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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 11 de agosto de 2008 377966 Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe obrante de fojas 59 a 61, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Pucapampa, con competencia además en los Barrios La Esperanza y Ccochaccasa, Distrito de Yauli, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANO 236161-17 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 177-2008-CE-PJ Lima, 10 de junio de 2008VISTOS:El Ofi cio Nº 393-2007-P-ODAJUP-CSJAN-PJ, cursado por el Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de Ancash, y el Informe Nº 188-2007-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente encargado de la Corte Superior de Justicia de Ancash remite a este Órgano de Gobierno, la solicitud presentada por el Alcalde del Centro Poblado de Chogo para la creación de un Juzgado de Paz en la referida circunscripción, Distrito y Provincia de Pomabamba, Departamento de Ancash; Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en el hecho de que el referido centro poblado tiene población aproximada de 600 habitantes, distribuidos entre los Caseríos de Chogo, Garhuagh, Uchucmayo, Ollucpatag, Huajipampa, Huashauajta y Cruz Chuccllanyn, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra a 08 kilómetros de distancia, lo cual representa que los pobladores tengan que trasladarse por 01 hora empleando medios de transporte público; Tercero: Que, el Informe Nº 188-2007-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial concluye en la factibilidad de la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Chogo, Distrito y Provincia de Pomabamba, Departamento y Distrito Judicial de Ancash; asimismo, en dicho informe aparecen los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula;Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe obrante de fojas 29 a 31, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Chogo, con competencia además en los Caseríos Chogo, Garhuagh, Uchucmayo, Ollucpatag, Huajipampa, Huashauajta y Cruz Chuccllanyn, Distrito y Provincia de Pomabamba, Departamento y Distrito Judicial de Ancash. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANO 236161-18 Crean Juzgado de Paz en el Anexo Puerto Porvenir - Río Ene RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 174-2008-CE-PJ Lima, 10 de junio de 2008VISTOS:El Ofi cio Nº 365-2008-P-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, y el Informe Nº 048-2008-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, solicita la creación de un Juzgado de Paz en el Anexo Puerto Porvenir - Río Ene, Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento de Junín; Segundo: Que, la solicitud efectuada tiende a la creación de un Juzgado de Paz con sede en el referido centro poblado, fundamentándola en el hecho de tener población aproximada de 2,507 habitantes, conjuntamente con los Anexos Los Ángeles, Tupac Amaru, Puerto Anapati, Pachacamilla, Micaela Bastidas, Nazca, Boca Anapati, Mayor Piteni, P.V. Las Palmeras, Nueva Generación, Unión Progreso, Maveni, Juan Pablo II, Nuevo Paraíso, CC.NN. Boca Sanibeni, CC.NN. Potsoteni, Unión Puerto Ashaninca y Puerto Ashaninca; así como en la necesidad de tener autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra a 70 kilómetros de distancia, lo que representa que los pobladores tengan que trasladarse tardando un tiempo aproximado de 03 horas en bote; Tercero: Que, el Informe Nº 048-2008-SEP-GP-GG- PJ de la Gerencia General del Poder Judicial concluye en la factibilidad de la creación del Juzgado de Paz en Descargado desde www.elperuano.com.pe