TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de abril de 2008 370806 los activos comprendidos en la Resolución Ministerial Nº 224-2007-PCM, hasta el 31 de diciembre de 2007, mediante la aprobación y publicación del Decreto Supremo correspondiente; Que, efectuado el balance de ejecución del proceso de transferencia 2007, en la reunión de coordinación entre el Presidente de la República con los Presidentes Regionales, del 4 de enero del año en curso, se vio por conveniente ampliar el plazo para culminar las transferencias programadas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, hasta el 31 de marzo de 2008, al existir algunos Gobiernos Regionales y Locales, que no habían culminado sus respectivos procesos de transferencia, lo cual fue aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM; Que, sobre la base de dicha norma, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 001-2008-PCM/SD, se ampliaron, hasta el 31 de marzo de 2008, los plazos de todos los procesos de transferencia que la Secretaría de Descentralización venía ejecutando, comprendidos en el Plan Anual de Transferencia 2007, antes mencionado, y el Shock Descentralizador, con eficacia anticipada al término de los mismos; Que, considerando lo expuesto en la reunión de coordinación entre el Presidente de la República con los Presidentes Regionales, del 1 de abril de 2008, en el sentido que el proceso de transferencia 2007 se encontraba en vías de culminación, se ha dispuesto, mediante Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM, que los Sectores del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales realicen, hasta el 31 de diciembre de 2008, las acciones que sean pertinentes para culminar las transferencias comprendidas en dicho proceso, de acuerdo a los procedimientos establecidos en las directivas específicas emitidas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Presidente de la Comisión de Transferencia de Entrega, del Ministerio de la Producción, ha presentado, para su validación, mediante los Ofi cios Nº 29-2008-PRODUCE/Com.Trans.Entrega y Nº 032-2008-PRODUCE/Com.Trans.Entrega, la documentación que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación establecidos en el Anexo 6, antes mencionado, para la transferencia de la Estación Pesquera de Huaraz, al Gobierno Regional de Ancash; y, de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales “Los Organos”, “Lobitos”, “Paita”, “Yacila”, “Las Delicias” y “Parachique”, así como de la Estación Pesquera de Huancabamba, al Gobierno Regional de Piura, respectivamente; Que, al encontrarlos conforme, de acuerdo al Informe Nº 019-2008-PCM/SD-FNH, la Secretaría de Descentralización, de acuerdo al procedimiento establecido, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 110-2007-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 224-2007-PCM, debe proceder a su validación mediante la Resolución correspondiente; Que, mediante DS Nº 010-2007-PCM, se responsabiliza a un Viceministro, en su calidad de Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia, de ejecutar las transferencias que se programen en los respectivos Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nºs. 27783, 27867, 27972 y 29158; los Decretos Supremos Nºs. 007-2007-PCM, Nº 010-2007-PCM, Nº 021-2006-PCM, Nº 076-2006-PCM, Nº 063-2007-PCM, Nº 001-2008-PCM y Nº 029-2008-PCM; las Resoluciones Ministeriales Nº 110-2007-PCM y Nº 224-2007-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 034-2007-PCM/SD y Nº 001-2008-PCM/SD; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Validación de Gobiernos Regionales para la transferencia de desembarcaderos pesqueros artesanalesDeclarar, que el Gobierno Regional de Piura ha cumplido con los Mecanismos de Verifi cación establecidos; por lo que, está apto para acceder a la transferencia de los desembarcaderos pesqueros artesanales que se detallan en el Anexo 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Validación de Gobiernos Regionales para la transferencia de centros de acuicultura Declarar, que los Gobiernos Regionales de Ancash y Piura han cumplido con los Mecanismos de Verifi cación establecidos; por lo que, están aptos para acceder a la transferencia de los centros de acuicultura que se detallan en el Anexo 2 de la presente Resolución. Artículo 3º.- Culminación de la Transferencia El Ministerio de la Producción, en el marco del Decreto Supremo Nº 010-2007-PCM, deberá continuar con el procedimiento establecido en las Resoluciones Ministeriales Nº 110-2007-PCM y Nº 224-2007-PCM, a efectos de culminar y concretar la transferencia de la Infraestructura Pesquera Artesanal y Acuícola correspondiente, a los Gobiernos Regionales y Locales, comprendidos en el Proceso de Transferencia 2007. Artículo 4º.- Publicación La presente Resolución y sus Anexos 1 y 2, deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización ANEXO 1 GOBIERNO REGIONAL VALIDADO PARA ACCEDER A LA TRANSFERENCIA DE DESEMBARCADEROS PESQUEROS ARTESANALES DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Proceso de Transferencia 2007 Gobierno Regional Desembarcaderos Pesqueros Artesanales PiuraDesembarcadero Pesquero Artesanal “Los Órganos” Desembarcadero Pesquero Artesanal “Lobitos”Desembarcadero Pesquero Artesanal “Paita”Desembarcadero Pesquero Artesanal “Yacila”Desembarcadero Pesquero Artesanal “Las Delicias”Desembarcadero Pesquero Artesanal “Parachique” ANEXO 2 GOBIERNOS REGIONALES VALIDADOS PARA ACCEDER A LA TRANSFERENCIA DE CENTROS DE ACUICULTURA DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Proceso de Transferencia 2007 Gobiernos Regionales Centros de Acuicultura Ancash Estación Pesquera de HuarazPiura Estación Pesquera de Huancabamba 190227-1 AGRICULTURA Exoneran de proceso de selección la contratación del Programa de Seguros del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 277-2008-AG- Lima, 15 de abril de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe