Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de setiembre de 2007 353916 Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 111890-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 273-2007-DE/MGP Lima, 21 de setiembre de 2007Visto el o ficio N.1000-1464 del Director General de Instrucción de la Marina, de fecha 10 de agosto de 2007; CONSIDERANDO:Que, el objetivo para el nombramiento en Misión de Estudios en el Extranjero del Personal Superior y Subalterno, para que participen en el Curso de Entrenamiento en Simuladores de Vuelo de la Aeronave AN-32B, a llevarse a cabo en Ucrania, es el de acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuyan a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Marina de Guerra del Perú, debiéndose garantizar una e ficiente transmisión, diseminación y explotación de los mismos; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Superior y Subalterno que se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución, a fin de que participen en el Curso de Entrenamiento en Simuladores de Vuelo de la Aeronave AN-32B, a llevarse a cabo en el Universidad de Aviación Civil de Ucrania (DLAU), ciudad de Kirovogrado - UCRANIA, del 22 de octubre al 6 de noviembre de 2007; Que, el Personal Naval participante, ha sido propuesto tomando en consideración que ostentan la Cali ficación por Actividad de Aviación Naval, cuentan con una gran cantidad de horas de vuelo, adquiriendo por ello una amplia experiencia que los habilita como la dotación actual de la Aeronave AN-32B; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi ficado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío Jorge Raúl PORTOCARRERO Peña fiel, CIP. 00785830, DNI. 22092404, el Capitán de Fragata Carlos Ruben CUEVA Arévalo, CIP. 00811580, DNI. 43860340, el Capitán de Corbeta Carlos Manuel VARELA García, CIP. 00915105, DNI. 43557243 y el Técnico 1ro. Moa. José Nicolás SALHUANA Guillen, CIP. 01764962, DNI. 43544430, para que participen en el Curso de Entrenamiento en Simuladores de Vuelo de la Aeronave AN-32B, a llevarse a cabo en la Universidad de Aviación Civil de Ucrania (DLAU), ciudad de Kirovogrado - UCRANIA, a partir del 22 de octubre al 6 de noviembre de 2007. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes:Pasajes: Lima - Kiev (UCRANIA) - Lima US$ 2,003.85 x 4 personas Pasajes Terrestres: Kiev - Kirovogrado - Kiev (UCRANIA)US$ 20.00 x 4 personas Viáticos: US$ 260.00 x 16 días x 4 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 4 personas Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- El mencionado Personal Superior y Subalterno revistará en la Dirección General de Instrucción de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 5º.- El mencionado Personal Superior y Subalterno deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi ficado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 111890-10 ECONOMIA Y FINANZAS Se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía DECRETO SUPREMO N° 150-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28194 se aprobó la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía; Que, con posterioridad a su vigencia se han aprobado diversos dispositivos legales que la han complementado y/o modi ficado; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 975 establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se expedirá el nuevo Texto Único Ordenado de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía; De conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 975; DECRETA: Artículo 1°.- Apruébase el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para