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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de octubre de 2007 356116 Ratifican acuerdo de PROINVERSIÓN que incorpora al proceso de promoción de la inversión privada al Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú - Banda Ancha para Localidades Aisladas - BAS” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 094-2007-EF Lima, 26 de octubre de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 28900, se otorgó al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector Transportes y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL; Que, el literal f) del Artículo 9° del Reglamento de la Ley N° 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL, la calidad de persona jurídica de Derecho Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2007-MTC, establece como una de las funciones del Directorio del FITEL, el encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción de las licitaciones y/o concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser fi nanciados con los recursos del FITEL; Que, mediante Resolución Ministerial N° 492-2007- MTC/03, publicada con fecha 29 de agosto de 2007, se encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú – Banda Ancha para Localidades Aisladas – BAS”, según lo dispuesto por el Directorio de FITEL mediante el Acuerdo de Directorio N° 051-2007/FITEL, de fecha 20 de julio de 2007; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 18 de setiembre de 2007, acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú – Banda Ancha para Localidades Aisladas – BAS”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo N° 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas, encargándole la conducción del mismo al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo a que se refi ere el considerando precedente, debe ser ratifi cado por resolución suprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 18 de setiembre de 2007, mediante el cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú – Banda Ancha para Localidades Aisladas – BAS”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo N° 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas.Artículo 2º.- Encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú – Banda Ancha para Localidades Aisladas – BAS”. Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 125521-4 ENERGIA Y MINAS Autorizan al Viceministro de Energía a suscribir Adenda al Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional con el CONAM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 501-2007-MEM/DM Lima, 24 de octubre 2007 Visto el Memorando N° 977-2007-MEM-OGP, de fecha 18 de octubre de 2007 y el Informe N° 251-2007-MEM/OGJ de fecha 19 de octubre de 2007; y, CONSIDERANDO : Que, en el marco del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Consejo Nacional del Ambiente – CONAM y el Ministerio de Energía y Minas – MINEM, con fecha 7 de mayo de 2007, se suscribió el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el CONAM y el MINEM, a fi n de establecer las condiciones y los términos bajo los cuales el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) a través del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), fi nanciará con recursos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, la contratación de consultorías, adquisición de bienes, servicios y otros gastos que el Ministerio de Energía y Minas requiera para ejecutar las actividades correspondientes al Subsector Energía contenidas en el subproyecto “Evaluación de Vulnerabilidad y Adaptación al Cambio Climático en los sectores Agricultura, Transportes, Energía y Agua”; Que, mediante documento del visto se remitió un proyecto de Adenda al Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Consejo Nacional del Ambiente y el Ministerio de Energía y Minas, señalado en el considerando precedente, por la cual se amplían las actividades que desarrollará el Ministerio que forman parte del Resultado R3 relacionado a la propuesta de estrategia para mitigar las emisiones de GEI en los sectores energía, incluyendo el subproyecto “Propuesta de estrategia para mitigar las emisiones de GEI en los sectores energía, industria, transporte, agricultura y USCUSS”; Que, en consecuencia, corresponde autorizar al Doctor Pedro Gamio Aita, Vice Ministro de Energía, a suscribir en representación del Ministerio de Energía y Minas, la Adenda N° 01-2007-CONAM-MINEM, al