Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (23/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de agosto de 2008 378539 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor abogado Leonardo José Caparrós Gamarra, Presidente (e) del Consejo Nacional Penitenciario, a la ciudad de Valdivia, República de Chile, del 25 al 28 de agosto de 2008, para participar de la “Segunda Reunión de Autoridades responsables de las Políticas Penitenciarias y Carcelarias de los Estados Miembros de la OEA”. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán efectuados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional Penitenciario, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos US$ 1 158,32 Viáticos x 4 días US$ 800,00TUUA US$ 30,25 ------------- Total: US$ 1 988,57 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el referido funcionario deberá presentar ante la Titular del Sector un informe dando cuenta de las actividades realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 242674-8 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Declaran en reorganización adminis- trativa al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 380-2008-MIMDES Lima, 22 agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 4 de la citada Ley señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, conforme a la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social formula, aprueba, ejecuta y supervisa las políticas de mujer y desarrollo social promoviendo la equidad de género, es decir, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, igualdad de oportunidades para la niñez, la tercera edad y las poblaciones en situación de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, establece entre otras funciones operativas del Programa Fondo de Cooperación para el Desarrollo - FONCODES la de administrar y supervisar las transferencias programáticas destinadas al mantenimiento preventivo y generación de infraestructura social básica y al desarrollo de iniciativas sociales productivas bajo una estrategia integral de articulación y complementación de programas sociales a nivel local, con protección del medio ambiente y un enfoque territorial; programar anualmente y administrar la asignación de los recursos que le asigne el Sector según las áreas y líneas de inversión social establecidas, entre otras, en las Políticas Nacionales de Superación de la Pobreza; y en las políticas del MIMDES; así como promover, fi nanciar, evaluar y supervisar los programas y proyectos referidos a infraestructura social, económica y de desarrollo productivo, entre otros, dirigidos a la población en pobreza, pobreza extrema y población afectada por la violencia y población desplazada; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2008-MIMDES se modifi có el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2007 que dispuso la fusión del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES con el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social estableciéndose la aprobación de la fusión de Proyectos y Unidades del FONCODES con el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES de la siguiente manera: Los proyectos 2.000688 Desarrollo del Corredor Puno Cusco y 2.016058 Sierra Sur- Fortalecimiento de los mercados, diversifi cación de los ingresos, del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES en la Unidad de Coordinación del Proyecto MARENASS del Ministerio de Agricultura, en calidad de absorbente; la Unidad Gerencial de Promoción de la Paz del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES en la Dirección General de Desplazados y Cultura de Paz del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y las demás Unidades Generales y Proyectos, se mantendrán en el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 003-2008- MIMDES establece que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES en el marco del proceso de modernización y descentralización de la gestión del Estado, de acuerdo con la política de austeridad en el gasto y en concordancia con las nuevas políticas de articulación y focalización que se vienen implementando para los Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, aplicará un proceso de reorganización al Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES a efectos de realizar los ajustes necesarios a su estructura y funciones, así como para la implementación de lo dispuesto en el artículo 1 del citado Decreto Supremo; Que, asimismo, el primer párrafo del artículo 4 del citado Decreto Supremo autoriza al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y al Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, a dictar las normas que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo antes referido; Que, en mérito a lo dispuesto se ha considerado necesario reorganizar administrativamente el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a fi n de evaluar, analizar, proponer y ejecutar las acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión del citado Programa Nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y el Decreto Supremo Nº 003-2008-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- De la Reorganización Administrativa del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODESDescargado desde www.elperuano.com.pe