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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371535 sí mismos, servidores y terceras personas; en algunos casos sin contar con documentación que justi fi que tales entregas de dinero; en otros, se pretenden sustentar con comprobantes de pago inconsistentes; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, asimismo, se ha determinado que durante el año 2003, los administradores de los fondos municipales desembolsaron S/. 34 504,50, a favor de funcionarios y terceros; egresos que se pretendieron sustentar mediante boletas de venta adulteradas o falsas, en todo o en parte; y en diversos casos no se recibieron los bienes y/o servicios supuestamente adquiridos o contratados; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Peculado y Falsi fi cación de Documentos, previstos y penados en los artículos 387º y 427º del Código Penal; Que, igualmente, la Comisión evidenció que determinados funcionarios municipales, autorizaron desembolsos de dinero a favor de un servidor de la entidad y de terceros, por un total de S/. 14 160,00, destinados a pagar por los servicios de elaboración de per fi les y expedientes técnicos, los cuales no fueron recibidos ni se cuenta con la respectiva conformidad del servicio; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 194307-4 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 176-2008-CG Lima, 28 de abril de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 072-2008-CG/ ORHU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Huancayo, período comprendido de julio del 2001 a diciembre del 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Provincial de Huancayo, orientada a determinar si los recursos fi nancieros asignados a la citada Entidad, fueron utilizados en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normativa vigente;Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado irregularidades en la adquisición de una alcantarilla abovedada para la obra “Construcción Pontón Leandra Torres”, habiendo evidenciado que ex funcionarios de la entidad asumieron funciones que no les correspondían en la conducción del proceso de selección, obviando la elaboración de las Bases de acuerdo a la normativa vigente, así como el cumplimiento de los requisitos mínimos para la adquisición de dicho bien; hechos que con fi guran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Usurpación de Funciones, el cual se encuentra previsto y penado en el Artículo 361º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el inciso d) del Artículo 22º la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 194307-5 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito de aprovechamiento indebido del cargo en agravio del Consejo Nacional de Tasaciones RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 177-2008-CG Lima, 28 de abril de 2008 VISTO; el Informe Especial Nº 075-2008-CG/OEA, resultante del Examen Especial practicado al Consejo Nacional de Tasaciones, por el periodo comprendido del 1.ENE.2004 al 30.SET.2006, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso una acción de control al Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA, a fi n de determinar si los recursos asignados a dicha Entidad, fueron utilizados para el cumplimiento de metas y logro de objetivos de la Entidad con criterios de efi ciencia, efi cacia, transparencia y economía en concordancia con la normatividad aplicable; Que, como resultado de la acción de control practicada, respecto al Proceso de Selección para la contratación del servicio de Acondicionamiento Cartográ fi co en Lima Metropolitana, la Comisión Auditora ha determinado Descargado desde www.elperuano.com.pe