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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (30/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371525 Que el señor Oswaldo Morales Vigo es un destacado dirigente sindical que ha dedicado su vida a la defensa y promoción de los derechos de los trabajadores y al desarrollo armónico de las relaciones laborales en el país, principalmente en el sector de transporte terrestre; Que la formación como mecánico le dio la oportunidad de vincularse con actividades del sector transporte y manufacturero, ámbitos en los cuales lideró proyectos de organización y formación de trabajadores, de forma desinteresada, lo que le valió el reconocimiento general para su nominación a cargos directivos en diversas organizaciones sindicales como la Secretaría General del Sindicato Único de Trabajadores de Autobuses entre 1955 y 1965; la Coordinadora de Organización y Seguridad Social, así como la Secretaría General de la Federación de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas, Mecánicas y del Material Eléctrico de Lima y Callao en los períodos 1968 -1972 y 1991 y 2001; fi nalmente, la Secretaría Nacional Adjunta de Defensa y la Vicepresidencia de la Confederación de Trabajadores del Perú, entre los años 1985 – 2004; Que es notable su interés por la formación de los trabajadores en áreas como el Derecho de Trabajo, Derecho Procesal, Negociación Colectiva, Cooperativismo, Legislación Laboral Peruana y Procedimientos Laborales, actividad que promovió desde sus responsabilidades como dirigente sindical; asimismo, la capacitación recibida a través del Centro de Estudios Cooperativos y Laborales para América Latina le sirvió para debatir propuestas, al interior de las organizaciones sindicales y foros nacionales, en torno a la generación de nuevos puestos de empleo con condiciones de trabajo dignas, a través de cooperativas de trabajadores; Que su vocación de servicio se mani fi esta a lo largo de varias décadas en las que ha ejercido la representación de los trabajadores y, actualmente es Secretario Nacional de Cooperativas y Transporte de la Confederación de Trabajadores del Perú –CTP; Que las consideraciones expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el Artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conferir la condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de “O fi cial” al señor OSWALDO MORALES VIGO, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARIO PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 195220-18 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Exoneran a Provías Nacional de proceso de selección para la contratación del servicio de arrendamiento de inmueble para el Archivo Central RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 356-2008-MTC/02 Lima, 25 de abril de 2008 VISTOS: Los Informes Nº 017 y Nº 018-2008-MTC/20.2.4, de la Unidad de Abastecimiento y Servicios de PROVÍAS NACIONAL; el Informe Nº 126-2008-MTC-20.3-DTD, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVÍAS NACIONAL; así como el Informe Nº 944-2008-MTC/08, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por medio de los cuales se solicita que se apruebe la exoneración de proceso de selección para la contratación del servicio de arrendamiento de bien inmueble para el Archivo Central del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL; CONSIDERANDO: Que, el 15 de enero de 2006, el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, en lo sucesivo FCR, de la Ofi cina de Normalización Previsional, en adelante ONP, y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en lo sucesivo PROVÍAS NACIONAL, suscribieron un Contrato de Arrendamiento, por medio del cual se dieron en arrendamiento lo siguiente: a) Las Ofi cinas Nº 301, Nº 302, Nº 303, Nº 304, Nº 305, Nº 306, Nº 401, Nº 402, Nº 403, Nº 404, Nº 405, Nº 406 y Nº 1005, ubicadas en la Torre de O fi cinas del Centro Cívico y Comercial de Lima; b) Los Depósitos Nº 80 – D7, Nº 81 – D7, Nº 82 – D7 y Nº 83 – D7, ubicados en el Sótano 01 de la Playa de Estacionamiento del Centro Cívico y Comercial de Lima; y, c) Veinticinco (25) cocheras de la Playa de Estacionamiento, ubicadas en el Centro Cívico y Comercial de Lima. Que, en el caso del Archivo Central de PROVÍAS NACIONAL, éste se encuentra ubicado en la Av. Bolivia Nº 120, Lima, haciendo uso de las O fi cinas Nº 301, Nº 302, Nº 303, Nº 304, Nº 305 y Nº 306, así como de los Depósitos Nº 82 – D7 y Nº 83 – D7; Que, los mencionados inmuebles fueron dados en arrendamiento a favor del citado Proyecto, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006. Posteriormente, mediante Addenda Nº 01/2007, dicho contrato fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2007; Que, mediante Ofi cio Nº 1327 y Carta Nº 1449-2007- GI.II/ONP, la Secretaría Técnica – FCR de la O fi cina de Normalización Previsional puso en conocimiento de PROVÍAS NACIONAL que respecto del contrato antes mencionado, que vencía el 31 de diciembre de 2007, no existían posibilidades de renovación debido a sus necesidades institucionales; por lo que se solicitó la desocupación de los inmuebles dados en arrendamiento; Que, mediante Memorándum Nº 091-2008-MTC/10.02, la Ofi cina General de Administración informó que luego de la evaluación efectuada por la O fi cina de Patrimonio en los inmuebles de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinó que no existe ningún inmueble que reúna las condiciones mínimas necesarias para la conservación de la documentación del archivo de PROVÍAS NACIONAL. En tal sentido, se recomendó que se evalúe la posibilidad de arrendar espacios apropiados para dicho archivo; Que, el 18 de enero de 2008, PROVÍAS NACIONAL suscribió la Addenda Nº 02/2008, por medio de la cual se prorrogó el Contrato de Arrendamiento hasta el 31 de marzo de 2008; Que, mediante Informe Nº 011-2008-MTC/ 20.2.4.ARCH, el Archivo Central de PROVÍAS NACIONAL solicitó la contratación, vía arrendamiento, de un local para su funcionamiento; para lo cual señaló cuáles son las características con que debía contar necesariamente dicho local. Asimismo, solicitó que el período de contratación sea de tres (3) años; Que, mediante Memorándum Nº 011-2008-MTC/ 20.2.4.SERV, el Especialista en Servicios de PROVÍAS NACIONAL señaló que se hizo una veri fi cación a un total de seis (6) inmuebles; de los cuales sólo uno (1) cumple con las características solicitadas para el funcionamiento del Archivo Central de PROVÍAS NACIONAL, que actualmente se encuentra ubicado en la Av. José Gálvez Nº 1843, Lince; Que, mediante Informe Nº 01-2008-MTC/20-7.PTM, el arquitecto Pablo Tang Montané, personal de la Unidad Gerencial de Conservación de PROVÍAS NACIONAL, señaló que efectuó una inspección al inmueble sito en la Av. José Gálvez Nº 1843, Lince, concluyendo que el Descargado desde www.elperuano.com.pe