Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2007 (22/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

355815



DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

CALIFICACION AUTORIDAD APROB. EVALUACION PREVIA QUE RESUELVE DERECHO AUTORIDAD RECURSOS INICIO DEL DE PAGO AUTO- SILENCIO SILENCIO QUE ADMINISTRATRAMITE (UIT) % MATICA POSITIVO NEGATIVO APRUEBA TIVOS EN 1º y 2º Instancia Apelacion Titular del MIMDES

Ley N° 27692 - Art. 4° inc. o) y Art. 18º Decreto Legistativo N° 719 - Art. 2º inc.b) DS. Nº 015-92-PCM- Arts. 13°, 15°, 17° y 30º DS. N° 053-2003-RE - Art. 35º inc.d) IV. SECRETARIA NACIONAL DE ADOPCIONES 13 Evaluacion de solicitud de suscripcion de Convenios y autorizacion a organismos acreditados para prestar colaboracion en procesos de adopcion internacional. Ley Nº 27337 - Arts. 129º y 130º DS. Nº 010-MIMDES (Art. 4º inc. e) Directiva N° 006-2002-MIMDES (Arts. 1º al 4° y 6° al 17°) aprobada por RM. Nº 731-2002-MIMDES

voluntario, orientado al accionar y poblacion objetivo del Sector, en original y copia. 4. Curriculum Vitae del Experto -Voluntario (original y 2 copias) 5. Terminos de referencia del trabajo a realizar por el Experto Voluntario, en original y copia.

1. Solicitud dirigida a la Secretaria Nacional de Adopciones 2. MORDAZA de su respectiva Autoridad Central de haber sido acreditado y expresamente autorizado para desarrollar programas de adopcion internacional en el Peru y suscribir el Convenio respectivo. 3. MORDAZA autenticada de sus Estatutos. 4. Poder suficiente otorgado a favor de quien actuara como representante para suscribir el convenio. En ese mismo instrumento se puede designar al representante del organismo acreditado, si este ultimo ejercera tal funcion en el desarrollo de los procesos de adopcion subsecuentes a la fecha de vigencia del Convenio. En este ultimo caso la designacion seguira las reglas contenidas en la Directiva sobre designacion de los representantes legales en el Peru de los Organismos Acreditados. 5. Documento que acredite la capacidad de solvencia moral e idoneidad del organismo solicitante. Asimismo, un record de adopciones internacionales facilitadas por dicho organismo, poniendose enfasis en el ambito latinoamericano. 6. Todo documento en idioma extranjero debe ser traducido al castellano por traductor publico juramentado y visado por autoridades encargadas de los asuntos extranjeros, por el Consulado Peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru.

Gratuito

60 dias habiles

Oficina de Tramite y Archivo

Secretario(a) Reconsideracion Nacional de Secretario(a) Adopciones Apelacion Vice Ministra de la Mujer

Documentario Adopciones Nacional de

14 Solicitud de Renovacion de Convenios y de Autorizacion a Organismos acreditados para prestar colaboracion en procesos de adopcion internacional Ley Nº 27337 - Arts. 129º y 130º Directiva N° 006-2002-MIMDES (Arts.5º al 17º) aprobada por RM. Nº 731-2002MIMDES

1. Solicitud dirigida a la Secretaria Nacional de Adopciones 2. Documento original extendido por su respectivo organismo central certificando que estan vigentes la acreditacion y autorizacion que le fueron concedidas. 3. Adjuntar aquellos instrumentos o documentos que hubieran sido modificados o hubieran caducado en su vigencia o una declaracion jurada de no modificacion de los estatutos. 4. Poder suficiente otorgado a favor de quien actuara como representante para suscribir el convenio. En ese mismo instrumento se puede designar al representante del organismo acreditado, si este ultimo ejercitara tal funcion en el desarrollo de los procesos de adopcion subsecuentes a la fecha de vigencia del Convenio, en este ultimo caso la designacion seguira las reglas contenidas en la Directiva sobre designacion de representantes legales en Peru de los Organismos acreditados. * Tratandose de la evaluacion de renovacion de autorizacion se requieren los mismos requisitos MORDAZA senalados.

Gratuito

60 dias habiles

Oficina de Tramite y Archivo

Secretario(a) Reconsideracion Nacional de Secretario(a) Nacional de Adopciones Apelacion Vice Ministra de la Mujer

Documentario Adopciones

16 Evaluacion de Adoptantes Nacionales Ley Nº 26981 - (Art. 5º y 6°) DS.Nº 010-2005-MIMDES - (Art. 9º al 14° y 18°)

1. Solicitud dirigida a la Secretaria Nacional de Adopciones 2. Evaluacion Social, Psicologica y Legal de los adoptantes. 3. MORDAZA autenticada de los siguientes documentos: a) Documento de Identidad correspondiente al o los adoptantes b) Partida de nacimiento de los adoptantes. c) Partida de matrimonio civil. d) En caso de ser divorciado, MORDAZA de la sentencia de divorcio o documento equivalente. e) Partida(s) de nacimiento del(los) hijo(s) biologico(s), de ser el caso. f) Partida de defuncion del conyuge fallecido en caso de ser viudo(a). 4. De ser el caso MORDAZA autenticada de partida de nacimiento del(los) hijo(s) adoptado(s) y MORDAZA del(los) reporte(s) de seguimiento post adoptivo de las adopciones que no hayan

Gratuito

15 dias habiles

Oficina de Tramite y Archivo

Secretario(a) Reconsideracion Nacional de Secretario(a) Nacional de Adopciones Apelacion Vice Ministra de la Mujer

Documentario Adopciones

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