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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de abril de 2008 369769 Designan Director de la Oficina General de Comunicación Social de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2008-PCM Lima, 31 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 329-2006-PCM se designó al señor Jaime Marcos Antonio Asián Domínguez en el cargo de Director de la Ofi cina General de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, la Ofi cina General de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros pasó a ser la Ofi cina General de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el señor Jaime Marcos Antonio Asián Domínguez ha renunciado al cargo de Jefe de la Ofi cina General de Comunicación Social, la que es pertinente aceptar; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor JAIME MARCOS ANTONIO ASIÁN DOMÍNGUEZ al cargo de Director de la Ofi cina General de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, efectiva a partir del 31 de marzo de 2008, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor LIONEL ERNESTO AMANS PAZ en el cargo de Director de la Ofi cina General de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 182246-1 ECONOMIA Y FINANZAS Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la Administración Pública correspondiente al mes de abril de 2008 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 005-2008-EF/77 Lima, 31 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el Artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por la Resolución Vice Ministerial N° 148-99-EF/13.03, modifi cado por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 416-2005-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administración Pública en lo correspondiente al mes de ABRIL 2008 se sujetará al siguiente Cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES): 11 DE ABRIL Presidencia del Consejo de MinistrosCongreso de la RepúblicaMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio de Economía y Finanzas Poder JudicialMinisterio de JusticiaMinisterio PúblicoConsejo Nacional de la MagistraturaGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Tribunal Constitucional Contraloría General de la RepúblicaJurado Nacional de EleccionesOfi cina Nacional de Procesos Electorales Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil Universidades Públicas 14 DE ABRIL Ministerio de Educación: USES 01, 03 y 07 15 DE ABRIL Ministerio de Educación, excepto USES 01,03 y 07Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 16 DE ABRIL Ministerio de SaludMinisterio de Energía y MinasMinisterio de la ProducciónMinisterio de Comercio Exterior y TurismoMinisterio de la Mujer y Desarrollo SocialMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de Vivienda, Construcción y SaneamientoGobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de AgriculturaMinisterio de AgriculturaMinisterio de Transportes y ComunicacionesMinisterio de Defensa 17 DE ABRIL Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES): 18 DE ABRIL Presidencia del Consejo de MinistrosCongreso de la RepúblicaMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio de Economía y FinanzasContraloría General de la RepúblicaPoder JudicialMinisterio de JusticiaMinisterio PúblicoConsejo Nacional de la MagistraturaTribunal ConstitucionalJurado Nacional de EleccionesOfi cina Nacional de Procesos Electorales Defensoría del PuebloRegistro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Universidades PúblicasMinisterio de AgriculturaMinisterio de Transportes y ComunicacionesMinisterio de Defensa 21 DE ABRIL Ministerio de Educación: USES 01, 03 y 07 22 DE ABRIL Ministerio de Educación, excepto USES 01, 03 y 07Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 23 DE ABRIL Ministerio de Energía y MinasMinisterio de Vivienda, Construcción y SaneamientoMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de SaludMinisterio de Comercio Exterior y TurismoMinisterio de la ProducciónMinisterio de la Mujer y Desarrollo SocialGobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura 24 DE ABRIL Ministerio del Interior Artículo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que estén realizando el pago de las remuneraciones y pensiones a los servidores públicos, a través de cuentas bancarias individuales, abiertas en el sistema bancario, dichas Autorizaciones serán aprobadas con anticipación de dos días hábiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Ordenes o Giros Electrónicos por los mencionados conceptos se efectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo