Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2008 (04/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

370038

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAUTAN
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de maquinarias y vehiculos para contrarrestar problemas de salud, agricolas, economicos y propiciar el desarrollo sostenible de la MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2008-MDY
Yautan, 28 de marzo de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE YAUTAN VISTO: En sesion de Concejo Municipal de fecha 28 de marzo del ano 2008-04-02 El Informe Tecnico Nº 01-2008-STDC/ MDY, Informe Nº 181-2008-JPODU-MDY del 26 de marzo del 2008; El Informe Legal Nº 050-2008-OAL/MDY de fecha 26 de marzo del 2208, Da cuenta sobre los graves danos causados por los fenomenos de la naturaleza y el inminente peligro de aislamiento de las vias de comunicacion locales solicita se declare en emergencia el cauce de los Rios. Diques de Defensa Riberena, Captaciones, viascarreteras vecinales de Distrito de Yautan y la gravedad del problema en la epocas de lluvia, donde genera el Alto riesgo de danos y perdidas de la produccion y superficie MORDAZA del Distrito den Yautan asi como los accesos y vias de comunicacion, la construccion, mantenimiento y rehabilitacion de estructuras de captaciones, cauces entre otros. CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica de Estado, concordante con Titulo preliminar Art. II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales regionales de desarrollo. Que, el literal c) del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion (proceso de licitacion Publica, concurso publico, Adjudicacion directa y adjudicacion de menor cuantia las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad a la presente ley senalado al literal a) y c) del articulo 20º, que dispone las exoneraciones deberan ser aprobadas mediante la Resolucion del Titular de Entidad o mediante Acuerdo de Concejo la misma que requiere de uniforme tecnico ­ Legal, asimismo, se indica que una MORDAZA de la misma y del informe o informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la publicacion; Que, en ese mismo sentido, el Art. 146º del reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2004-PCM, establece que la Resolucion que aprueba la exoneracion de un MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de algunas de las causales, contenidas en el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos que contengan la justificacion y la procedencia y necesidad de la exoneracion. Que, asimismo el Art. 147º del Decreto Supremo Nº 081-2004-PCM en el parrafo precedente prescribe que la Resolucion que aprueba la exoneracion, excepto de los casos referidos en los incisos b) y d) del Art. 19º de la Ley, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion y adicionalmente debera publicarse en el SEACE.

Que, Nº 01-2008-STDC/MDY, la Secretaria Tecnica se Defensa Civil justifica la necesidad de que se declare en situacion de emergencia el cauce de los MORDAZA, Diques de Defensa Riberenas, Captaciones, vias-carreteras de Distrito de Yautan y la gravedad del problema en la epoca de lluvia, donde genera el Alto riesgo de danos y perdidas de la produccion y superficie MORDAZA del Distrito den Yautan, asi como los accesos y vias de comunicacion, la Construccion Mantenimiento y rehabilitacion de estructuras de captacion, cauce entre otros; y brindar asistencia a la poblacion afectada en el Distrito que comprende a sus comunidades y caserios por plazo establecido por Ley y a las normas legales vigentes, y de Urgencia la adquisicion de maquinarias y vehiculos; 01 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 01 volquete de 12 a 15 m3 de capacidad, 01 camioneta 4x4 doble cabina, 02 motocicletas lineales. Hasta por el monto de S/. 1 539.850.00 (Un millon quinientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), a fin de contrarrestar los problemas de Salud, MORDAZA, economia, asi como propiciar el desarrollo sostenible de la MORDAZA, mejorando las condiciones de transporte y servicios dentro de un MORDAZA de eficiencia y preservacion de los pobladores. La adquisicion de equipos y maquinarias serviran ademas para ejecucion de las obras de saneamiento Basico, irrigacion. Electrificacion, Reconstruccion con los Centro Educativos, Centro de Salud, Construccion y Mejoramiento de las carreteras de acceso, programadas en el periodo 2008-2009. En el ambito de su MORDAZA, no disponen de maquinarias y equipos para alquiler lo cual viene retrasando el cumplimiento de los objetivos y metas programadas en la ejecucion de obras y servicios, situacion que pone en grave riesgo la salud, la educacion y el normal desenvolvimiento socioeconomico de los pobladores. Que, mediante Nº 050-2008-OAL/MDY, de fecha 26 de marzo de 2008 ha cumplido con emitir opinion favorable de acuerdo a lo establecido en el Art. 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Art. 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, de acuerdo a lo expuesto en las consideraciones MORDAZA referidos, procede autorizar y exonerar el MORDAZA de seleccion correspondiente al Inciso c) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado. De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 19º, 20 º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado. Aprobando por el D.S. N 083-2004-PCM y Arts. 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del estado. Aprobando por el D.S. N 0842004-PCM y los documentos del visto que forman parte integrante acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley organica de Municipalidades Nº 27972. SE ACORDO: Articulo 1º.- DECLARAR EN EMERGENCIA; el cauce de los Rios. Diques de Defensa Riberena, Captaciones, vias- carreteras vecinales de Distrito de Yautan y la gravedad del problema en la epoca de lluvia, donde genera el Alto riesgo de danos y perdidas de la produccion y superficie MORDAZA, asi como brindar asistencia a la poblacion afectada en el Distrito de Yautan, Provincia de Casma, Departamento de MORDAZA, por un periodo de 60 dias contados a parte del dia siguiente de la publicacion del presente Acuerdo. Articulo 2º Declarar en situacion de Urgencia de la adquisicion de maquinarias y vehiculos; 01 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 01 volquete de 12 a 15 m3 de capacidad, 01 camioneta 4x4 doble cabina, 02 motocicletas lineales. Hasta por el monto de S/. 1 539.850.00 (Un millon quinientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), a fin de contrarrestar los problemas de Salud, MORDAZA, economia, asi como propiciar el desarrollo sostenible de la MORDAZA, mejorando las condiciones de transporte y servicios dentro de un MORDAZA de eficiencia y preservacion del medio ambiente, conforme a los documentos precisados en la parte sustentada del presente acuerdo. Articulo 3º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion la adquisicion, de maquinarias y vehiculos; 01 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 01 volquete de 12 a 15 m3 de capacidad, 01 camioneta 4x4 doble cabina, 02 motocicletas lineales. Hasta por el monto de S/. 1 539.850.00 (Un millon quinientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), el mismo que se efectuara conforme

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