Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2008 (23/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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la ejecucion de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Trigesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley N° 29142, establece que el Convenio suscrito a que se refiere el MORDAZA parrafo del numeral 9.4 del articulo 9° constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento para que el gobierno regional, gobierno local y la empresa publica, segun sea el caso, efectue la convocatoria para el MORDAZA de seleccion para la ejecucion del respectivo Proyecto de Inversion Publica, conforme a las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, el numeral 2.3 del articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 049-2007-EF/76.01, "Lineamientos para la Aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 ­ Ley Nº 29142", indica que para efecto de las transferencias financieras que se efectuen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por administracion directa a que hace mencion el ultimo parrafo del numeral 9.4, no es de aplicacion el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a traves de Administracion Directa. Dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el convenio respectivo; Que, en consideracion a lo solicitado por los Gobiernos Locales y a lo informado por la Oficina de Infraestructura Educativa, la Unidad de Presupuesto mediante Informes Nº 283-2008-ME/SPE-UP, considera que es tecnicamente factible efectuar transferencias financieras del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor de los Pliegos de los Gobiernos Locales detallados en el Anexo, hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 843 699.00), por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para la ejecucion de los proyectos de inversion de las Instituciones Educativas Nº 32989 de Huancanyacu, "Hans MORDAZA Languemak Michelsen", "Codo del Pozuzo"; y De conformidad con la Ley N° 28411, Ley Nº 29142, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias, la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modificatorias, y Resolucion Directoral Nº 049-2007-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar Transferencias Financieras del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor de los Pliegos de los Gobiernos Locales, hasta por la suma total de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 843 699.00), por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para la ejecucion los Proyectos de Inversion Publica, declarados viables, segun el detalle del Anexo, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se realizara con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de

Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion de los proyectos detallados en el Anexo, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 4º.- Para la efectivizacion de la presente transferencia, sera necesario la suscripcion de Convenios entre el Ministerio de Educacion y los correspondientes Gobiernos Locales, en los cuales se establecera el MORDAZA ejecucion de cada proyecto de inversion, asi como otros terminos y obligaciones de las partes, siendo necesario tambien la MORDAZA de los contratos de ejecucion de obra y/o los informes de avances y valorizaciones, si corresponde, ademas del cumplimiento de otras obligaciones especificas indicadas en el citado Convenio. Articulo 5°.- De conformidad con el numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, establezcase el Cronograma de Desembolsos contenido en el Anexo, segun los cuales se ejecutaran los desembolsos de las transferencias financieras autorizadas, una vez suscritos los convenios respectivos; para el caso de ejecucion indirecta, se debera presentar ademas el contrato de ejecucion de obras por cada proyecto, cumpliendo con los compromisos establecidos en el Convenio suscrito. Articulo 6°.- La Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion y la Oficina de Administracion o la que haga sus veces en los correspondientes Gobiernos Locales, haran las coordinaciones necesarias para la efectivizacion de los desembolsos correspondientes de la transferencia financiera autorizada en la presente Resolucion, la cual se ejecutara a pedido de la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE. Articulo 7°.- Los Gobiernos Locales, bajo responsabilidad, deberan informar los avances mensuales, trimestrales y final de cada uno de los proyectos a la Oficina de Infraestructura Educativa ­ OINFE, indicando cualquier impedimento en la ejecucion de los proyectos autorizados. Articulo 8°.-. La Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion - OINFE se encargara, de acuerdo a sus funciones, de velar por el cumplimiento de la ejecucion de los Convenios referidos en el articulo 4° de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en los mismos, debiendo informar trimestralmente al Viceministro de Gestion Institucional y al Secretario General sobre los avances reportados por los Gobiernos Locales y las verificaciones realizadas por la OINFE. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano", y MORDAZA de la misma sera remitida a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y a la Oficina de Prensa y Comunicaciones para la publicacion en la pagina web del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

ANEXO TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A FAVOR DE GOBIERNOS LOCALES (EN NUEVOS SOLES) 1: Recursos Ordinarios PLIEGO QUE RECIBE CODIGO LA TRANSFERENCIA SNIP FINANCIAMIENTO MONTO MORDAZA A TRANSFERIR PROYECCION DE CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS 1º 2º

Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA

DISTRITO

PROYECTO AMPLIACION DE INFRAESTRUCTURA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Nº 32989 DE HUANCANYACU - DISTRITO SAN MORDAZA DE CAYRAN - MORDAZA MORDAZA

1

MORDAZA

SAN FCO MORDAZA DE CAYRANHUANCANYACU

100107: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE CAYRAN

82997

PPR

2,252,739.00 1,351,643.40 901,095.60

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