Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2008 (23/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

378534

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de agosto de 2008

Articulo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la Comision a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El mencionado Personal Superior debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 242674-7

cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 25 al 30 de agosto de 2008, para realizar una visita oficial, atendiendo la invitacion formulada por el Comandante General de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 839-2008-DE/SG

14 AGO 2008 a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de dos (02) Oficiales de la Armada Boliviana, para realizar una visita oficial, atendiendo la invitacion formulada por el Comandante General de la MORDAZA de MORDAZA del Peru.

b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA: 1. VICEALMIRANTE MORDAZA MORDAZA CABAS MORDAZA, 2. CAPITAN DE FRAGATA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 25 al 30 de agosto de 2008. 242449-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 840-2008-DE/SG MORDAZA, 14 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 751 de fecha 31 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Bolivia, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la VII Reunion Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Bolivia ­ Peru se acordo que la siguiente Reunion Bilateral entre los Comandos Fronterizos del MORDAZA Distrito MORDAZA "Titicaca" de la Armada Boliviana y la Tercera MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA, se realizaria en el mes de setiembre en la MORDAZA de Arequipa; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899;

Autorizan el ingreso al Peru de personal militar de Bolivia y los EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 839-2008-DE/SG MORDAZA, 14 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 796 de fecha 05 de agosto de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Bolivia, sin MORDAZA de guerra; Que, el Comandante General de la MORDAZA de MORDAZA del Peru ha cursado una invitacion al Comandante General de la MORDAZA del Ecuador, para que realice una visita oficial al Peru en el MORDAZA semestre del presente ano, a fin de intercambiar experiencias profesionales de interes mutuo, lo cual contribuira al fortalecimiento de las relaciones de cooperacion y amistad entre MORDAZA Marinas; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de dos (02) Oficiales de la Armada Boliviana,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.