Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2008 (17/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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370775

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE:

Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion II: De los Corredores de Seguros B: Personas Juridicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida) a la empresa PROTEGE R & V S.A.C. ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS con matricula Nº J-0690, cuya representacion sera ejercida por la senora MORDAZA MORDAZA Pflucker con Nº de Registro N-3597. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 188571-1

Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, la Superintendencia Adjunta de Riesgos, la Gerencia de Estudios Economicos y la Superintendencia Adjunta de Seguros, mediante Informes Nº 144-2008-LEG, N° 250-2008LEG, Nº 035-2008-DERMLI, N° 027-2008-DERO, N° 011-2008-DERC, N° 010-2008-ASF, y Nº 031-2008ASSSA, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 21º de la Ley Nº 26702 y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 349º de la referida Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la organizacion de la empresa administradora hipotecaria "INCASA EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA" para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el Organizador, que se devuelve debidamente autenticado con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a escritura publica, debiendo insertarse el Certificado de Autorizacion al que se refiere el Articulo Tercero de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Para la autorizacion de funcionamiento de la empresa "INCASA EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA" en organizacion, deberan realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su constitucion; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el articulo 11º de la Resolucion SBS Nº 600-98 para el funcionamiento de la sociedad, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion Social inscrita en los Registros Publicos; b) Acreditar la constitucion de su capital social; c) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicacion de que trata el numeral 1) del articulo 23º de la Ley General; d) Remitir la relacion y curriculum vitae de sus directores, gerentes y funcionarios principales; asi como, los certificados y declaraciones juradas senalados en el Anexo I de la Resolucion SBS Nº 60098; e) Remitir MORDAZA certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a sus directores y funcionarios, incluyendo la delegacion de facultades; f) Remitir informacion referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus oficinas; asi como la cobertura contra los riesgos principales de la actividad a realizar; g) Aprobar las politicas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresa considera brindar; h) Presentar el plan estrategico, estructura organica, los manuales de organizacion y funciones, de politicas y procedimientos, de control de riesgos y demas manuales de la empresa; y, i) Describir los sistemas de informacion de la empresa, incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informaticos que considera implementar. Articulo Tercero.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Organizacion, el mismo que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 188681-1

Autorizan organizacion de "Incasa Empresa Administradora Hipotecaria"
RESOLUCION SBS N° 1030-2008 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA,SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES; VISTA: La solicitud presentada por Invita Seguros de MORDAZA representada por la senora MORDAZA de la MORDAZA Wiese y el senor MORDAZA MORDAZA Freyre Trivelli, para la organizacion de una empresa administradora hipotecaria a denominarse "INCASA EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA", y, CONSIDERANDO: Que, mediante Sesion de Directorio de Invita Seguros de MORDAZA de fecha 22 de noviembre de 2007, se presento el proyecto de factibilidad para la creacion de una empresa administradora hipotecaria como subsidiaria; asimismo, se acordo delegar en el Comite de Directorio la decision final para la constitucion de dicha empresa; Que, mediante Sesion de Comite de Directorio de Invita Seguros de MORDAZA de fecha 27 de noviembre de 2007, se acordo por unanimidad aprobar la creacion de una empresa administradora hipotecaria como una subsidiaria de Invita Seguros de Vida; asimismo, se otorgaron poderes a la senora MORDAZA de la MORDAZA Wiese y al senor MORDAZA MORDAZA Freyre Trivelli, para que puedan suscribir todos los documentos privados y publicos que MORDAZA necesarios para formalizar la constitucion de la empresa administradora hipotecaria; Que, se ha cumplido con acompanar a la solicitud de autorizacion de organizacion de "INCASA EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA", cuyo accionista es Invita Seguros de MORDAZA, el proyecto de minuta de constitucion social respectiva encontrandose, conforme a Ley; y el estudio de factibilidad de MORDAZA, financiero y de gestion, que sustentan la creacion de la empresa administradora hipotecaria, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y lo establecido en el Reglamento para la Constitucion y el Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado mediante la Resolucion SBS Nº 600-98 de fecha 24 de junio de 1998;

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