Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2008 (23/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de agosto de 2008

Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de agosto de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo 4 779

Articulo 1º.- Aprobar los nuevos Clasificadores de Ingresos y Gastos a ser utilizados en las diferentes operaciones del Sector Publico, durante las etapas del MORDAZA Presupuestario, contenidos en los Anexos 01 y 02 que forman parte de la presente Resolucion Directoral. Dichos Clasificadores seran utilizados a partir de la Formulacion del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. Articulo 2º.- Dispongase la publicacion de los Anexos mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas (http://www.mef.gob.pe/DNPP/normatividad.php). Articulo 3º.- Los conceptos tecnicos mencionados en los clasificadores a que se refiere el articulo 1º son utilizados estrictamente para fines de registro presupuestario y no generan derechos ni obligaciones en su aplicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico 242623-1

Del 1/8/2008 al 15/8/2008

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Hacienda Encargado del Despacho del Viceministro de Economia 242621-1

EDUCACION
Aprueban transferencias financieras a favor de pliegos de los Gobiernos Locales para la ejecucion de proyectos de inversion publica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0352-2008-ED MORDAZA, 15 de agosto de 2008 Visto, el Memorando Nº 4286-2008-ME/VMGI-OINFE de la Oficina de Infraestructura Educativa y el Informe Nº 283-2008-ME/SPE-UP de la Unidad de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el literal i) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es funcion del Ministerio de Educacion, liderar la gestion para conseguir el incremento de la inversion educativa y consolidar el presupuesto nacional de educacion, asi como los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, el literal l), numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza al Ministerio de Educacion a efectuar por Resolucion del Titular del Pliego, Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, para actividades, proyectos de inversion, servicio de mantenimiento y equipamiento, referidos a infraestructura y/o tecnologia educativa; la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, establece que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectua mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que las sustenta es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto. Dichas transferencias son autorizadas mediante resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectuan luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. Para el cumplimiento de lo senalado en dicho numeral, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras. Asimismo establece que, cuando

Aprueban nuevos Clasificadores de Ingresos y Gastos a ser utilizados en las diferentes operaciones del Sector Publico durante las etapas del MORDAZA Presupuestario
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 045-2008-EF/76.01 MORDAZA, 8 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, corresponde a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, planear, dirigir y controlar la formulacion, ejecucion y evaluacion del Presupuesto Publico; Que, en concordancia con lo establecido en la citada Ley Organica y el articulo 13º de la Ley Nº 28112, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico es el organo rector del Sistema Nacional de Presupuesto, siendo sus funciones y responsabilidades, entre otras, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Gestion del MORDAZA Presupuestario; Que, existe la necesidad de efectuar cambios en los clasificadores presupuestarios, con el fin de unificar criterios con el Plan Contable para facilitar la contabilidad oportuna, de adecuarse a los estandares internacionales y de la existencia de una simetria entre ingresos y gastos para facilitar el registro de las transacciones economico financieras; Que, en consecuencia es necesario aprobar los nuevos Clasificadores de Ingresos y Gastos, como instrumentos tecnicos que permitan el registro ordenado y uniforme de las operaciones del Sector Publico durante las etapas del MORDAZA Presupuestario del Ano Fiscal 2009, a fin de facilitar a los Pliegos el seguimiento de sus operaciones; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ley Nº 28411, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas - aprobada por el Decreto Legislativo Nº 183 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas - aprobado con Resolucion Vice - Ministerial Nº 148-99-EF/13.03 y normas modificatorias;

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