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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (07/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de agosto de 2008 377707 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor FRANK MARTÍN TADEO CASTRO BARCENAS, en el cargo de Director General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 235116-3 Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 354-2008-MIMDES Lima, 6 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29247, se dejó sin efecto el Decreto Supremo N° 005-2007-MIMDES, que crea la Dirección General de Protección Social y adscribe la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del INABIF a la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, precisándose que se encuentran plenamente vigentes las disposiciones y/o artículos del Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES, que hubieran sido modifi cados y/o derogados por el Decreto Supremo N° 005- 2007-MIMDES; Que, el artículo 3 de la citada Ley restituye al Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual y al Programa Nacional Wawa Wasi la condición que tenían de Unidades Ejecutoras del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, el artículo 79 del Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES, establece que los Programas Nacionales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social que cuenten con la condición de Unidad Ejecutora, están a cargo de Directores Ejecutivos; Que, en tal sentido resulta necesario emitir el acto mediante el cual se designe a la persona que se desempeñará como Directora Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, en la Ley N° 27793; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señora MARIA JENNIE DADOR TOZZINI, como Directora Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 235116-4 PRODUCE Aprueban proceso de estandarización de los productos de software del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 045-2008-PRODUCE/SG Lima, 5 de agosto de 2008Vistos: el Memorando Nº 0145-2008-PRODUCE/ OGTIE de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística, el Ofi cio Nº 1975-2008-PRODUCE/OGA de la Ofi cina General de Administración y el Informe Nº 092-2008-PRODUCE/OGAJ-JCF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, con relación a la estandarización de determinados productos de software para la adquisición de licencias, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorando de vistos, la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística ha planteado la estandarización de los siguientes productos de software en el Ministerio de la Producción: Windows Server, Ms SQL Server, QlikView, Tippingpoint, Windows para estaciones de trabajo, Offi ce, eTrust (Antivirus) y SPSS (determinados módulos), para la adquisición de licencias de software; Que, de acuerdo a lo señalado en el segundo párrafo del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en concordancia con el numeral 2.2 del artículo 2º de dicha Ley, los principios que rigen las contrataciones y adquisiciones tienen por fi nalidad garantizar que las Entidades del Sector Público obtengan bienes, servicios y obras de calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados, necesarios para el cumplimiento de sus funciones; Que, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, de manera excepcional podrá solicitarse la adquisición de un producto de determinado tipo o marca necesarios para el cumplimiento de las funciones de la entidad, cuando ello responda a un proceso de estandarización debidamente sustentado de acuerdo a los lineamientos establecidos para tal efecto mediante Directiva de CONSUCODE, bajo responsabilidad del titular o máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda; Que, conforme a lo señalado en el numeral 24 del Anexo I – Anexo de Defi niciones del Reglamento en mención, la referida estandarización es un proceso de racionalización consistente en ajustar a un determinado tipo o modelo los bienes o servicios a adquirir o contratar, en atención a los equipamientos preexistentes; Que, en concordancia con el Informe Nº 009-2008- PRODUCE/OGA-acamargo que acompaña el Ofi cio de vistos, la Directiva de CONSUCODE a que se refi ere el artículo 30º del Reglamento en mención no ha sido emitida; sin embargo, conforme señala dicho ente rector en materia de contrataciones y adquisiciones del estado, ello “no puede constituir un óbice para que las Entidades del Estado puedan sustentar y formalizar estandarizaciones, sea para adquirir o contratar servicios, cuando éstas correspondan a la adquisición o contratación de determinada marca o tipo de producto” (Opinión Nº 86-2005-GTN CONSUCODE), debiendo tenerse en cuenta que “la adquisición o compra basada en la estandarización responde a criterios técnicos y objetivos que garantizan la funcionalidad y operatividad de la infraestructura preexistente en la Entidad” (Opinión Nº 120-2005-GTN CONSUCODE); Que, el Informe Nº 014-2008-PRODUCE/OGTIE-Oti- jcrp que acompaña al Memorando de vistos de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística, justifi ca adecuadamente la estandarización de los software ahí propuestos, sustentándose en criterios técnicos y objetivos que garantizan la funcionalidad y operatividad de la infraestructura preexistente en la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 191-2007- PRODUCE se delegó en la persona del Secretario General del Ministerio de la Producción, la facultad de aprobar los procesos de estandarización que sustenten los procesos selección, en los cuales se haga referencia a determinada marca o tipo de producto necesarios para el cumplimiento de las funciones de la entidad; por lo que resulta pertinente la emisión de la presente Resolución Secretarial; Estando a lo informado en los documentos de vistos, con el visado de las Ofi cinas Generales de Administración, de Tecnología de la Información y Estadística, y de Asesoría Jurídica, y en ejercicio de la atribución conferida mediante Resolución Ministerial Nº 191-2007-PRODUCE; Descargado desde www.elperuano.com.pe