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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (09/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de agosto de 2008 377878 aprobarse el Estudio de Impacto Ambiental “Depósito de Relaves Caballococha”. No obstante, subsisten los demás extremos de la Resolución Nº 713-2007-OS/CD, confi rmándose entre otros, el monto de la multa de 10 UIT por incumplimiento de los otros compromisos ambientales del Estudio de Impacto Ambiental “Depósito de Relaves Caballococha” vinculados a garantizar la calidad de aguas de las lagunas Caballococha, Chuspicocha, Patarcocha y Lauricocha. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° inciso b) de la Ley N° 26734, Ley de creación de OSINERGMIN, artículos 1°, 17° y 18° de la Ley N° 28964, ley que transfi ere las competencias de supervisión y fi scalización de las actividades mineras al OSINERGMIN e inciso l) del artículo 52° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- MODIFICAR de ofi cio los alcances del numeral 9 de la Resolución Nº 713-2007-OS/CD de fecha 20 de noviembre de 2007, precisando que la confi rmación de la multa de 10 UIT por incumplimiento de los compromisos ambientales del Estudio de Impacto Ambiental “Depósito de Relaves Caballococha” no se refi ere a la reducción del parámetro zinc en las aguas de la Laguna Tinquicocha, compromiso ambiental cuyo plazo de ejecución vencerá recién en agosto del año 2011, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo 2º.- CONSERVAR los demás extremos de la Resolución Nº 713-2007-OS/CD. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 236081-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban Reglamento de Comisiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 060-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Comisiones del Consejo Regional además de regular el procedimiento y funcionamiento interno de las Comisiones Ordinarias o Especiales para el análisis, la investigación y el dictamen de los temas o problemas sociales, adicionalmente debe estar orientado a facilitar y/o coadyuvar a que los principios de participación, transparencia, gestión moderna, rendición de cuentas, inclusión, efi cacia, efi ciencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad, neutralidad, subsidiariedad, concertación, especialización, competitividad e integración sean efectivamente aplicados y cumplidos. Que, luego de un año y medio de funciones, el Consejo Regional de Arequipa ha identifi cado y cualifi cado la necesidad de reglamentar el procedimiento de las Comisiones para su funcionamiento interno, y también ha merituado la importancia de establecer reglas para la coordinación de las acciones, estrategias, proyectos y planes que su mejor programación, aprobación y ejecución. Que, al amparo de la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, de la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias y la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA; SE ORDENA:Artículo Único.- APROBAR el Reglamento de Comisiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, instrumento normativo que consta de VI Títulos, 23 artículos y 3 disposiciones complementarias fi nales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veintidós días del mes de julio del dos mil ocho. FERNANDO BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo Regional Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintitrés días del mes de julio del dos mil ocho. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa REGLAMENTO DE COMISIONES DEL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza Regional tiene por objeto reglamentar el procedimiento para el funcionamiento de las Comisiones del Consejo Regional. Artículo 2º.- Defi nición Las Comisiones Ordinarias o Especiales del Consejo Regional son grupos de trabajo que tienen por responsabilidad el análisis, la investigación y el dictamen de los temas o problemas sociales que le fueran asignados por razón de la materia o por disposición del Consejo Regional. Artículo 3º.- Ambito de Aplicación La presente Ordenanza Regional será de aplicación y cumplimiento en el ámbito territorial de la Región Arequipa. TÍTULO II CONOCIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE LOS TEMAS Artículo 4º.- Mesa de Partes Las solicitudes, expedientes y/o documentación que solicite la aprobación o la intervención del Consejo Regional, necesariamente, deberán presentarse por escrito y registrarse debidamente en Mesa de Partes. Artículo 5º.- Distribución de los temas a las comisiones Por razón de la materia o por disposición expresa aprobada en sesión del Consejo Regional, las solicitudes, expedientes y/o documentación de cada caso o tema presentado, inmediatamente en el término de la distancia, será derivado por el Presidente del Consejo Regional a los miembros integrantes de la Comisión Ordinaria o Comisión Especial competente. Artículo 6º.- Aprobación del Procedimiento 6.1. Procedimiento Ordinario.- Salvo las excepciones expresamente señaladas en el siguiente numeral, todas las solicitudes, expedientes y/o documentación de cada caso o tema presentado, se someterán al Procedimiento Ordinario de Comisiones aprobado en el presente Reglamento. Descargado desde www.elperuano.com.pe