Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2008 (10/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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370329

Referencia 36 ­ CI-Adjudicacion de Menor Cuantia para la adquisicion del bien Detector Captura de Electrones (ECD), al proveedor Electromedica Peruana S.A.; debido a que el bien no admite sustitutos y existe proveedor unico; De conformidad con el Decreto Supremo N° 0832004-PCM, el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y con la visacion de los Directores Generales de Sanidad Vegetal, Planificacion y Desarrollo Institucional, Centros de Diagnostico y Produccion y Asesoria Juridica y del Jefe de la Unidad Ejecutora PRODESA; SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Exonerar del MORDAZA CI-Adjudicacion de Menor Cuantia la adquisicion de una unidad del bien denominado Detector Captura de Electrones (ECD), el mismo que es requerido para completar el instrumento analitico para la determinacion de residuos de Bromuro de Metilo y asi poder iniciar el monitoreo de esta sustancia en productos hortofruticolas, lo cual es necesario para el logro del proposito del proyecto "Control y Erradicacion de la Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata) en la Costa Peruana"; debido a que este bien no admite sustitutos y existe proveedor unico. Articulo 2°.- Autorizar a la Unidad Ejecutora Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria ­ PRODESA para que proceda a realizar la adquisicion indicada en el Articulo 1° de la presente Resolucion, al proveedor Electromedica Peruana S.A., representante exclusivo en el Peru de la empresa japonesa Shimadzu Corporation, fabricante de los instrumentos analiticos de la MORDAZA Shimadzu; hasta por la suma de Treinta y Nueve Mil Novecientos Ochenta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles (S/. 39,984.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 3°.- Disponer que la Unidad Ejecutora Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria ­ PRODESA remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Asimismo, que proceda a su publicacion en el SEACE. Articulo 4°.- Disponer que la Oficina de Asesoria Juridica proceda a gestionar la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

N° 009-2002-MINCETUR, se regula la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 11º, numeral 11.1 del citado cuerpo legal, solo las modalidades de juego de casino autorizadas y registradas por la autoridad competente pueden ser materia de explotacion en las MORDAZA de juego de casino autorizadas por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas; Que, evaluada la presente solicitud de autorizacion y registro de modalidad de juego de casino, se advierte que el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 14° del mencionado Reglamento, entre los que se encuentra la descripcion de las caracteristicas del juego, incluyendo los materiales que seran empleados y el estudio del porcentaje de retorno al publico; Que, segun lo dispuesto en el inciso b) del articulo 25° de la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, corresponde a la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas expedir Directivas de cumplimiento obligatorio para la mejor aplicacion de la Ley y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, y en la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", estando a lo opinado en el Informe Tecnico Nº 145-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT-SDFCS-ARG, y Legal N° 302-2008/MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar y registrar la modalidad de Juegos de Casino: "Ez Baccarat", con el Registro JC0027. Articulo 2°.- Aprobar la Directiva N° 003-2008MINCETUR/VMT/DGJCMT "Reglamento de la Modalidad de Juego de Casino: "Ez Baccarat", la cual consta de cinco (5) capitulos y catorce (14) articulos. Articulo 3°.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas DIRECTIVA Nº 003-2008-MINCETUR/VMT/DGJCMT

MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Jefe (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria 185402-1

REGLAMENTO DEL JUEGO DE CASINO: "MAJESTIC EZ BACCARAT" CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Definiciones: Para los efectos de este Reglamento se entiende por: a.- Ez Baccarat: Al juego de casino en el que se utilizan cartas y donde los jugadores compiten contra el titular de la sala de juegos, representado por el dealer. El objetivo de cada jugador al igual que en el juego Baccarat, Midi y Mini Baccarat es conseguir cartas con un valor de nueve puntos o una puntuacion lo mas cercana posible, segun la opcion elegida (punto o banca). Aquellos jugadores cuya opcion escogida tiene la mayor puntuacion ganan la partida, Los jugadores tienen la posibilidad de tener una apuesta adicional denominada: DRAGON 7, es decir que si en tres (3) cartas la banca gana con siete (7) puntos, el pago sera 40 x 1. No se encuentra permitido el cobro de comisiones a favor del titular de la sala de juegos. b.- DGJCMT: A la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. c.- Inspector: Al Inspector de Juego de la DGJCMT. d.- Titular: A la persona juridica autorizada por la DGJCMT a explotar juegos de casino. e.- Dealer: Al personal del titular encargado de conducir el desarrollo del juego de Ez Baccarat. Tambien puede ser identificado con el nombre de "Crupier" o "Tallador".

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan y registran la modalidad de Juegos de Casino "Ez Baccarat" y aprueban Directiva
RESOLUCION DIRECTORAL N° 466-2008-MINCETUR/VMT/DGJCMT MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2008 Visto, el Expediente Nº 003052-2007-MINCETUR, de fecha 11.12.2007, en el que la empresa GRAN CASINO DE MORDAZA S.A.C., solicita autorizacion y registro de la modalidad de juego de casino: "Ez Baccarat"; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27153 y normas modificatorias y el Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo

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