Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2008 (20/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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2.7. Parametros Urbanisticos y Edificatorios.- Las disposiciones que determinan la normativa urbanistica y los indice edificacion regulados por los respectivos planos urbanos o proyectos urbanisticos integrales. 2.8. La Normativa Urbanistica.- Esta referida a la clasificacion del territorio MORDAZA y de las areas de actuacion urbanistica, a la zonificacion, a los indices de usos compatibles y a las densidades. 2.9. Indices Edificatorios.- Estan referidos al coeficiente de edificacion, las alturas, el porcentaje minimo de area libre, los retiros y el indice de estacionamiento entre otros. Tratandose de densidad MORDAZA y de coeficiente de edificacion podra regularizarse hasta un 25% sus indices reales reglamentarios y en caso del area libre se podra tolerar hasta un 25% del porcentaje reglamentario. 2.10.Carpeta Municipal.- Folder que contiene la hoja de ruta, FUO-Parte 1, FUO-Parte 1 Anexo D, Hoja de Tramite, el comprobante de pago integro cancelado por los derechos a que se refiere el numeral 5.3 y 5.4 del articulo 5º de la presente Ordenanza y los demas requisitos senalados en esta norma.

5.4. Reducir a 0.20% del Valor de la Obra el pago por derechos de licencia que incluye los derechos siguientes: de Licencia de Regularizacion, deterioro de pistas y veredas y por supervision de obra, contemplados en el MORDAZA vigente de San MORDAZA de Miraflores respectivamente. Los derechos de pago de la Regularizacion de la Licencia de Obra, se efectuaran en un solo pago y sera registrado mediante la autoliquidacion de los derechos de obra contenidos en el Anexo D del FUO parte 1. El Profesional Responsable debera presentar el Presupuesto de la obra en la Subgerencia de Obras Privadas y Transporte que le MORDAZA el VºBº y emitira la preliquidacion para ser cancelada en Tesoreria. Una vez cancelado el comprobante se MORDAZA constar el pago con el sello de Tesoreria en el anexo D del FUO parte 1. Al presentar la CARPETA MUNICIPAL el administrado debera adjuntar el comprobante de pago integro cancelado donde estan incluidos todos los derechos mencionados a que se refiere el numeral 5.3 y el numeral 5.4 del articulo 5º que equivale a S/. 20.00 nuevos soles mas el 0.20% del Valor de la Obra, este procedimiento debe sujetarse a la MORDAZA vigente sin que ello implique la aprobacion del expediente. Dentro de los beneficios no se incluye el pago por derechos de calificacion de proyecto por los delegados de la Comision Tecnica Calificadora designados por el CAP, conforme lo dispone la Ley Nº 27157 y el D.S. Nº 0352006-VIVIENDA. Articulo 6º. VIGENCIA DEL BENEFICIO El presente Titulo tendra una vigencia de 90 dias desde la fecha de su publicacion. Articulo 7º.- DE LA CARPETA MUNICIPAL El procedimiento de Regularizacion de Licencia se realiza a traves de la Carpeta Municipal que contendra los siguientes formularios: FUO - Parte 1, FUO - parte 1 Anexo D y Hoja de tramite, el comprobante de pago integro cancelado por los derechos a que se refiere el numeral 5.3 y 5.4 del articulo 5º de la presente Ordenanza y los demas requisitos senalados en articulo 8º de la presente ordenanza. Articulo 8º.- DE LOS REQUISITOS Quienes soliciten acogerse a la presente ordenanza adquiriran la CARPETA MUNICIPAL que contiene la hoja de ruta ademas de los formularios FUO - Parte 1 con firma del propietario, el abogado y el profesional Arquitecto o Ingeniero Civil, FUO - parte 1 Anexo D, Hoja de tramite los que deberan estar debidamente firmados, contendra tambien el comprobante de pago integro cancelado donde estan incluidos todos los derechos mencionados a que se refiere los numerales 5.3 y 5.4 del Articulo 5º de la Presente Ordenanza. Adicionalmente debera agregarse los siguientes requisitos: 8.1 MORDAZA Literal de Domino o Titulo de Propiedad. 8.2. Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios. 8.3. Plano de Localizacion y Ubicacion (con usos colindantes, corte de vias, MORDAZA normativos y de areas) firmado por el profesional y el propietario. 8.4. Plano de distribucion, firmado por el profesional y el propietario. 8.5. Plano de cortes y elevaciones, firmado por el profesional y el propietario. 8.7. Certificado de habilitacion del Proyecto CAP o CIP, segun el caso. 8.8. Carta de Seguridad de Obra, firmado por el profesional. 8.9. Comprobante de pago por Derechos de Calificacion del Proyecto equivalente al 0.05% del valor de la obra mas IGV, al Colegio de Arquitectos del Peru. 8.10. Memoria Descriptiva. 8.11. Presupuesto de la Obra 8.12. Fotografias del predio actualizadas. 8.13. En el caso de inmuebles comprendidos en el Regimen de Unidades inmobiliarias de Propiedad exclusiva y propiedad comun, se requerira de la autorizacion de la Junta de propietarios.

