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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (04/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 93

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de abril de 2008 370039 a los procedimientos previcstos en los Arts. 19º, 20º y 2º del TUO de la ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y su reglamento Arts. 142º, 146º, 147º, 148º, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM; son cargo a los fondos de canon minero. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Yaután, la adquisición de la citada maquinaria pesada y vehículo y el servicio correspondiente, en el marco de la normatividad del TUO de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento. Artículo 5º.- Autorizar amplia y sufi ciente al señor: JOSE LUIS DEL CARPIO MELGAREJO Alcalde del Concejo Distrital de Yaután, para que realice todo y cada uno de las gestiones y trámite, conducentes a la formalización y ejecución del presente acuerdo. Artículo 6º.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario El Peruano conforme al Inciso c) del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-MPC, encargando a la ofi cina de Administración la Publicación del presente acuerdo de Concejo pública el Diario Ofi cial El Peruano, debiendo remitir copia del mismo y el informe que los sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación las adquisiciones a que se refi ere el Art. 19º se realizarán mediante acción inmediatas. Registrese, comuníquese y publíquese.JOSE LUIS DEL CARPIO MELGAREJO Alcalde 183849-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL VICTOR LARCO HERRERA Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 0063-2008-MDVLH Víctor Larco Herrera, 26 de marzo de 2008. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VÍCTOR LARCO HERRERA VISTO: la Resolución de Alcaldía Nº 031-2008-MDVLH de fecha 1 de febrero del 2008; el Informe Nº 002-2008-MDVLH/CEPAD; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la Administración Pública; en consecuencia, deben aplicárseles las normas jurídicas de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28715 y; la Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley Nº 27815. Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad (Comisión Especial) ha remitido a esta instancia, mediante el Informe Nº 002-2008-MDVLH/CEPAD, la investigación preliminar de la denuncia interpuesta contra los ex funcionarios ediles Luís Eugenio Toribio Murga (ex Gerente Municipal), Víctor Andrés Morales Espinoza (ex Asesor Jurídico), Marina del Carmen Gamboa Cortijo (ex Jefa de la Unidad de Personal), Luís Felipe Morales Carbonell (ex Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto) y Pedro Teófi lo Alvarado Infante (ex Jefe de la Ofi cina de Administración) como presuntos responsables de la comisión de faltas administrativas graves de conformidad con el artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y Artículo 239º de la Ley Nº 27444. Que, la investigación preliminar realizada por la Comisión Especial tiene como referente el «Informe Largo de Auditoría por los Ejercicios Económicos de 2005 y 2006» de fecha 30 de octubre de 2007, elaborado por la Sociedad de Auditoría Mosaihuate Contadores Públicos S. C. Asesores-Consultores-Auditores (en adelante la Sociedad), designada a la Entidad mediante Resolución de Contraloría Nº 269-2007-CGT de fecha 20 de agosto de 2007 y que entre diversos aspectos de su acción de control denuncia el hallazgo de auditoría consistente en la inobservancia de las disposiciones de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento aprobado por el D. S. Nº 005-90-PCM, al haberse efectuado liquidaciones excesivas e ilegales por los conceptos laborales de compensación vacacional no gozada, asignación excepcional por vacaciones y compensación por tiempo de servicios a favor del ex Alcalde Moisés Abraham Arias Quezada y diez de sus ex funcionarios de confi anza, determinándose en los cálculos efectuados por la Sociedad, un exceso por un total de CIENTO VEINTE Y SEIS MIL NOVENTA Y UNO Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/.126,091.25), liquidación que ha sido aprobada por Resolución Gerencial Nº 580-2006-MDVLH de fecha 20 de diciembre de 2006, emitida por el ex Gerente Municipal, Luís Eugenio Toribio Murga. Que, la Sociedad tras la evaluación correspondiente indica que la liquidación total asciende a S/.184,464.68 detallando las diferencias comparativas en el siguiente cuadro: Nº EX FUNCIONARIOSLIQUIDA- CIÓN ILEGAL (S/.)LIQUIDA- CIÓN SOC. AUDIT. (S/.)DIFERENCIA ESTABLECIDA (S/.) 1 ARIAS QUEZADA, Moisés Abraham 11,369.54 7,441.77 3,927.77 2 TORIBIO MURGA, Luís Eugenio 23,424.77 7,237.55 16,187.223 GAMBOA CORTIJO, Marina del Carmen19,239.02 5,264.20 13,974.82 4 GONZALES QUIPUZCO, Carlos Alberto20,673.86 6,273.14 14,400.72 5 MORALES ESPINOZA, Víctor Andrés15,867.50 5,467.31 10,400.72 6 MORALES CARBONELL, Luís Felipe14,712.18 5,467.31 9,244.88 7 ALVARADO GARAY, Félix Manuel 19,043.89 5,138.10 13,905.79 8 GIL CHAVEZ, Segundo Alejandro 13,873.41 5,187.73 8.685.699 BARRENECHEA NAVARRO, Ángela Tatiana13,936.79 248.69 13,688.10 10 FLORES VICENTE, Walter Orlando 18,122.89 5,264.20 12,858.69 11 ALVARADO INFANTE, Pedro Teó fi lo 14,200.83 5,383.45 8,817.38 TOTAL 184,464.68 58,373.44 126,091.25 Que, la Comisión Especial en su investigación preliminar ha coincidido con las posiciones esbozadas por la Sociedad que cuestiona el acto administrativo contenido en la Resolución Gerencial Nº 580-2006-MDVLH y los actos de administración que sustenta su emisión. Que, la ex Jefa de la Unidad de Personal, CPC Marina del Carmen Gamboa Cortijo, en su Informe Nº 662-2006-MDVLH de 18 de diciembre de 2006, propone las liquidaciones cuestionadas aduciendo que al ex Alcalde y a los 10 (diez) ex funcionarios de confi anza (que se indican en el cuadro anterior) por no ser servidores nombrados o de carrera no le es aplicable el monto del benefi cio de CTS en los términos que establece el Artículo 54º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276, sino que, por el contrario, según la ex funcionaria denunciada, le corresponde a cada ex funcionario de confi anza una remuneración íntegra por cada año de servicio en vez del 50%, (cincuenta por ciento), de su remuneración principal conforme señala la ley. Que, en otro extremo de su informe, la ex Jefa de Personal, indica que el servidor que cesa en el ejercicio de sus funciones antes de hacer uso de sus vacaciones, tiene derecho a percibir una remuneración total mensual por ciclo acumulado, es decir, manifi esta la ex funcionaria denunciada, «[que] es el espíritu del legislador que a todo servidor que no haya hecho uso de sus vacaciones y cese en el servicio le corresponde una Remuneración Íntegra