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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2007 354136 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 DECRETO SUPREMO Nº 152-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el artículo 56º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establecen las funciones que en materia de transportes corresponde a los Gobiernos Regionales; Que, en la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se dispone que a partir del ejercicio fi scal 2003, se inicia la transferencia a los gobiernos regionales y locales, según corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversión e infraestructura productiva de alcance regional, en función de las capacidades de gestión de cada gobierno regional o local, señalando que el Poder Ejecutivo queda facultado para realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y fi nancieras necesarias en relación a los pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto de transferencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, así como de los recursos y presupuesto asignados al Gobierno Regional, es gradual y se realiza por etapas, conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y las disposiciones que sobre el particular dicte el Poder Ejecutivo a través del Consejo Nacional de Descentralización, hoy Secretaría de Descentralización, como organismo responsable de normar y monitorear las acciones y transferencias señaladas en cada una de las etapas del proceso; Que, la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, estableció el procedimiento de acreditación, en el marco del Sistema de Acreditación, que comprende la capacitación, asistencia técnica y el conjunto de criterios, instrumentos y procedimientos y normas necesarias para determinar la capacidad de gestión de los Gobiernos Regionales, para recibir y ejercer las funciones materia de transferencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005”, dentro del cual se incluye las funciones especí fi cas que en materia de transportes serán transferidas, previo cumplimiento de las disposiciones que establece la Ley del Sistema Nacional de Acreditación; encontrándose dentro de éstas las de plani fi car, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red Vial Nacional o Rural; lo que implica transferir entre otras la facultad de ejecutar el desarrollo de la red vial departamental; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 026- CND-P-2006 se dispone la aplicación de la Resolución Presidencial Nº 033-CND-P-2005 y la Directiva Nº 002-CND-P-2005 para la efectivización de la transferencia de funciones especí fi cas de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005 aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM; Que, la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ha concluido el proceso de transferencia de las funciones sectoriales en materia de transportes, contenidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, sólo respecto de las funciones detalladas en las Actas de Entrega y Recepción de Funciones Sectoriales y Recursos del MTC a los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Lambayeque, Lima, Loreto, Piura, San Martín, Tumbes y Ucayali; Que, de acuerdo a la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, las transferencias de recursos serán aprobadas por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el numeral 5.4 de la Directiva Nº 002-CND-P-2005 dispone que los Sectores, de ser el caso y previa opinión favorable del Consejo Nacional de Descentralización, hoy Secretaría de Descentralización, tramitarán ante el Ministerio de Economía y Finanzas el Decreto Supremo a que se re fi ere la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783; Que, en tal sentido es necesario aprobar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Lambayeque, Lima, Loreto, Piura, San Martín, Tumbes y Ucayali, hasta por la suma de S/. 23 617 500.00, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto; De conformidad con lo dispuesto por la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y el Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM que aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005”; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a favor de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Lambayeque, Lima, Loreto, Piura, San Martín, Tumbes y Ucayali, hasta por la suma de VEINTITRÉS MILLONES SEISCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23 617 500.00), de acuerdo al siguiente detalle: DE: (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y ComunicacionesUNIDAD EJECUTORA 010 : Provías DescentralizadoFUNCIÓN 16 : TransportePROGRAMA 052 : Transporte TerrestreSUBPROGRAMA 0143 : Conservación de CarreterasFUENTE DE 1 : Recursos OrdinariosFINANCIAMIENTOACTIVIDAD 1.000111 : Conservación de Carreteras 5. GASTOS CORRIENTES 1. Personal y Obligaciones Sociales 2 838 945,00 3. Bienes y Servicios 20 778 555,00 TOTAL 23 617 500,00 A: (En Nuevos Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUNCIÓN 16 : TransportePROGRAMA 052 : Transporte TerrestreSUBPROGRAMA 0143 : Conservación de CarreterasFUENTE DE 1 : Recursos OrdinariosFINANCIAMIENTOACTIVIDAD 1.000111 : Conservación de Carreteras 5. GASTOS CORRIENTES 1. Personal y Obligaciones Sociales 2 838 945,00 3. Bienes y Servicios 20 778 555,00 TOTAL 23 617 500,00 La transferencia de recursos presupuestales a cada Gobierno Regional se detalla en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.