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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (12/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de abril de 2008 370553 Establecen disposiciones para que las entidades del Sector Público y empresas del Estado comuniquen al Ministerio las nuevas plazas vacantes presupuestadas con que cuentan, reservadas conforme a lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27803 y 28299 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 107-2008-TR Lima, 9 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que la Ley Nº 27803 establece entre los benefi cios, a favor de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, el benefi cio de reincorporación y reubicación laboral, el cual de acuerdo a lo establecido en la Resolución Suprema Nº 036-2005-TR y el Decreto de Urgencia Nº 020-2005 se encuentra en ejecución; Que los artículos 10º y 11º de la Ley Nº 27803 señalan que la reincorporación y reubicación de los ex trabajadores se realiza en plazas presupuestadas vacantes de carácter permanente; Que el artículo 4º de la Ley Nº 28299 establece la reserva de las plazas presupuestadas vacantes para la ejecución del benefi cio de reincorporación y reubicación laboral de la Ley Nº 27803 hasta la culminación del Programa Extraordinario de Acceso a Benefi cios, constituyendo una infracción a dichas normas legales la inobservancia de tal disposición; Que la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que plaza presupuestada es el cargo contemplado en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) que cuente con el fi nanciamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional dentro del Grupo Genérico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, conforme al Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de cada Entidad; Que la Tercera Disposición Transitoria de la Ley referida en el párrafo precedente señala que el ingreso de personal sólo se efectúa cuando se cuenta con plaza presupuestada, siendo nula de pleno derecho cualquier acción contraria a ello, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario de la entidad que autorizó tal acto, así como del Titular; Que la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29059 permite la continuación de la ejecución del benefi cio de reincorporación y reubicación laboral, por lo que resulta necesario actualizar la información de las plazas presupuestadas vacantes de las entidades del Sector Público y empresas del Estado, para la adecuada ejecución del benefi cio, permitiendo así que éstas sean de conocimiento público de los benefi ciarios del Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; Que mediante Resolución Ministerial Nº 255-2007- TR se dispuso la obligación de remitir información de las plazas presupuestadas y vacantes de todas las entidades del Estado, por lo que resulta necesario reiterar dicho requerimiento, con las precisiones respectivas; Con el visto bueno del Viceministro de Trabajo y la visación del Director General de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27803 modifi cada por Ley Nº 28299; el literal c) del artículo 7º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008: el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Obligatoriedad de información de plazas presupuestadas vacantes Las entidades del Sector Público y empresas del Estado deben comunicar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de publicada la presente, las nuevas plazas vacantes presupuestadas con que cuentan y que han debido mantener reservadas de acuerdo a los artículos 10º y 11º de la Ley Nº 27803, concordante con el artículo 4º de la Ley Nº 28299. Para tal efecto, se entiende por nueva plaza a toda aquella generada y no informada al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, debiendo remitir la información de acuerdo al formato anexo que forma parte de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- De las plazas objeto de información La información de las plazas presupuestadas y vacantes remitidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y aquella a que se refi ere el artículo anterior, debe contener expresamente aquellas plazas presupuestadas y vacantes que se han generado por cualquiera de las causales de cese de los trabajadores de las entidades y empresas, esto es, por motivo de renuncia, despido, muerte, jubilación y otras previstas por el ordenamiento jurídico nacional. Las plazas que se generen en los supuestos detallados precedentemente, en aplicación del artículo 4º de la Ley Nº 28299, no deben otorgarse a persona alguna en forma defi nitiva, salvo lo dispuesto por normas de rango legal. Artículo 3º- Responsabilidad por el incumplimiento de información En el caso de incumplimiento a lo establecido en la presente resolución ministerial, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo procederá conforme lo establece el artículo 21º de la Ley Nº 27803 contra los funcionarios responsables, remitiendo la información pertinente a la Contraloría General de la República y al Ministerio Público para las investigaciones correspondientes. Artículo 4º.- Vigencia La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo FORMATO DE INFORMACION DE PLAZAS PRESUPUESTADAS Y VACANTES - LEY Nº 27803 ENTIDAD O EMPRESA: __________________________________ DOMICILIO: _________________________________ TELÉFONO/ E MAIL DE CONTACTO: __________________________________ DENOMINACIÓN DE PLAZASPERFIL DE LA PLAZAUBICACION GEOGRÁFICANº 1. 2.3.4.5.6.7. TOTAL DE PLAZAS NOTA: (De necesitarse podrán utilizarse hojas adicionales o remitir la información en medio electrónico -disquette-) 187382-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 105-2008-TR Fe de Erratas de las Disposiciones para tramitación de transferencias fi nancieras que realiza el Programa “Construyendo Perú” a favor de entidades privadas, aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 105-2008-TR, publicada en la edición del 11 de abril de 2008.Descargado desde www.elperuano.com.pe