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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (27/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de octubre de 2007 356110 Transportes y Comunicaciones, da cuenta sobre el estado del proceso de transferencia en mención, y solicita la ampliación de los plazos para culminarlo defi nitivamente, así como la inclusión de las provincias de Arequipa y Satipo, en la relación de provincias comprendidas, nuevas y existentes, respectivamente; Que, conforme al informe de vistos, varios Gobiernos Locales Provinciales, aún no han remitido a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, los documentos que contienen los mecanismos de verifi cación, por lo que, teniendo en cuenta el ofi cio de vistos, se hace necesario ampliar los plazos establecidos en el numeral 10) de la Directiva Nº 005-2007-PCM/SD para dicha actividad y las que le suceden, debiendo considerarse para ello los trámites necesarios que se siguen en ambos niveles de Gobierno; Que, asimismo, acorde al mencionado informe, es necesario, en atención a lo solicitado por el ofi cio de vistos, aprobar la norma por la cual se incluya a los Gobiernos Locales Provinciales de Arequipa y Satipo, en la relación de Gobiernos Locales nuevos y existentes, respectivamente, considerados para la transferencia del Programa de Transporte Rural Descentralizado (PTRD) de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, de conformidad con el Plan Anual de Transferencia 2007, que establece el numeral 11) de la Directiva Nº 005-2007-PCM/SD; De conformidad con las Leyes Nº 27783, Nº 27867 y Nº 27972, y sus normas modifi catorias y complementarias, y el artículo 17º de la Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el numeral 10) de la Directiva Nº 005-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2007-PCM/SD, en los plazos previstos para las actividades Nº 3 a la Nº 7, con efi cacia anticipada al término de los mismos, de la siguiente manera: Nº Actividades Responsables Plazos Máximos 3Presentación de Mecanismos de Veri fi caciónGLP – IVP 31 de octubre 4Revisión de Mecanismos de Verifi cación y Resolución de Validación de GLP – IVPSD – PCM 15 de noviembre 5Firma de Convenios Provías Descentralizado y GLPA partir del 16 de noviembre 6Entrega de Expedientes de Transferencia Provías DescentralizadoA los 7 días de la fi rma de Convenios 7Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera de recursos a los GLP – IVPMTCA partir de la entrega de Expedientes Artículo 2°.- Modifi car el numeral 11) de la Directiva Nº 005-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2007-PCM/SD, incluyendo al Gobierno Local Provincial de Arequipa del departamento de Arequipa, y al Gobierno Local Provincial de Satipo del departamento de Junín, en la relación de Gobiernos Locales Provinciales nuevos y existentes respectivamente, considerados para la transferencia del Programa de Transporte Rural Descentralizado (PTRD), de PROVÍAS DESCENTRALIZADO. Artículo 3º.- PROVÍAS DESCENTRALIZADO del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, deberá continuar con el procedimiento establecido en la Directiva Nº 005-2007-PCM/SD, a efectos de culminar y concretar la transferencia de los recursos del Programa de Transporte Rural Descentralizado (PTRD) a los Gobiernos Locales que correspondan. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. GROVER P ANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 124704-1AGRICULTURA Designan Jefe del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2007-AG Lima, 26 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 027-2006-AG, rectifi cada por Resolución Suprema Nº 030-2006-AG, se designó al Ing. Daniel Martín Reynoso Tantaleán como Jefe del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA; Que, mediante Ley Nº 28987 se restablece al Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA, la denominación de Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada y designar a su reemplazante; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Decreto Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el Ing. Daniel Martín Reynoso Tantaleán como Jefe del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Juan José Marcelo Risi Carbone, en el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 125521-3 Lista de productos de uso veterinario y alimentos para animales registrados en el mes de setiembre de 2007 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1269-2007-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 19 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene, entre otras funciones, la de establecer mecanismos de control, registro y fi scalización respecto de insumos de uso animal, así como biológicos y fármacos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, el Artículo 14º del Reglamento de Registro, Control y Comercialización de Productos de Uso Veterinario y Alimento para animales, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98- AG, establece que el SENASA publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, la relación de productos de uso veterinario registrados en el mes anterior; Que, con Memorando Nº 2967-2007-AG-SENASA- DIAIA-SDIP, de fecha 11 de octubre de 2007, la Subdirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, ha remitido el listado de Productos