Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (22/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de octubre de 2007 355798 31 de diciembre de 2007, así como los fondos, programas, proyectos, empresas y activos. 2.22 Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, aprueba ampliación del Plan Anual de Transferencia 2006. 2.23 Decreto Supremo Nº 077-2006-PCM, aprueba la Transferencia de la Gestión de la Atención Primaria de la Salud a las Municipalidades Provinciales o Distritales. 2.24 Decreto Supremo Nº 078-2006-PCM, aprueba el Plan de Municipalización de la Gestión Educativa de niveles educativos de Inicial y Primaria. 2.25 Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM, crea la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. 2.26 Decreto Supremo Nº 010-2007-PCM, precisa que los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestas por el D.S. Nº 068-2006-PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva. 2.27 Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las Entidades del Gobierno Regional, en la cual se asigna la responsabilidad de supervisar los lineamientos de política del proceso de descentralización a la Secretaría de Descentralización de la PCM. 2.28 Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”. 2.29 Decreto Supremo Nº 074-2007-PCM prorroga plazo para la transferencia a los Gobiernos Regionales de la función específi ca prevista en el literal n) del artículo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 2.30 Resolución Ministerial Nº 664-2006-EF/10 Lineamientos para la identifi cación y cuantifi cación de los recursos asociados a la transferencia de funciones, fondos, programas y proyectos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. 2.31 Resolución de Alcaldía Nº 760 designa a los miembros de la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana en representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2.32 Resolución Ministerial Nº 138-2007-PCM designa a los miembros de la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros. 2.33 Resolución de Contraloría General Nº 054-2001- CG, aprueba la Directiva Nº 008-2001-CG “Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades”. 2.34 Resolución de Contraloría General Nº 320-2006- CG - Aprueba las Normas de Control Interno, con el objetivo de servir de marco de referencia en materia de control interno para la emisión de la respectiva normatividad institucional, así como para la regulación de los procedimientos administrativos y operativos derivados de la misma. 2.35 Resolución Presidencial Nº 044-CND-P- 2006, aprueba el Plan de Transferencias Sectorial del Quinquenio 2006-2010. 3. Alcances Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de aplicación a los Titulares de las Entidades, Funcionarios designados, nombrados o cualquiera sea la modalidad de contratación, que laboran en las Entidades del Gobierno Nacional y en la Municipalidad Metropolitana de Lima, que se encuentren vinculados con la entrega y recepción de las Funciones Sectoriales. 4. Defi niciones Para los efectos de la presente Directiva, cuando se haga mención a los términos que se señalan a continuación, se entenderán referidos a: 4.1 Funciones Sectoriales: a las funciones específi cas establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, del 2004 al 2007. 4.2 Facultades: a las partes en que se divide una Función Sectorial, propuestas por una entidad del Gobierno Nacional. Una función puede tener más de una facultad. 4.3 Recursos asociados a las Funciones: a los recursos presupuestales, infraestructura, personal, bienes y acervo documentario asociados a las Funciones Sectoriales objeto de transferencia, que deberán ser transferidos por los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales acreditados conforme a ley. 4.4 Entidades del Gobierno Nacional: a los organismos de dicho nivel de gobierno que se encuentran vinculados a la transferencia de las Funciones Sectoriales establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incluidas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, del 2004 al 2007, y cuya representación le corresponde a los Titulares de cada uno de los siguientes Pliegos: a. Ministerio de Agricultura. b. Ministerio de Educación.c. Ministerio de Energía y Minas.d. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.e. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.f. Ministerio de la Producción.g. Ministerio de Salud.h. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.i. Ministerio de Transportes y Comunicaciones.j. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.k. Presidencia del Consejo de Ministros. 4.5 Sectores: a los Ministerios con sus respectivos Organismos Públicos Descentralizados (OPDs) y Empresas adscritas, los que están obligados a transferir la integridad de las Funciones Sectoriales contenidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y los Planes Anuales de Transferencia, del 2004 al 2007, que han sido objeto de acreditación por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4.6 Municipalidad Metropolitana de Lima, en adelante MML: gobierno local que al poseer un régimen especial de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, le corresponde también recibir las funciones sectoriales incluidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en los Planes Anuales de Transferencia, del 2004 al 2007. 4.7 Comisión Bipartita de Transferencia: ente encargado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de realizar las transferencias de competencias, funciones y recursos, así como de proyectos de inversión a la MML. Está integrada por cuatro representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y cuatro representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4.8 Requisitos Generales: a los señalados en el artículo 21.1 del Reglamento de la Ley N° 28273, aplicables al Ciclo de Acreditación 2007. 4.9 Requisitos Específi cos: a los establecidos por los sectores, que representan las exigencias mínimas para el ejercicio de las competencias a transferir, conforme lo establece el numeral 5) inciso c) del artículo 6º de la Ley del Sistema de Acreditación. 4.10 Informe Situacional del Sector: Documento de carácter ejecutivo, en el cual el Sector del Gobierno Nacional describe y concluye y recomienda certifi car a la MML; el cual contiene breve antecedentes del proceso de descentralización, situación actual de la transferencia de funciones sectoriales, situación de las funciones pendientes de transferir, análisis de las transferencias, conclusiones y recomendaciones. 4.11 Informe Situacional de la MML: Documento de carácter ejecutivo, en el cual la Municipalidad describe, concluye y recomienda respecto a su situación ante la certifi cación para el ejercicio de una o varias funciones sectoriales; el cual contiene breve antecedentes del proceso de descentralización en su departamento, situación actual de la transferencia de funciones sectoriales, situación de las funciones pendientes de transferir, análisis de las transferencias, conclusiones y recomendaciones. 4.12 Convenio Marco Intergubernamental: al acuerdo que incluye Acciones de Cooperación, Acciones de Colaboración y Acciones de Coordinación, que deberá ser suscrito por los Titulares de los Sectores o sus representantes, con el Titular de la Municipalidad Metropolitana de Lima o su representante, para contribuir a la certifi cación de la MML. 4.13 Acciones de Cooperación: a las de capacitación y asistencia técnica que apoyan el proceso de transferencia de las Funciones Sectoriales, las cuales son brindadas por los Sectores del Gobierno Nacional a la MML 4.14 Acciones de Colaboración: a las de apoyo que brinda el Gobierno Nacional, a través de los Sectores, a la MML, en términos de recursos humanos y materiales,