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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (22/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de octubre de 2007 355815 NºDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOSDERECHO DE PAGO (UIT) %CALIFICACIÓN INICIO DEL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBAAUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSOS ADMINISTRA- TIVOS EN 1º y 2º InstanciaAPROB. EVALUACIÓN PREVIA AUTO- MÁTICASILENCIO POSITIVOSILENCIO NEGATIVO Ley N° 27692 - Art. 4° inc. o) y Art. 18º voluntario, orientado al accionar y población objetivo del Apelación Decreto Legistativo N° 719 - Art. 2º inc.b) Sector, en original y copia. Titular del DS. Nº 015-92-PCM- Arts. 13°, 15°, 17° 4. Currículum Vitae del Experto -Voluntario (original y 2 copias) MIMDES y 30º 5. Términos de referencia del trabajo a realizar por el Experto - DS. N° 053-2003-RE - Art. 35º inc.d) Voluntario, en original y copia. IV. SECRETARIA NACIONAL DE ADOPCIONES 13Evaluación de solicitud de suscripción 1. Solicitud dirigida a la Secretaría Nacional de Adopciones Gratuito 60 días O fi cina de Secretario(a) Reconsideración de Convenios y autorización a 2. Constancia de su respectiva Autoridad Central de haber sido hábiles Trámite Nacional de Secretario(a) organismos acreditados para prestar acreditado y expresamente autorizado para desarrollar Documentario Adopciones Nacional de colaboración en procesos de adopción programas de adopción internacional en el Perú y suscribir y Archivo Adopciones internacional. el Convenio respectivo. Apelación Ley Nº 27337 - Arts. 129º y 130º 3. Copia autenticada de sus Estatutos. Vice Ministra DS. Nº 010-MIMDES (Art. 4º inc. e) 4. Poder su fi ciente otorgado a favor de quién actuará como de la Mujer Directiva N° 006-2002-MIMDES (Arts. 1º al representante para suscribir el convenio. En ese mismo 4° y 6° al 17°) aprobada por instrumento se puede designar al representante del RM. Nº 731-2002-MIMDES organismo acreditado, si este último ejercerá tal función en el desarrollo de los procesos de adopción subsecuentes a la fecha de vigencia del Convenio. En este último caso la designación seguirá las reglas contenidas en la Directiva sobre designación de los representantes legales en el Perú de los Organismos Acreditados. 5. Documento que acredite la capacidad de solvencia moral e idoneidad del organismo solicitante. Asimismo, un record de adopciones internacionales facilitadas por dicho organismo, poniéndose énfasis en el ámbito latinoamericano. 6. Todo documento en idioma extranjero debe ser traducido al castellano por traductor público juramentado y visado por autoridades encargadas de los asuntos extranjeros, por el Consulado Peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. 14Solicitud de Renovación de Convenios 1. Solicitud dirigida a la Secretaría Nacional de Adopciones Gratuito 60 días O fi cina de Secretario(a) Reconsideración y de Autorización a Organismos 2. Documento original extendido por su respectivo organismo hábiles Trámite Nacional de Secretario(a) acreditados para prestar colaboración central certi fi cando que están vigentes la acreditación y Documentario Adopciones Nacional de en procesos de adopción internacional autorización que le fueron concedidas. y Archivo Adopciones Ley Nº 27337 - Arts. 129º y 130º 3. Adjuntar aquellos instrumentos o documentos que hubieran Apelación Directiva N° 006-2002-MIMDES (Arts.5º al sido modi fi cados o hubieran caducado en su vigencia o una Vice Ministra 17º) aprobada por RM. Nº 731-2002- declaración jurada de no modi fi cación de los estatutos. de la Mujer MIMDES 4. Poder su fi ciente otorgado a favor de quien actuará como representante para suscribir el convenio. En ese mismo instrumento se puede designar al representante del organismo acreditado, si este último ejercitara tal función en el desarrollo de los procesos de adopción subsecuentes a la fecha de vigencia del Convenio, en este último caso la designación seguirá las reglas contenidas en la Directiva sobre designación de representantes legales en Perú de los Organismos acreditados. * Tratándose de la evaluación de renovación de autorización se requieren los mismos requisitos antes señalados. 16Evaluación de Adoptantes 1. Solicitud dirigida a la Secretaría Nacional de Adopciones - Gratuito 15 días O fi cina de Secretario(a) Reconsideración Nacionales 2. Evaluación Social, Psicológica y Legal de los adoptantes. hábiles Trámite Nacional de Secretario(a) Ley Nº 26981 - (Art. 5º y 6°) 3. Copia autenticada de los siguientes documentos: Documentario Adopciones Nacional de DS.Nº 010-2005-MIMDES - (Art. 9º al 14° a) Documento de Identidad correspondiente al o los adoptantes y Archivo Adopcion es y 18°) b) Partida de nacimiento de los adoptantes. Apelación c) Partida de matrimonio civil. Vice Ministra d) En caso de ser divorciado, copia de la sentencia de de la Mujer divorcio o documento equivalente. e) Partida(s) de nacimiento del(los) hijo(s) biológico(s), de ser el caso. f) Partida de defunción del cónyuge fallecido en caso de ser viudo(a). 4. De ser el caso copia autenticada de partida de nacimiento del(los) hijo(s) adoptado(s) y copia del(los) reporte(s) de seguimiento post adoptivo de las adopciones que no hayan