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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (18/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de abril de 2008 370808 la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; Que, en el presente caso, la solicitud del postor Latina Seguros y Reaseguros S.A. de que se eleven las Bases del Concurso Público Nº 001-2008-AG y los demás actuados al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE supone que dicho proceso de selección se prolongará más allá del plazo de vigencia del contrato de servicio de seguros con el que cuenta actualmente el Ministerio de Agricultura, el cual vence el 17 de abril de 2008, constituyendo ello una situación imprevisible y extraordinaria que la Entidad no podía prever; Que, a partir del momento en que venza el plazo de vigencia del referido contrato de seguros, los bienes muebles e inmuebles del Ministerio de Agricultura ya no tendrían ningún tipo de cobertura ante eventuales siniestros, afectándose la continuidad de las funciones, servicios y actividades que la Entidad tiene a su cargo por la falta de cobertura del seguro ante eventos imprevisibles; Que, en tal sentido, los hechos indicados se encuentran dentro del supuesto previsto en el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que corresponde declarar la situación de desabastecimiento inminente del servicio del Programa de Seguros del Ministerio de Agricultura, resultando necesario contratar tal servicio vía exoneración del proceso de selección, por la causal señalada, en tanto culmine el Concurso Público Nº 001-2008/AG; Que, el desabastecimiento inminente del Programa de Seguros del Ministerio de Agricultura se ha producido como consecuencia del tiempo considerable que tomaron los actos previos a la convocatoria del proceso de selección, debido a las particularidades para la elaboración del SLIP técnico de los bienes a ser asegurados, así como a la prolongación del Concurso Público Nº 001-2008/AG, generada por los postores de dicho proceso de selección, quienes hicieron uso de mecanismos legales que la propia Ley de Contrataciones y Adquisiciones les faculta para cuestionar las decisiones del Comité Especial; Que, en atención a lo anterior, no resultaría de aplicación lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ni lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 141º de su Reglamento, en la medida que la situación de desabastecimiento inminente se debió a causas ajenas a la Entidad, señaladas anteriormente, sin perjuicio de lo cual, se deberán remitir los actuados al Órgano de Control Interno de la Entidad para su conocimiento; Que, se debe tener presente el tercer párrafo y siguientes del artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme al cual la Resolución que aprueba la exoneración debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, remitiéndose copia de la misma, así como copia de los informes que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, igualmente, debe tenerse en cuenta el subnumeral 6.6. del Numeral VI, Disposiciones Específi cas, de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE, que precisa que la Resolución que aprueba la exoneración debe ser remitida a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de su aprobación, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, los artículos 146º y 147º del citado Reglamento señalan que la Resolución o Acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, debiendo ser publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, según corresponda, así como publicarse adicionalmente a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE.De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y, el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Declarar en situación de desabastecimiento inminente el servicio del Programa de Seguros del Ministerio de Agricultura, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 2º .- Aprobar la exoneración del proceso de selección, por causal de desabastecimiento inminente, para la contratación del Programa de Seguros del Ministerio de Agricultura, por un plazo de noventa (90) días, hasta por un valor referencial de S/. 324,048.85 (Trescientos Veinticuatro Mil Cuarenta y Ocho y 85/100 Nuevos Soles), incluido IGV. Artículo 3º .- Disponer que la Dirección de Logística de la Ofi cina General de Administración sea la encargada de realizar la contratación exonerada en virtud a la presente Resolución. Artículo 4º .- Disponer que la contratación exonerada, realizada en mérito a la presente Resolución, sea efectuada con cargo al Pliego Presupuestal Nº 013 – Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura – Administración Central, siendo atendida por la fuente de fi nanciamiento de recursos ordinarios. Artículo 5º .- Disponer la modifi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 044-2008-AG, a fi n de incluir la contratación materia de la presente Resolución. Artículo 6º .- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y de los informes técnico-legales sustentatorios, a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días naturales siguientes de su aprobación y, remitir copia de dicha documentación al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE y al Órgano de Control Interno del Ministerio de Agricultura, así como publicar la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Registro del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 190299-1 Designan Jefe de la Oficina General de Presupuesto y Planificación del INADE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2008-AG Lima, 17 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 266-2006- VIVIENDA, se designó a Oscar Isaac Paz Soldan Layseca, en el cargo de Jefe de la Ofi cina General de Presupuesto y Planifi cación del INADE; Que el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo para el que fue designado, la cual se ha visto por conveniente aceptar, procediéndose a designar a quien ocupará dicho cargo en su reemplazo; Descargado desde www.elperuano.com.pe