Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2008 (04/04/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 96

370042

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 451-2004-MDVLH de 7 de MORDAZA de 2004, que establece en su articulo 41º, literal a) que debe: "Planificar, organizar, dirigir y controlar los recursos humanos materiales, economicos, financieros y patrimoniales de la Municipalidad en concordancia con las normas y dispositivos legales vigentes", por lo que su conducta constituye falta administrativa al verificarse su omision funcional en el tramite administrativo que ha generado la aprobacion de la liquidacion excesiva de conceptos sociales. Que, conforme a lo anteriormente expuesto se colige que existen suficientes elementos de juicio para procesar administrativamente a los ex funcionarios denunciados a efectos de deslindar responsabilidades administrativas toda vez que sus conductas serian pasibles de tipificarse como faltas administrativas graves. Que, resulta esencial en todo procedimiento sancionador observar las reglas del debido procedimiento y aplicar en todo su decurso los principios de legalidad, tipicidad, razonabilidad, causalidad, verdad material y la presuncion de licitud tal como lo prescribe el articulo 230º de la Ley Nº 27444; en ese orden de ideas, el informe de vistos de la Comision Especial implica la conclusion de la etapa preliminar del MORDAZA sancionador disciplinario al remitir a la superioridad las conclusiones y recomendaciones de su investigacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 23º del Decreto de Alcaldia Nº 002-2008-MDVLH concordante con el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, correspondiendo a este organo resolutor definir la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario contra los ex funcionarios denunciados y, por lo tanto, decidir la iniciacion de la instruccion administrativa del mismo conforme a Ley. En consecuencia, y estando a lo dispuesto por los Articulos 20.6 de la Ley Nº 27972, Articulo 24º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Servidores y Funcionarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Larco MORDAZA aprobado por el Decreto de Alcaldia Nº 002-2008-MDVLH y, demas potestades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los siguientes ex funcionarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Larco Herrera: 1.1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Gerente Municipal), por la presunta comision de: - Negligencia administrativa (Articulo 28º, literal d, D. Leg. Nº 276); - Incumplimiento de las normas legales (Articulo 28º, literal a, D. Leg. Nº 276); - Perjuicio patrimonial a la entidad (contravencion al Articulo 21º, literal b, D. Leg. Nº 276); - Resolver inmotivadamente el acto administrativo contenido en la Resolucion Gerencial Nº 580-2006-MDVLH (Articulo 239.4, LPAG); - Incumplimiento de su deber de abstencion (Articulos. 88.3 y 75.2, LPAG). 1.2. Abg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (ex Asesor Juridico), por la supuesta comision de:

- Negligencia administrativa (Articulo 28º, literal d, D. Leg. Nº 276); - Incumplimiento de las normas legales (Articulo 28º, literal a, D. Leg. Nº 276); - Dictaminar inmotivadamente (Articulo 75.2, LPAG); - Incumplimiento de su deber de abstencion (Articulos 88.3 y 75.2, LPAG). 1.3. CPC MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (ex Jefa de la Unidad de Personal), por la supuesta comision de: - Negligencia administrativa (Articulo 28º, literal d, D. Leg. Nº 276); - Incumplimiento de las normas legales (Articulo 28º, literal a, D. Leg. Nº 276); - Dictaminar inmotivadamente (Articulo 75.2, LPAG); - Incumplimiento de su deber de abstencion (Articulos 88.3 y 75.2, LPAG). 1.4. Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carbonell, (ex Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto), por la supuesta comision de: - Negligencia administrativa (Articulo 28º, literal d, D. Leg. Nº 276); - Incumplimiento de las normas legales (Articulo 28º, literal a, D. Leg. Nº 276). 1.5. CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (ex Jefe de la Oficina de Administracion), por la supuesta comision de: - Negligencia administrativa (Articulo 28º, literal d, D. Leg. Nº 276); - Incumplimiento de las normas legales (Articulo 28º, literal a, D. Leg. Nº 276). Articulo Segundo.- NOTIFICAR a los ex funcionarios procesados, detallados en el articulo precedente, para que formulen sus descargos dentro del plazo de cinco (5) dias habiles de realizada la notificacion del presente acto administrativo debiendose adjuntarse en el acto de notificacion, una MORDAZA de la presente resolucion y MORDAZA del Informe Nº 002-2008-MDVLH/CEPAD de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios que proceda con la etapa instructiva del MORDAZA que se instaura mediante el presente acto, debiendo remitir a la Alcaldia su dictamen final dentro del plazo de treinta (30) dias habiles improrrogables, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General de la entidad proceda a notificar el presente acto administrativo en la forma y plazo previstos por Ley. Registrese, Comuniquese y Archivese MORDAZA E.VASQUEZ LLAMO MORDAZA

183107-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.