Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2007 (06/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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a los brindados, integrandose competencia y funciones afines; Que, es politica de la actual gestion regional implementar procesos de inclusion, optimizacion y eficiencia publica, las mismas que requieren medidas urgentes y adecuadas que permitan disenar una estructura organica distinta que contribuya al enriquecimiento del ejercicio publico y por ende, a la prestacion de un mejor servicio al ciudadano; Que, dentro del citado contexto normativo resulta necesaria la modernizacion de los organos regionales asi como de los sistemas, procesos, instrumentos de gestion, asi como la modificacion de la estructura organica, que permita el logro de la mision fines y objetivos del Gobierno Regional de MORDAZA en MORDAZA con el Plan Regional de Desarrollo Concertado, lo cual sera viable unicamente un MORDAZA de reestructuracion organica y reorganizacion administrativa; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 29035, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros aprobo la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- DECLARAR en MORDAZA de Reorganizacion Administrativa y Reestructuracion Organica al Gobierno Regional de MORDAZA, abarcando a sus Direcciones Regionales y SubDirecciones Regionales, con la finalidad de lograr la modernizacion de la Gestion Publica y de los Organos Regionales, los sistemas, procesos, instrumentos de gestion y normativos, que permitan incrementar sus niveles de eficiencia. mejora de la atencion a la ciudadania y optimizacion del uso de los recursos publicos cumpliendo los objetivos estrategicos fijados por la presente gestion. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA implementar la presente Ordenanza Regional, y la conformacion de la Comision de Reorganizacion, que sera designado mediante Resolucion Ejecutiva Regional. Articulo Tercero.- CONCEDER, un plazo de treinta (30) dias para que la Comision elabore y emita el informe preparatorio al Consejo Regional para su aprobacion correspondiente. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL Primera.- DEJAR pendiente la tramitacion y/o aprobacion de proyectos de creacion, modificacion de documentos de gestion de la Sede Central del Gobierno Regional, Direcciones Regionales y Dependencias Regionales, hasta la culminacion de las labores de la Comision de Reorganizacion. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 26 dias del mes de setiembre del ano dos mil siete. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado

Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 26 dias del mes de setiembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 116687-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Reconocen de manera expresa el derecho del Consejero Delegado a ejercer su derecho a MORDAZA al interior del Consejo Regional, sin perjuicio de su facultad dirimente en caso de suscitarse empate en la votacion del pleno
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2007-GR.LAMB./CR Chiclayo, 16 de agosto de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 15.AGO.2007, su continuacion de fecha 16 del mismo mes y ano, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, a fin de perfeccionar el ordenamiento de la labor normativa y fiscalizadora que le confiere la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, ha considerado la necesidad de precisar el ambito del ejercicio del derecho a MORDAZA del Consejero Delegado del Consejo Regional, extremo sobre el cual se ha verificado la existencia de un vacio legal en las normas de caracter nacional reguladoras del funcionamiento de los Consejos Regionales en los Gobiernos Regionales. Que, en efecto, el Articulo 16º, inc. b., de la Ley Organica de Gobiernos Regionales establece de manera general, como derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, "asistir a las sesiones del Consejo Regional y Comisiones correspondientes con derecho a voz y voto". Que, asimismo el Articulo 13º de la ley MORDAZA glosada, modificada por el Articulo Unico de la Ley Nº 29053, prescribe genericamente que el Consejo Regional "esta integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reeleccion del Consejero Delegado". Que, por su parte, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de aplicacion supletoria en atencion a su Tercera Disposicion Complementaria y Final, en cuanto al funcionamiento de los organos colegiados, preceptua en su Articulo 100º, numeral 100.1, que "los acuerdos son adoptados

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