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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370322 En uso de las atribuciones que confi ere el inciso 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Declaración del Estado de Emergencia en el departamento de Cajamarca Declárese el Estado de Emergencia por desastre natural en el departamento de Cajamarca, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas. Artículo 2º.- Acciones a ejecutar El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Gobierno Regional Cajamarca, los gobiernos locales involucrados, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y demás instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, ejecutarán las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Agricultura, la Ministra de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Educación, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los nueve días del mes de abril del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación yEncargado del despacho del Ministerio de Salud SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 186552-1 Dan por cumplidos los compromisos asumidos por la Universidad de San Martín de Porres en el marco de convenio de cooperación suscrito con la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 085-2008-PCM Lima, 9 de abril de 2008CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de octubre de 2007, la Presidencia del Consejo de Ministros suscribió un Convenio de Cooperación Interinstitucional Ad Honorem con la Universidad de San Martín de Porres, con el objeto de establecer un programa de auditoría social, racionalización y simplifi cación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) y de los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF); Que, en el marco del citado Convenio, la Universidad de San Martín de Porres se comprometió a constituir con sus Facultades, Escuelas e Institutos, un equipo de profesionales y docentes que estudie con cada uno de los equipos ministeriales el TUPA y el ROF de cada Sector, proponiendo las medidas de simplifi cación, silencio administrativo y celeridad en cada caso; Que, la Universidad de San Martín de Porres ha culminado de manera sobresaliente con los compromisos asumidos en el mencionado Convenio, habiendo cumplido con entregar las conclusiones de su labor a total satisfacción del Poder Ejecutivo; De conformidad con lo establecido en los numerales 8) y 24) de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por cumplidos de manera sobresaliente los compromisos asumidos por la Universidad de San Martín de Porres en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional Ad Honorem a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Agradecer a la Universidad de San Martín de Porres el valioso y desinteresado aporte al esfuerzo que realiza el Gobierno a favor de la modernización del Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 186552-5 Aceptan renuncia de representantes de la actividad privada ante el Directorio del FORSUR RESOLUCIÓN SUPREMA N° 086-2008-PCM Lima, 9 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Suprema N° 154-2007-PCM se designaron como representantes de la actividad privada ante el Directorio del Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 - FORSUR a los señores José Chlimper Ackerman, Henry Fritz Day Sprinckmoller y Pedro Pablo Kuczynski Godard; Que, dichas personas han formulado renuncia a la representación conferida, la que es pertinente aceptar; De conformidad con la Ley N° 29078 modifi cada por la Ley N° 29136; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por los señores José Chlimper Ackerman, Henry Fritz Day Descargado desde www.elperuano.com.pe