Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2008 (12/04/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

MORDAZA y tercera linea del numeral 1.6 del articulo 1º DICE: "... entidades no pertenecientes al sector publico y que se encuentran comprendidas en la tipologia de organismos..." DEBE DECIR: "... entidades no pertenecientes al sector publico, referidas en el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 1302001, y que se encuentran comprendidas en la tipologia de organismos..." MORDAZA y sexta linea del literal a) del articulo 3º DICE: "... Economica por Formulacion de Proyectos supere las doce (12) Unidades Impositivas Tributarias (UITs)." DEBE DECIR: "... Economica por Formulacion de Proyectos sea igual o superior a diez (10) Unidades Impositivas Tributarias (UITs)." MORDAZA y sexta linea del literal b) del articulo 3º DICE: "... Economica por Formulacion de Proyectos no supere las doce (12) Unidades Impositivas Tributarias (UITs)." DEBE DECIR: "... Economica por Formulacion de Proyectos no supere las diez (10) Unidades Impositivas Tributarias (UITs)." Pagina 370466 DICE: "Articulo 9º.- Transparencia (...) DEBE DECIR: "Articulo 9º.- Transparencia (...) Articulo 10º.- Rendicion de Cuentas En cada trimestre del ano fiscal el Programa informara al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo la lista de transferencias financieras aprobadas, los beneficiarios y proyectos que las sustenten.

conocimiento que la FAA Academy esta organizando el Curso Aviation Safety Engineer/Propulsion 14 CFR Training Course 21021 el que se desarrollara en la MORDAZA de Oklahoma, Estados Unidos de Norteamerica del 28 de MORDAZA al 8 de MORDAZA de 2008; Que, en dicho curso en ingenieria de propulsion ofrece una formacion especifica en los aspectos tecnicos de la certificacion en ingenieria de propulsion, incluida la certificacion de los motores, la certificacion de la helice, y la certificacion de las aeronaves (instalacion del sistema de propulsion); Que, los articulos 58º y 60º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru establecen la competencia de la Direccion General de Aeronautica Civil para expedir, revalidar, suspender o cancelar el Certificado de Aeronavegabilidad de aeronaves de matricula peruana y extranjera respectivamente. Asimismo, el articulo 59º del cuerpo normativo en mencion establece la competencia de la Direccion General de Aeronautica Civil para realizar inspecciones tecnicas a las aeronaves que se construyan, reparen o modifiquen, las mismas que no podran efectuar vuelos si MORDAZA no han sido inspeccionadas o los trabajos efectuados no fueron autorizados por el personal tecnico Autorizado de la Direccion General de Aeronautica Civil; Que, el procedimiento F-DGAC-A-100 del Manual del Inspector de Aeronavegabilidad en su apendice "B" establece los requisitos que debe tener el Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para participar en el MORDAZA de aceptacion del Certificado MORDAZA de una aeronave, motor y helice, indicando que debe estar debidamente capacitado en la especialidad correspondiente como es el caso del motor; Que, para asistir a dicho evento ha designado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Aeronavegabilidad y Certificaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa unica de aeropuerto, seran financiados dentro del MORDAZA del Convenio de Administracion de Recursos PER/07/801 suscrito entre la Direccion General de Aeronautica Civil - DGAC y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional ­ OACI, razon por la cual no corresponde la emision de la Certificacion de Credito Presupuestario establecida en el articulo 77º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y la Ley Nº 29142; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Aeronavegabilidad y Certificaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Oklahoma, Estados Unidos de Norteamerica del 28 de MORDAZA al 8 de MORDAZA de 2008 para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que demanden el viaje autorizado precedentemente, seran cubiertos por el Convenio de Administracion de Recursos PER/07/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca/Mision Int. Nº 006-032008 y al siguiente detalle: Pasajes US $ 1 112.00 Viaticos US $ 2 640.00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US $ 30.25 Articulo 3º.- Dentro de los siete (7) dias calendario de su retorno al MORDAZA, el referido profesional debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional debera presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de Aeronavegabilidad y Certificaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. para participar en curso sobre ingenieria de propulsion
RESOLUCION SUPREMA N° 043-2008-MTC
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Informe Nº 136-2008-MTC/12, del 11.03.08, de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, mediante publicacion efectuada en la pagina Web de la Federal Aviation Administration ­ FAA, www.faa.gov, se pone en

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