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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (30/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371534 mensual de una boni fi cación especial a una servidora y una funcionaria de la entidad edil, argumentando el desempeño de labores diferenciales durante los años 2003, 2004 y 2005, sin contar con el sustento técnico y legal correspondiente, soslayando lo dispuesto en la normativa que regula el otorgamiento de boni fi caciones diferenciales y generando un perjuicio económico para la entidad de S/. 14 000,00; revelando estos hechos, la existencia de indicios razonables de la presunta comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 194307-2 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 174-2008-CG Lima, 28 de abril de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 070-2008-CG/ ORAR, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Orcopampa, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2006, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a dicha entidad a fi n de evaluar el correcto uso fi nanciero y presupuestal de los recursos de la fuente de fi nanciamiento canon minero y regalías, y determinar si la adquisición y contratación de bienes y servicios con dichos recursos se efectuó de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado irregularidades en la adquisición de material Piedra Laja y contratación de servicio de transporte para la Obra “Construcción de Veredas, Estacionamiento, Jardines, Paraderos, Stares y Alcantarillado Cercado - Orcopampa” habiendo evidenciado que autoridad de dicha entidad edil, asumió funciones que no le correspondían respecto a dicha adquisición y contratación del citado servicio, adquiriendo mayor cantidad que lo requerido por el Expediente Técnico; siendo que dicha adquisición, así como la contratación del servicio de transporte del material fueron realizadas directamente por dicha autoridad; hechos que con fi guran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Usurpación de Funciones, el cual se encuentra previsto y penado en el Artículo 361º del Código Penal; Que, asimismo, se ha determinado que como resultado de dicha adquisición, existe un faltante de 2,091,30 m2 de piedra laja que signi fi ca un perjuicio económico de S/. 46,425,19 para la entidad, ya que dicho material adquirido y transportado, no forma parte de la citada obra ni de las otras dos obras en las que fue utilizado, ni se encuentra en los saldos de almacén; habiéndose obviado todo control de ingreso y salida del material conforme correspondía, hechos que con fi guran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el Artículo 22º, inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 194307-3 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de las Municipalidades Provinciales de Yarowilca y Huancayo RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 175-2008-CG Lima, 28 de abril de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 071-2008-CG/ ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Yarowilca, Huánuco, por el periodo enero 2003 a diciembre 2004; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Control de la O fi cina Regional de Control Huancayo, la Contraloría General de la República dispuso se efectúe un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Yarowilca, orientado a determinar si la disposición de los recursos se realizó con el sustento adecuado, en concordancia con los objetivos de la Entidad y de acuerdo a la normativa aplicable; así como establecer la consistencia de las denuncias presentadas sobre presuntas irregularidades que se habrían producido durante el mencionado período; Que, como resultado de la acción de control, la Comisión Auditora evidenció que funcionarios responsables de la administración de los fondos municipales, autorizaron desembolsos por un total de S/. 129 087,70, a favor de Descargado desde www.elperuano.com.pe