Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2007 (27/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

356125

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Modifican articulo de la R.D. Nº 343/ INC
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1371/INC

2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- MODIFICAR el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 343/INC de fecha 16 de marzo de 2007, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Incluir en el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 302/INC de fecha 20 de MORDAZA de 2003, a la MORDAZA Arqueologica Monumental de Aspero, ubicada en los distritos de Supe y Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, como Patrimonio Cultural de la Nacion" Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional
124496-1

MORDAZA, 17 de octubre de 2007 Visto, el Acuerdo Nº 0517, de fecha 9 de agosto de 2007, de la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 720/INC de fecha 1 de agosto de 2002, se resolvio declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos de Aspero, MORDAZA Parada, El Molino, Liman, MORDAZA, Lurihuasi, Miraya, Chupacigarro, Caral, Pueblo MORDAZA, Cerro Colorado, Allpacoto, Penico, Huacache, Cerro MORDAZA, Capilla, Jaiva, ubicados en el distrito de Puerto de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 302/ INC de fecha 20 de MORDAZA de 2003, se resolvio rectificar el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 720/ INC de fecha 1 de agosto de 2002, quedando redactado de la siguiente manera: "Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos de MORDAZA Parada, El Molino, Liman, MORDAZA, Lurihuasi, Miraya, Chupacigarro, Caral, Pueblo MORDAZA, Cerro Colorado, Allpacoto, Penico, Huacache, Cerro MORDAZA, Capilla, Jaiva, ubicados en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima."; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 343/ INC de fecha 16 de marzo de 2007, se resolvio incluir en el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 302/ INC de fecha 20 de MORDAZA de 2003, al Sitio Arqueologico Aspero, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, conforme al documento del visto, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acuerda recomendar a la Direccion Nacional rectificar la Resolucion Directoral Nacional Nº 343/INC de fecha 16 de marzo de 2007, que declara al Sitio Arqueologico Aspero, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, Patrimonio Cultural de la Nacion, por declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental de Aspero, ubicada en los distritos de Supe y Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, en virtud del precitado Acuerdo se ha visto por conveniente reemplazar el tenor del articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 343/INC de fecha 16 de marzo de 2007, declarando como Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental de Aspero, ubicada en los distritos de Supe y Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, el inciso 1 del Articulo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decision; Estando a lo visado por el Director de Gestion (e), el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos y el Director de Arqueologia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, Decreto Supremo Nº 017-

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos de Chonta y distritos ubicados en la provincia de Pallasca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1375/INC

MORDAZA, 17 de octubre de 2007 VISTA, la carta sin numero de fecha 28 de MORDAZA de 2007 del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gutierrez; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 380/INC de fecha 23 de marzo de 2007 se autoriza al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con RNA Nº AN 0424, la ejecucion del proyecto de investigacion arqueologica "Proyecto de delimitacion arqueologica con fines de declaracion de patrimonio de la Nacion al sitio arqueologico de Chonta y El Complejo Yanacancha - Cucullo", para realizar trabajos de investigacion arqueologica bajo la modalidad de reconocimiento sistematico de superficie con excavaciones restringidas en el sitio arqueologico de Chonta y en el complejo arqueologico Yanacancha Cucullo, ubicados en el distrito de Lacabamba, provincia de Pallasca, departamento de MORDAZA, por un periodo de un (1) mes; Que, segun lo prescrito en el Articulo 59º del Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, el Director del proyecto, sin perjuicio de la propiedad intelectual del autor o de los autores senalada en el Articulo 22º del citado Reglamento, presentara al Instituto Nacional de Cultura por cuadruplicado y en castellano, debidamente encuadernados, el informe detallado de los trabajos efectuados; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante la carta del visto, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA remite el informe final del "Proyecto de delimitacion arqueologica con fines de declaracion de patrimonio de la Nacion al sitio arqueologico de Chonta y El Complejo Yanacancha - Cucullo"; Que, mediante el Informe Nº 910-2007-INC-DREPHDA/SDIC/JPRB de fecha 12 de MORDAZA de 2007, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro, concluye que los expedientes tecnicos de los sitios arqueologicos Chonta y Yanacancha-Cucullo, no presentan observaciones y que

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