° 285-2007-MML-GDU–SPHU- AL (fs. 55 y 56) de fecha 4 de setiembre de 2007, emitida por la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, se mani fi esta que de acuerdo a la evaluación técnica efectuada, la presente Habilitación Urbana ha cumplido con la ejecución de las obras autorizadas mediante la Resolución Nº 159-2006-MML-GDU-SPHU de fecha 6 de octubre del 2006, así como ha cumplido con el pago de los derechos administrativos y los requisitos del Texto Único de Procedimientos Administrativos. En cuanto al défi cit de aporte para Ministerio de Educación este ha sido cancelado ante dicho Ministerio tal como puede comprobarse de la documentación presentada; en ese sentido corresponde emitir la respectiva Resolución declarando cumplida las obras de Habilitación Urbana del presente trámite. Que, la Constitución Política del Estado, establece en su artículo 192º numeral 4, que las municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad, asimismo los numerales 1 y 6 del artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que son bienes de las municipalidades, los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales, así como los aportes provenientes de habilitaciones urbanas. También se precisa en el último párrafo del citado artículo, que las vías y áreas públicas, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso público. Además el artículo sexto de la Ordenanza Nº 341, dispone que las áreas que forman parte del Derecho de Vía – tanto las vías propiamente dichas como los Intercambios Viales – son de uso público irrestricto, inalienables e imprescriptibles, quedando terminantemente prohibida su utilización para otros fi nes, bajo responsabilidad administrativa, civil y penal de los funcionarios o autoridades responsables. Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño y de la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas.De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Ley N° 26878, Ley N° 27444, Decreto de Alcaldía N° 079, Ordenanzas Metropolitanas N° 341-MML, N° 514-MML, N° 532-MML y los Decretos Supremos N° 053-98-PCM, N° 030-2002-MTC, N° 011-2003-VIVIENDA. SE RESUELVE: Artículo 1°.- DECLARAR, cumplidas por las Empresas CONTRATISTAS LA UNIÓN S.A. y R & G CONTRATISTAS S.C.R.L., de conformidad con el Plano signado con el Nº 008-2007-MML-GDU-SPHU, la ejecución de Obras de Habilitación Urbana que se encuentra enmarcada dentro de la normatividad del Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial – MIVIVIENDA del terreno de 14,400.48 m², ubicado con frente a la Av. Colonial Nº 1009-1013 y Jr. Zorritos Nº 1188 en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima; siendo el Cuadro General de Áreas que se recepciona, el siguiente: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA 14,400.48 m²ÁREA ÚTIL 12,970.47 m²ÁREA DE VÍAS 5.98 m²ÁREA DE APORTE PARA RECREACIÓN PÚBLICA 1,424.03 m² Artículo 2°.- DISPONER que la propietaria de la habilitación queda obligada a insertar en los contratos de adjudicación que celebre con los futuros adquirientes de los lotes la cláusula que establezca la indivisibilidad de los lotes, sin autorización expresa de la autoridad municipal. Artículo 3°.- DISPONER que los lotes 2 y 3 de 16.15 m² y 17.78 m² respectivamente están destinados a subestación eléctrica de conformidad al requerimiento de EDELNOR. Artículo 4º.- CONSIDERAR a la presente habilitación urbana de Tipo Progresivo, quedando diferido el sembrado de grass del Parque dejado como aporte para Recreación Pública para ser ejecutado por los nuevos propietarios en un plazo no mayor de 2 años. Artículo 5º.- DISPONER, la inscripción registral de la independización de los lotes que conforman la Habilitación Urbana. Artículo 6°.- PRECISAR que el área destinada para vías de 5.98m², es de uso público irrestricto, inalienable e imprescriptible y su administración corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 7°.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales-SBN, al Servicio de Administración Tributaria-SAT, la División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Terrenos, a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, al Registro de Predios de Lima y a las Empresas CONTRATISTAS LA UNIÓN S.A. y R & G CONTRATISTAS S.C.R.L., para los fi nes pertinentes. Artículo 8°.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de noti fi cación de la presente, la misma que estará a cargo de los interesados Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento y Habilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 116835-1