NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (17/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de setiembre de 2007 353557 de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 889-2007-TC-S3 de 19.07.2007, que le sanciona con tres (03) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipi fi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 18.INVERSIONES JESÚS DEL MAR S.R.L. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documentos falsos, causal tipi fi cada en el inciso f) del artículo 30º del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-MIMDES, norma aplicable según lo dispuesto por el artículo 29º de dicho cuerpo normativo, en concordancia con el artículo 59º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, según Resolución Nº 1146-2007-TC-S3 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 19.GOBNET S.A.C. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de servicios por causal atribuible a su parte, infracción tipi fi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1147-2007-TC-S3 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 20.CONSORCIO F & M S.R.L. Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipi fi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1149-2007-TC-S3 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 21.DARÍO RUBÉN LEÓN ALARCÓN. Inhabilitación por un (01) año en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipi fi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1150-2007-TC-S1 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 22. MAGDALENA CACHIQUE SANGAMA. Inhabilitación por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documentos falsos, causal tipifi cada en el inciso f) del artículo 30º del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-MIMDES, norma aplicable según lo dispuesto por el artículo 29º de dicho cuerpo normativo, en concordancia con el artículo 59º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, según Resolución Nº 1151-2007-TC-S3 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 23.JOSÉ AGUSTÍN SILVA GARCÍA. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1154-2007-TC-S1 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución.24.HUMBERTO JUAN GUADALUPE SILVESTRE. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infracción tipi fi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1155-2007-TC-S1 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 25. GRUPO REMELAT HEALTHCARE E.I.R.L. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipi fi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1156-2007-TC-S1 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 26.JORGE LUIS ATOCHE RUIZ. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injusti fi cadamente el contrato, causal tipi fi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1157-2007-TC-S3 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 27.PACIFIC SUNNY FOODS S.A.C. Inhabilitación por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipi fi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1158-2007-TC-S3 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 28. MARQUISA S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES. Inhabilitación por siete (07) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o información inexacta en los procedimientos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipi fi cada en el numeral 10) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1159-2007-TC-S3 de 20.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 29. HILARIÓN FELICIANO GALVÁN VALIDEZ. Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipi fi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1170-2007-TC-S3 de 21.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 30. MONTOYA & FLORES SERVICIOS S.A.C. Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipi fi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1170-2007-TC-S3 de 21.08.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 31.PETROGAS DEL CENTRO S.R.L. Inhabilitación por seis (6) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal