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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de agosto de 2008 378577 entre ambas instituciones, autorizando al señor Alcalde su suscripción, precisando que el pago de los derechos que establece el TUPA correspondiente al primer año del Convenio que equivale a S/.92,802.84 (noventa y dos mil ochocientos dos y 84/100 nuevos soles), serán cancelados a la suscripción de la Adenda. 2. Aceptar la donación de la empresa Punto Visual S.A. a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, cuyo valor asciende a S/.57,858.25 (cincuenta y siete mil, ochocientos cincuenta y ocho y 25/100 nuevos soles), cuyo destino es el mejoramiento del ornato de la ciudad y cuyas condiciones se encuentran estipuladas en la Adenda y el Convenio Marco de Cooperación de Mejoramiento del Ornato, suscrito entre ambas instituciones, la cual se recibirá de acuerdo a las normas establecidas en la Ordenanza Municipal N° 00048 de fecha 29 de septiembre del 2007, que aprueba el Reglamento de Donaciones Efectuadas y/o Recibidas por la Municipalidad Provincial del Callao. 3. Autorizar a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización a incorporar el monto donado en el Presupuesto Institucional de 2008. 4. Disponer la publicación del presente Acuerdo. 5. Encargar a las Gerencias Generales de Desarrollo Urbano, de Administración y de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento del presente Acuerdo. 6. Dispensar el expediente de donación del trámite de Comisiones y el presente Acuerdo del Trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 241827-1 Aprueban Convenio de Cooperación entre la Municipalidad y empresa para la instalación de elementos publicitarios ACUERDO Nº 000198 Callao, 19 de agosto de 2008El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 19 de Agosto de 2008, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 20 establece que corresponde al Concejo Municipal aceptar donaciones y en el 26, establece que corresponde aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales, así también, en el artículo 20 inciso 23 del mismo cuerpo normativo, señala que es atribución del Alcalde, el celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones; Que, mediante Correspondencia Nº 014200, remitida por el Gerente General de la Empresa Carteleras Peruanas S.A., solicita la suscripción de un Convenio de Cooperación entre la Municipalidad Provincial del Callao y CARTELERAS PERUANAS S.A., con el objeto de cooperar con la seguridad y ornato en la Provincia Constitucional del Callao, permitiendo a la Municipalidad la difusión en forma real y efectiva de avisos luminosos y anuncios de interés de la comunidad y avisaje de carácter cultural; Que, con Memorando Nº 1893-2008-MPC/GGDU, la Gerencia General de Desarrollo Urbano, opina que resulta favorable la aprobación del presente Convenio entre la Municipalidad Provincial del Callao y la Empresa CARTELERAS PERUANAS S.A., siendo la propuesta del Convenio de una duración de seis años, el cual consiste en utilizar los espacios públicos y privados en la Provincia Constitucional del Callao propuestos por la empresa, ofreciendo hacer una donación equivalente a la suma de S/. 69,777.03, cuya entrega se efectuará a la suscripción del convenio, concediendo un 10% del número total de elementos publicitarios instalados para el uso exclusivo de la Municipalidad durante la vigencia del convenio, realizar el pago de los derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y a efectuar cuatro cambios de afiches a todo costo a favor de la Municipalidad, tal y como lo estipula el numeral 3.1 del presente convenio; Que, con Informe Nº 236-2008-MPC/GGAJC-SGCA, de la Sub-Gerencia de Coordinación y Apoyo a la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, es de opinión procedente a la celebración del presente Convenio entre la Municipalidad Provincial del Callao y la Empresa CARTELERAS PERUANAS S.A., por encontrarse acorde y con arreglo a la normatividad vigente y lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao: ACUERDA:1.Aprobar el Convenio de Cooperación entre la Municipalidad Provincial del Callao y la empresa CARTELERAS PERUANAS S.A., para la instalación de elementos publicitarios, con el objeto del embellecimiento del Ornato en la Provincia Constitucional del Callao y autorizar al señor Alcalde su suscripción. 2. Aceptar la donación de la Empresa CARTELERAS PERUANAS S.A. por la suma de S/. 69,777.03 (sesenta y nueve mil setecientos setenta y siete con 03/100 nuevos soles), cuyo destino es el mejoramiento del ornato y su entrega se efectuará a la suscripción del presente Convenio. 3.Precisar que los derechos de pago establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, correspondientes al primer año equivalentes a S/. 127,362.38, (ciento veintisiete mil, trescientos sesenta y dos y 38/100 nuevos soles) serán cancelados el 15 de noviembre del presente año. 4.Autorizar a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización la incorporación del monto donado en el Presupuesto Institucional 2008. 5.Disponer la publicación del presente Acuerdo. 6. Encargar a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, Gerencia General de Administración y Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. 7. Dispensar el expediente de donación del trámite de Comisiones y el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 241825-1Descargado desde www.elperuano.com.pe