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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de agosto de 2008 378576 hubiera, contar con la escritura pública inscrita en los registros pertinentes, de sustitución o de liquidación del régimen patrimonial, las resoluciones que emitan los alcaldes, tanto en la separación convencional como en el divorcio ulterior, tendrán vigencia a nivel nacional, siendo el objetivo de la ley el acceso de los más pobres a la justicia y la reducción de costos. Que, por lo dispuesto en la precitada norma legal, existe la necesidad de que la Municipalidad Provincial del Callao adecue su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobando el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, a fi n de que la comunidad pueda orientarse tomando conocimiento del costo y los requisitos que deban cumplir para que puedan iniciar el referido procedimiento; Que, en la sesión de la fecha se aprobó el Acuerdo de Concejo Nº 000195 el mismo que cuenta con lo siguiente: Informe Nº 0800-2008-MPC-GGAJC, Informe Nº 716-2008-MPC-GGAJC, Informe Nº 836-2008-MPC-GGAJC, Informe Nº 0850-2008-MPC-GGAJC, Informe Nº 229-2008-MPC-GGAJC-SGCA de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación; Informe Nº 85-2008-MPC-GGA de la Gerencia General de Administración, Informe Nº 133-2008-MPC-GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Memorando Nº 1486-2008-MPC/GM de la Gerencia Municipal, todos favorables a su inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y último, indica que es conforme la incorporación de este procedimiento administrativo en el TUPA-Callao 2008, siendo el Concejo Municipal el que deba aprobarlo de acuerdo a los informes y los anexos presentados por las Gerencias Generales mencionadas; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000038 DE 10 DE JULIO DE 2008 E INCLUYE EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, EL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE LA SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR Artículo 1º.- Apruébase la modifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 000038 de 10 de julio de 2008 e inclúyase en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior, sus requisitos y derechos de pago y demás rubros que lo integren y sus anexos de adecuación, los mismos que forman parte constitutiva de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encárgase a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia General de Relaciones Públicas su difusión y a la Gerencia de Informática su incorporación en el Portal institucional de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. POR TANTO:Mando se registre comunique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 242488-1 Aprueban Addenda al Convenio Marco de Cooperación de Mejoramiento de Ornato suscrito con Punto Visual S.A. ACUERDO Nº 000197 Callao, 19 de agosto de 2008El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 19 de agosto de 2008, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal N° 034-2004; y CONSIDERANDO:Que, Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 inciso 8, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 00048 de fecha 29 de septiembre del 2007, se aprueba el Reglamento de Donaciones Efectuadas y/o Recibidas por la Municipalidad Provincial del Callao, en el Título Segundo, Disposiciones Comunes para la Aprobación de Donaciones, los artículos 10, 11, 13, 14 y 17, señalan que es atribución exclusiva del Concejo Municipal Provincial del Callao aprobar y aceptar las donaciones; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 000060 de 8 de marzo de 2008, el Concejo Provincial del Callao acordó aprobar el Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad Provincial del Callao y la Empresa Punto Visual S. A., autorizando al Señor Alcalde su suscripción; Que, mediante Carta N° C. PV-050-2008 la empresa Punto Visual S.A. presentó una propuesta para suscribir una Adenda al convenio de cooperación con la Municipalidad Provincial del Callao; en el que se propone modifi car la ubicación de los elementos publicitarios que corresponden a los numerales 21,20,y 11 del anexo 02 del Convenio; Que, mediante Memorando N° 1892 -2008-MPC/ GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, informa que sobre la suscripción de una Adenda al Convenio Marco de Cooperación, de mejoramiento del Ornato, entre la Municipalidad Provincial del Callao y la empresa Punto Visual S.A., la empresa se compromete a donar la suma de S/. 57,858.25 nuevos soles y a efectuar el pago correspondiente al primer año de los derechos establecido en el TUPA que equivalen a S/.92,802.84, opinando favorablemente a la aprobación y suscripción de la adenda; Que, mediante Informe N° 237-2008-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, se explican los detalles jurídicos de la relación causal generada por la suscripción del Convenio Marco de Cooperación de mejoramiento del Ornato, entre la Municipalidad Provincial del Callao y la empresa Punto Visual S.A., y la Adenda que se plantea formalizar en relación a este convenio, pronunciándose además sobre la donación que se ofrece e invocando el artículo 9 inciso 26 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, opina declarar procedente la celebración del convenio y la aceptación de la donación precitado en el considerando anterior; Que, en la sesión de la fecha, después de un amplio y alturado debate los señores Regidores propusieron que se aprobara la Adenda propuesta por la empresa Punto Visual S.A., el mismo que se encuentra relacionado al Convenio Marco de Cooperación de Mejoramiento del Ornato, suscrito por la Municipalidad Provincial del Callao y la empresa Punto Visual S.A.; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA: 1. Aprobar la Adenda al Convenio Marco de Cooperación de Mejoramiento del Ornato, suscrito Descargado desde www.elperuano.com.pe