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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (23/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de agosto de 2008 378536 Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el período comprendido entre el 1 y el 15 de agosto de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 1/8/2008 248 415 757 4 779 al 15/8/2008 Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Viceministro de HaciendaEncargado del Despacho delViceministro de Economía 242621-1 Aprueban nuevos Clasificadores de Ingresos y Gastos a ser utilizados en las diferentes operaciones del Sector Público durante las etapas del Proceso Presupuestario RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 045-2008-EF/76.01 Lima, 8 de agosto de 2008CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, corresponde a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, planear, dirigir y controlar la formulación, ejecución y evaluación del Presupuesto Público; Que, en concordancia con lo establecido en la citada Ley Orgánica y el artículo 13º de la Ley Nº 28112, la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órgano rector del Sistema Nacional de Presupuesto, siendo sus funciones y responsabilidades, entre otras, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Gestión del Proceso Presupuestario; Que, existe la necesidad de efectuar cambios en los clasifi cadores presupuestarios, con el fi n de unifi car criterios con el Plan Contable para facilitar la contabilidad oportuna, de adecuarse a los estándares internacionales y de la existencia de una simetría entre ingresos y gastos para facilitar el registro de las transacciones económico fi nancieras; Que, en consecuencia es necesario aprobar los nuevos Clasifi cadores de Ingresos y Gastos, como instrumentos técnicos que permitan el registro ordenado y uniforme de las operaciones del Sector Público durante las etapas del Proceso Presupuestario del Año Fiscal 2009, a fi n de facilitar a los Pliegos el seguimiento de sus operaciones; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas - aprobada por el Decreto Legislativo Nº 183 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas - aprobado con Resolución Vice - Ministerial Nº 148-99-EF/13.03 y normas modifi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los nuevos Clasifi cadores de Ingresos y Gastos a ser utilizados en las diferentes operaciones del Sector Público, durante las etapas del Proceso Presupuestario, contenidos en los Anexos 01 y 02 que forman parte de la presente Resolución Directoral. Dichos Clasifi cadores serán utilizados a partir de la Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009. Artículo 2º.- Dispóngase la publicación de los Anexos mencionados en el artículo 1º de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas (http://www.mef.gob.pe/DNPP/normatividad.php). Artículo 3 º.- Los conceptos técnicos mencionados en los clasifi cadores a que se refi ere el artículo 1º son utilizados estrictamente para fi nes de registro presupuestario y no generan derechos ni obligaciones en su aplicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MUÑOZ ROMERO Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 242623-1 EDUCACION Aprueban transferencias financieras a favor de pliegos de los Gobiernos Locales para la ejecución de proyectos de inversión pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0352-2008-ED Lima, 15 de agosto de 2008Visto, el Memorando Nº 4286-2008-ME/VMGI-OINFE de la Ofi cina de Infraestructura Educativa y el Informe Nº 283-2008-ME/SPE-UP de la Unidad de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, el literal i) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es función del Ministerio de Educación, liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, el literal l), numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar por Resolución del Titular del Pliego, Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, para actividades, proyectos de inversión, servicio de mantenimiento y equipamiento, referidos a infraestructura y/o tecnología educativa; la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142, establece que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que las sustenta es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Dichas transferencias son autorizadas mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectúan luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. Para el cumplimiento de lo señalado en dicho numeral, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras. Asimismo establece que, cuando Descargado desde www.elperuano.com.pe