Articulo 3º.- DE LA REGULARIZACION La Regularizacion de Licencia de obra es el procedimiento destinado a obtener el saneamiento de la situacion de las edificaciones que hayan sido construidas sin licencia de obra hasta la fecha en que entra en vigencia la presente Ordenanza. Tambien se consideraran aptas para regularizar aquellas construcciones ejecutadas que a la fecha cuenten por lo menos con aprobacion municipal del Proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobado. El Beneficio de la Regularizacion considera solo Areas Construidas Regularizables como se refiere el numeral 2.6 del Art. 2 de la presente ordenanza. Sin embargo se permitira la Regularizacion con tolerancias en los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de los indices edificatorios siguientes: la densidad MORDAZA y de coeficiente de edificacion hasta en un 25% sus indices reales reglamentarios y el area libre donde se podra tolerar hasta un 25% del porcentaje reglamentario. Que asimismo el Retiro Municipal podra ser regularizado siempre y cuando cuente con Certificado de Alineamiento favorable y a evaluacion de la Comision Tecnica Calificadora del CAP. Articulo 4º.- DE LOS BENEFICIARIOS Son beneficiarios de lo dispuesto en la presente ordenanza los propietarios de viviendas Unifamiliares, Bifamiliares y Multifamiliares que cumplan con tramitar, dentro del plazo de vigencia de la misma la obtencion de la Regularizacion de Licencia de obra de las edificaciones nuevas, ampliaciones, remodelaciones y demoliciones que se hayan efectuado sin haber obtenido la Licencia de obra correspondiente, siempre que se encuentren ubicados en terrenos que cuenten con habilitacion MORDAZA y se cuente tambien con la titularidad del predio, incluyendose en este beneficio a todos los expedientes pendientes de liquidacion a solicitud del propietario. Articulo 5º. DE LOS BENEFICIOS Los beneficios que se otorgan mediante el presente Titulo son: 5.1 Reducir a Veinte Nuevos soles (S/. 20.00) el derecho de pago por Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, donde al pie debera especificarse que solo se podra utilizar este documento para gestionar el tramite de Regularizacion al que se refiere la presente ordenanza. 5.2. Exonerar el 100% del pago de multa por construir sin licencia a que se refiere el articulo 8º de la Ley Nº 27333 y el articulo 108º del D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA, a la MORDAZA del tramite. 5.3. Reducir a Veinte Nuevos soles (S/. 20.00) el pago por CARPETA MUNICIPAL donde estan incluidos los siguientes derechos: Hoja de Envio, Hoja de Tramite, FUO parte 1 y FUO parte 1 anexo D Derecho de Tramite y de Inspeccion Ocular, contemplados en el MORDAZA vigente de San MORDAZA de Miraflores respectivamente.

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