Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2008 (18/04/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

370808

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, en el presente caso, la solicitud del postor Latina Seguros y Reaseguros S.A. de que se eleven las Bases del Concurso Publico Nº 001-2008-AG y los demas actuados al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE supone que dicho MORDAZA de seleccion se prolongara mas alla del plazo de vigencia del contrato de servicio de seguros con el que cuenta actualmente el Ministerio de Agricultura, el cual vence el 17 de MORDAZA de 2008, constituyendo ello una situacion imprevisible y extraordinaria que la Entidad no podia prever; Que, a partir del momento en que venza el plazo de vigencia del referido contrato de seguros, los bienes muebles e inmuebles del Ministerio de Agricultura ya no tendrian ningun MORDAZA de cobertura ante eventuales siniestros, afectandose la continuidad de las funciones, servicios y actividades que la Entidad tiene a su cargo por la falta de cobertura del seguro ante eventos imprevisibles; Que, en tal sentido, los hechos indicados se encuentran dentro del supuesto previsto en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que corresponde declarar la situacion de desabastecimiento inminente del servicio del Programa de Seguros del Ministerio de Agricultura, resultando necesario contratar tal servicio via exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal senalada, en tanto culmine el Concurso Publico Nº 001-2008/AG; Que, el desabastecimiento inminente del Programa de Seguros del Ministerio de Agricultura se ha producido como consecuencia del tiempo considerable que tomaron los actos previos a la convocatoria del MORDAZA de seleccion, debido a las particularidades para la elaboracion del SLIP tecnico de los bienes a ser asegurados, asi como a la prolongacion del Concurso Publico Nº 001-2008/AG, generada por los postores de dicho MORDAZA de seleccion, quienes hicieron uso de mecanismos legales que la propia Ley de Contrataciones y Adquisiciones les faculta para cuestionar las decisiones del Comite Especial; Que, en atencion a lo anterior, no resultaria de aplicacion lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ni lo dispuesto en el tercer parrafo del articulo 141º de su Reglamento, en la medida que la situacion de desabastecimiento inminente se debio a causas ajenas a la Entidad, senaladas anteriormente, sin perjuicio de lo cual, se deberan remitir los actuados al Organo de Control Interno de la Entidad para su conocimiento; Que, se debe tener presente el tercer parrafo y siguientes del articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme al cual la Resolucion que aprueba la exoneracion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose MORDAZA de la misma, asi como MORDAZA de los informes que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, igualmente, debe tenerse en cuenta el subnumeral 6.6. del Numeral VI, Disposiciones Especificas, de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE, que precisa que la Resolucion que aprueba la exoneracion debe ser remitida a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, los articulos 146º y 147º del citado Reglamento senalan que la Resolucion o Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, asi como publicarse adicionalmente a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE.

De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y, el Decreto Supremo Nº 0172001-AG - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE:

Articulo 1º.Declarar en situacion de desabastecimiento inminente el servicio del Programa de Seguros del Ministerio de Agricultura, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por causal de desabastecimiento inminente, para la contratacion del Programa de Seguros del Ministerio de Agricultura, por un plazo de noventa (90) dias, hasta por un valor referencial de S/. 324,048.85 (Trescientos Veinticuatro Mil Cuarenta y Ocho y 85/100 Nuevos Soles), incluido IGV. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Logistica de la Oficina General de Administracion sea la encargada de realizar la contratacion exonerada en virtud a la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que la contratacion exonerada, realizada en merito a la presente Resolucion, sea efectuada con cargo al Pliego Presupuestal Nº 013 ­ Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, siendo atendida por la fuente de financiamiento de recursos ordinarios. Articulo 5º.- Disponer la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 044-2008-AG, a fin de incluir la contratacion materia de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y de los informes tecnico-legales sustentatorios, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias naturales siguientes de su aprobacion y, remitir MORDAZA de dicha documentacion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE y al Organo de Control Interno del Ministerio de Agricultura, asi como publicar la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano y en el Registro del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 190299-1

Designan Jefe de la Oficina General de Presupuesto y Planificacion del INADE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-2008-AG MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 266-2006VIVIENDA, se designo a MORDAZA MORDAZA Paz Soldan Layseca, en el cargo de Jefe de la Oficina General de Presupuesto y Planificacion del INADE; Que el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo para el que fue designado, la cual se ha visto por conveniente aceptar, procediendose a designar a quien ocupara dicho cargo en su reemplazo;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.