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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de abril de 2008 370038 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAUTAN Exoneran de proceso de selección la adquisición de maquinarias y vehículos para contrarrestar problemas de salud, agrícolas, económicos y propiciar el desarrollo sostenible de la zona ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2008-MDY Yaután, 28 de marzo de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE YAUTAN VISTO:En sesión de Concejo Municipal de fecha 28 de marzo del año 2008-04-02 El Informe Técnico Nº 01-2008-STDC/MDY, Informe Nº 181-2008-JPODU-MDY del 26 de marzo del 2008; El Informe Legal Nº 050-2008-OAL/MDY de fecha 26 de marzo del 2208, Da cuenta sobre los graves daños causados por los fenómenos de la naturaleza y el inminente peligro de aislamiento de las vías de comunicación locales solicita se declare en emergencia el cauce de los Ríos. Diques de Defensa Ribereña, Captaciones, vías- carreteras vecinales de Distrito de Yaután y la gravedad del problema en la épocas de lluvia, donde genera el Alto riesgo de daños y perdidas de la producción y superfi cie agrícola del Distrito den Yaután así como los accesos y vías de comunicación, la construcción, mantenimiento y rehabilitación de estructuras de captaciones, cauces entre otros. CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política de Estado, concordante con Título preliminar Art. II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Política, Económica local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales regionales de desarrollo. Que, el literal c) del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran exonerados de los procesos de selección (proceso de licitación Pública, concurso público, Adjudicación directa y adjudicación de menor cuantía las adquisiciónes y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad a la presente ley señalado al literal a) y c) del artículo 20º, que dispone las exoneraciones deberán ser aprobadas mediante la Resolución del Titular de Entidad o mediante Acuerdo de Concejo la misma que requiere de uniforme técnico – Legal, asimismo, se indica que una copia de la misma y del informe o informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación; Que, en ese mismo sentido, el Art. 146º del reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2004-PCM, establece que la Resolución que aprueba la exoneración de un proceso de selección, al amparo de algunas de las causales, contenidas en el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos que contengan la justifi cación y la procedencia y necesidad de la exoneración. Que, asimismo el Art. 147º del Decreto Supremo Nº 081-2004-PCM en el párrafo precedente prescribe que la Resolución que aprueba la exoneración, excepto de los casos referidos en los incisos b) y d) del Art. 19º de la Ley, debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción y adicionalmente deberá publicarse en el SEACE.Que, Nº 01-2008-STDC/MDY, la Secretaria Técnica se Defensa Civil justifi ca la necesidad de que se declare en situación de emergencia el cauce de los ríos, Diques de Defensa Ribereñas, Captaciones, vías-carreteras de Distrito de Yaután y la gravedad del problema en la época de lluvia, donde genera el Alto riesgo de daños y perdidas de la producción y superfi cie agrícola del Distrito den Yaután, así como los accesos y vías de comunicación, la Construcción Mantenimiento y rehabilitación de estructuras de captación, cauce entre otros; y brindar asistencia a la población afectada en el Distrito que comprende a sus comunidades y caseríos por plazo establecido por Ley y a las normas legales vigentes, y de Urgencia la adquisición de maquinarias y vehículos; 01 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 01 volquete de 12 a 15 m3 de capacidad, 01 camioneta 4x4 doble cabina, 02 motocicletas lineales. Hasta por el monto de S/. 1 539.850.00 (Un millón quinientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), a fi n de contrarrestar los problemas de Salud, agrícola, economía, así como propiciar el desarrollo sostenible de la zona, mejorando las condiciones de transporte y servicios dentro de un marco de efi ciencia y preservación de los pobladores. La adquisición de equipos y maquinarias servirán además para ejecución de las obras de saneamiento Básico, irrigación. Electrifi cación, Reconstrucción con los Centro Educativos, Centro de Salud, Construcción y Mejoramiento de las carreteras de acceso, programadas en el período 2008-2009. En el ámbito de su zona, no disponen de maquinarias y equipos para alquiler lo cual viene retrasando el cumplimiento de los objetivos y metas programadas en la ejecución de obras y servicios, situación que pone en grave riesgo la salud, la educación y el normal desenvolvimiento socioeconómico de los pobladores. Que, mediante Nº 050-2008-OAL/MDY, de fecha 26 de marzo de 2008 ha cumplido con emitir opinión favorable de acuerdo a lo establecido en el Art. 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Art. 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, de acuerdo a lo expuesto en las consideraciones antes referidos, procede autorizar y exonerar el proceso de selección correspondiente al Inciso c) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado. De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 19º, 20 º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado. Aprobando por el D.S. N 083-2004-PCM y Arts. 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del estado. Aprobando por el D.S. N 084-2004-PCM y los documentos del visto que forman parte integrante acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE ACORDÓ:Artículo 1º.- DECLARAR EN EMERGENCIA; el cauce de los Ríos. Diques de Defensa Ribereña, Captaciones, vías- carreteras vecinales de Distrito de Yaután y la gravedad del problema en la época de lluvia, donde genera el Alto riesgo de daños y pérdidas de la producción y superfi cie agrícola, así como brindar asistencia a la población afectada en el Distrito de Yaután, Provincia de Casma, Departamento de Ancash, por un período de 60 días contados a parte del día siguiente de la publicación del presente Acuerdo. Artículo 2º Declarar en situación de Urgencia de la adquisición de maquinarias y vehículos; 01 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 01 volquete de 12 a 15 m3 de capacidad, 01 camioneta 4x4 doble cabina, 02 motocicletas lineales. Hasta por el monto de S/. 1 539.850.00 (Un millón quinientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), a fi n de contrarrestar los problemas de Salud, agrícola, economía, así como propiciar el desarrollo sostenible de la zona, mejorando las condiciones de transporte y servicios dentro de un marco de efi ciencia y preservación del medio ambiente, conforme a los documentos precisados en la parte sustentada del presente acuerdo. Artículo 3º.- Exonerar del proceso de selección la adquisición, de maquinarias y vehículos; 01 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 01 volquete de 12 a 15 m3 de capacidad, 01 camioneta 4x4 doble cabina, 02 motocicletas lineales. Hasta por el monto de S/. 1 539.850.00 (Un millón quinientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), el mismo que se efectuará conforme