Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (17/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de setiembre de 2007 353540 JUSTICIA Modifican la Directiva Nº 001-2001- JUS-VM, sobre lineamientos para la oficialización de eventos de carácter jurídico solicitados por instituciones públicas y privadas y autenticación de los certificados de los eventos oficializados RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 22/2007/JUS Lima, 13 de setiembre de 2007VISTO, el O fi cio Nº 0896-2007-JUS/DNAJ, de fecha 7 de agosto de 2007, cursado por el Director Nacional de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 232- 2001-JUS, se aprobó la Directiva Nº 001-2001-JUS-VM - “Lineamientos para la O fi cialización de Eventos de Carácter Jurídico solicitados por Instituciones Públicas y Privadas”; Que, la oficialización es el acto administrativo por el cual el Ministerio de Justicia confiere carácter oficial a un evento de contenido jurídico organizado por terceros, para lo cual es requisito sine quanon que el evento que se organice sea de relevancia y trascendencia jurídica, tanto por las materias que aborde como por la calidad y especialidad de los expositores, a fin de que redunde en una adecuada capacitación de los participantes; Que, los eventos o fi cializados por el Ministerio de Justicia estan orientados a que sus participantes obtengan un nivel académico que les permita destacar en el mercado laboral, coadyuvando de esta manera al desarrollo personal y profesional de los asistentes; Que, en consecuencia resulta necesario modi fi car la Directiva precitada, con la fi nalidad de incluirse en la misma, lo conceniente al uso del logotipo del Ministerio de Justicia y la autenticación de certi fi cados expedidos en los eventos o fi cializados; De conformidad con lo establecido en el artículo 9º de la Ley Orgánica del Sector Justicia - Decreto Ley Nº 25993, y el inciso d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car la denominación de la Directiva Nº 001-2001-JUS-VM - “ Lineamientos para la O fi cialización de Eventos de Carácter Jurídico solicitados por Instituciones Públicas y Privadas ”, por la de “ Lineamientos para la O fi cialización de Eventos de Carácter Jurídico solicitados por Instituciones Públicas y Privadas, así como para la Autenticación de los Certi fi cados de los Eventos Ofi cializados ”. Artículo 2º .- Modi fi car el numeral 5 de la Directiva Nº 001-2001-JUS-VM, en los siguientes términos: “5.- PROCEDIMIENTO PARA LA OFICIALIZACIÓN DE EVENTOS DE CARÁCTER JURÍDICO A SER REALIZADOS POR INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS:” Artículo 3º .- Modi fi car los numerales 8 y 9 de la Directiva Nº 001-2001-JUS-VM, e incorporar en la misma los numerales 10 y 11, conforme al siguiente detalle: “8.- USO DE LOGOTIPO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.-8.1.- Una vez o fi cializado el evento, el interesado podrá solicitar autorización para el uso del logotipo del Ministerio de Justicia, con fi nes de publicidad del mismo a través de los medios de comunicación escritos u otros afi nes, así como para incluirlo en los certi fi cados que se expidan a los participantes. 8.2.- El uso del logotipo adoptará la siguiente formalidad: Ofi cializado mediante RVM Nº ___ -200_ -JUS 8.3.- Los derechos de pago correspondientes se fi jan en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia. 9.- PROCEDIMIENTO PARA LA AUTENTICACIÓN DE CERTIFICADOS DE EVENTOS OFICIALIZADOS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA.- 9.1.- El organizador del evento oficializado podrá solicitar al término del mismo, la autenticación mediante sello y firma del Director Nacional de Asuntos Jurídicos, de los certificados que expida a los participantes. 9.2.- Procede la autenticación de certi fi cados cuando: 9.2..1.- El organizador acredite haber cumplido en su totalidad con el Programa del evento, en cuanto a temas, expositores, material ofrecido, atención al participante y puntualidad. 9.2.2.- A la solicitud de autenticación de certi fi cados se anexen las encuestas realizadas a los participantes del evento, conforme al Formato y Hoja Resumen que en anexo forman parte de la presente Resolución. 9.2.3.- La Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos, al veri fi car la cali fi cación de las encuestas realizadas por el organizador del evento, determine la existencia de un 75% de aprobación por parte de los participantes. 9.3.- La autenticación de los certi fi cados constará al dorso del mismo, con la siguiente inscripción: Nº_____ Ministerio de Justicia Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos Evento O fi cializado mediante RVM Nº______-200_ -JUS --------------------------------------------------------- Dr. ____________________ 9.4.- La Dirección de Difusión Legislativa de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos abrirá un Registro de Certi fi cados Autenticados, en la que se señalará: - Número de orden - Denominación del evento- Lugar y fecha de realización- Organizador(es)- Número de la Resolución Viceministerial de o fi ciali- zación del evento. 9.5.- Los derechos de pago correspondientes se fi jan en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia. 10.- SANCIONES.- El funcionario o servidor del Ministerio de Justicia que no observe las disposiciones de la presente Directiva será pasible de la aplicación de las sanciones, conforme a lo establecido en el artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal.