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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (17/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de setiembre de 2007 353549 en Telecomunicaciones, conforme lo dispuesto en el último párrafo del artículo 3º de la presente Resolución y previa aprobación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes. Artículo 10º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período. La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el antes mencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 11º.- Dentro de los sesenta (60) días de noti fi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 12º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modi fi catorias y complementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 108774-3 Renuevan permiso de operación de aviación comercial a la empresa Columbia Helicopters Perú S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 176-2007-MTC/12 Lima, 28 de agosto del 2007Vista la solicitud de la empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral N° 268-2003-MTC/12 del 4 de diciembre del 2003, se otorgó a la empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Carga Externa. Que, el Permiso de Operación de COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C., fue otorgado por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 20 de diciembre del 2003 hasta el 20 de diciembre de 2007; Que, mediante Documento de Registro N° 2007- 019568 del 14 de junio del 2007, la empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C. solicitó la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Carga Externa; Que, según los términos de lo opinado en el Memorando N° 671-2007-MTC/12.AL,; Memoranda Nº 2535-2007-MTC/12.04, Nº 2950-2007-MTC/12.04 y Nº 3102-2007-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado por el recurrente, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, mediante Oficio Nº 651-2007-INRENA-IANP/ DOANP, el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA se ha pronunciado por la compatibilidad de las operaciones previstas por la empresa, a excepción del “Helipuerto de Superficie El Rocotal” el cual se encuentra al interior del Santuario Histórico de Machupicchu; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 21 de diciembre del 2007, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 268-2003-MTC/12 del 4 de diciembre del 2003. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C. deberá contar con el Certi fi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especi fi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar su capacidad legal, técnica y económico- fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Carga Externa ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Boeing Vertol 234- Kawasaki Vertol KV 107-II- Boeing Vertol 107-II ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Nuevo El Valor, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huaraz / Anta, Helipuerto de Yanacocha. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Cajamarca, Jaén, Santa Cruz. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Miaria, Pacria / Nueva Luz, Patria, Taini, Tangoshiari, Timpia, Yauri, Nuevo Mundo. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Santa Marta, Tingo María, Tournavista. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Las Palmeras, Nasca, Pisco, Santa Margarita.