Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2008 (11/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 11 de agosto de 2008

VISTOS: La Carta S/N recibida en fecha 25 de enero del 2008, el Oficio Nº 514-2008-CONAFU-P de fecha 28 de febrero del 2008, el Informe Legal Nº 126-2008CONAFU-CJ de fecha 03 de MORDAZA del 2008, el Oficio Nº 284-2007-CONAFU-CDAA de fecha 16 de MORDAZA del 2008, la Resolucion Nº 156-2008-CONAFU de fecha 14 de MORDAZA del 2008, el Escrito recibido en fecha 11 de junio del 2008, el Informe Legal Nº 181-2008-CONAFU-CJ de fecha 13 de junio del 2008, la MORDAZA de la entrevista de fecha 08 de MORDAZA del 2008, y el Acuerdo Nº 271-2008-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo los dias 07 y 08 de MORDAZA del 2008; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3º inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006; Que, es atribucion del Pleno del CONAFU "Aprobar o denegar los Proyectos de Desarrollo Institucional de las nuevas Universidades", de conformidad con el articulo 10º inciso c) del Estatuto del CONAFU"; Que, con Carta S/N recibida en fecha 25 de enero del 2008, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion legal de la Promotora Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C., solicita la autorizacion de funcionamiento del Proyecto de la Universidad Global del MORDAZA, adjuntando la documentacion correspondiente para su evaluacion; Que, el Proyecto de Desarrollo Institucional, consolida los resultados del estudio de los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos e institucionales con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una Universidad o Escuela de Postgrado Particular no perteneciente a Universidades, con previsiones economicas para sus diez primeros anos de funcionamiento; de conformidad con lo dispuesto en el articulo 8º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004 (En Adelante el Reglamento); Que, en el articulo 14º del Reglamento, se establecen los requisitos que comprende el Proyecto de Desarrollo Institucional; y en el articulo 21º del Reglamento MORDAZA referido, se establece que: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para la evaluacion de admision a tramite de la solicitud... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de Mesa de Partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la Secretaria General para que remita la parte a) a la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos y la parte b) a la Comision Juridica, quienes dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, por Oficio Nº 514-2008-CONAFU-P de fecha 28 de febrero del 2008, se remiten las observaciones encontradas en la Parte "A" y la Parte "B" del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del Cusco; a fin de que el proyecto Universitario cumpla con subsanar las observaciones encontradas; Que, con Oficio Nº 284-2008-CONAFU-CDAA de fecha 16 de MORDAZA del 2008, el Consejero de Asuntos Academicos, informa al Pleno del CONAFU que la Promotora del

Proyecto de Universidad Global del MORDAZA, ha cumplido con levantar las observaciones contenidas en la Parte "A" del Proyecto de Desarrollo Institucional; Que, con Informe Legal Nº 126-2008-CONAFU-CJ de fecha 03 de MORDAZA del 2008, la Comision Juridica senala al Pleno; que el Proyecto Universitario no ha cumplido con subsanar las observaciones contenidas en su Proyecto de Desarrollo Institucional; Que, por Resolucion Nº 156-2008-CONAFU de fecha 14 de MORDAZA del 2008, se resuelve declarar inadmisible la solicitud del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Global del MORDAZA, presentado por el licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Representante Legal de la Promotora Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C, concediendosele el plazo de 5 dias habiles para subsanar la omisiones advertidas, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la solicitud y archivarse el expediente en forma definitiva, en caso de incumplimiento; Que, por Escrito recibido el 11 de junio del 2008, el ingeniero MORDAZA San MORDAZA Zubizarreta, en calidad de Responsable del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA, hace llegar el Levantamiento de Observaciones contenidas en la Resolucion Nº 156-2008-CONAFU; Que, con Informe Legal Nº 181-2008-CONAFUCJ de fecha 13 de junio del 2008, la Comision Juridica informa al Pleno del CONAFU, que el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA ha cumplido con subsanar todas las observaciones advertidas a los requisitos de admisibilidad correspondiente a la Parte B de su PDI, opinando que se admita a tramite el mismo; Que, el articulo 22º del Reglamento, establece que: "Con los dictamenes favorables (entiendase parte "a" y parte "b" del PDI), la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite"; Que, con fecha 08 de MORDAZA del 2008 se ha llevado a cabo la entrevista de los Promotores y la Comision Organizadora propuesta, del Proyecto de Universidad Global del Cuzco con los miembros del Pleno del CONAFU, en cumplimiento con la MORDAZA descrita en el parrafo anterior; Que, en sesion de fecha 07 y 08 de MORDAZA del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 271-2008-CONAFU acuerda admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA presentado el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion legal de la Promotora Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria en Tecnologia de Informacion y Comunicacion, 2) Administracion de Negocios Globales, 3) Administracion de Negocios Turisticos; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Por estas Consideraciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion legal de la Promotora Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria en Tecnologia de Informacion y Comunicacion, 2) Administracion de Negocios Globales, 3) Administracion de Negocios Turisticos. Articulo Segundo.- Prosigase con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004 y toda la normatividad vigente del CONAFU .

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