Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2008 (23/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 23 de agosto de 2008

articulo 1º senala: que toda obra de edificacion nueva, remodelacion, ampliacion, modificacion, reparacion, refaccion, acondicionamiento, pues en valor cercado, demolicion o cualquier otra obra que se relacione con todo MORDAZA de bien cultural inmueble previamente declarado requiere su inicio la autorizacion del Institutito Nacional de Cultura ­ INC; Que, la Ley que declara de Interes Nacional, el Inventario, Catastro, Investigacion, Conservacion, Proteccion y Difusion de los Sitios y Zonas Arqueologicas del MORDAZA - Ley Nº 27721 de fecha 14 de MORDAZA de 2002, senala que acciones contrarias al MORDAZA juridico son materia de sancion administrativa facultada por la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion - Ley Nº 28296 y sancion penal al estar tipificada en el D. Leg. 65391 de fecha 6 de MORDAZA de 1991 - Codigo Penal, Titulo VIII articulos 226º al 231º; Que, acorde con lo previsto por el articulo 38º de la Ley Nº 27867: "Ley Organica de Gobiernos Regionales", las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y Reglamentan materias de su competencia; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 37º inc. a) de la Ley Nº 27867: "Ley Organica de Gobiernos Regionales", el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- Dejar sin efecto legal alguno la Ordenanza Regional Nº 015- CR/GRL de fecha 17 de MORDAZA de 2003, que declara "Capital Arqueologica de la Region MORDAZA a la Provincia de Alto Amazonas". Articulo Segundo.- Declarar "CAPITAL ARQUEOLOGICA DE LA REGION MORDAZA A LA PROVINCIA DE DATEM DEL MARANON", en merito a su importancia y riqueza arqueologica dentro de la historia Prehispanica, Colonial, Republicana y Contemporanea de nuestra Region Loreto. Articulo Tercero.- Impulsar en coordinacion con el Instituto Nacional de Cultura, la creacion de un Museo Arqueologico, el cual funcionara de manera transitoria en los ambientes de la Gerencia Sub Regional de la Provincia de Datem del Maranon. Articulo Cuarto.- Fomentar la iniciativa regional en los pobladores, investigadores e instituciones con el objeto de contribuir a la creacion del Museo Arqueologico, aportando piezas relevantes de cualquier indole, que resalten la historia de la Capital. Articulo Quinto.- Encargar al Gobierno Regional de MORDAZA, Municipalidad Provincial y Distritales de la Provincia de Datem del Maranon, priorizar el financiamiento de Proyectos de Investigacion Arqueologica, asi como la restauracion, conservacion y difusion, con el fin de conocer las culturas que habitaron la MORDAZA, patrones de asentamiento y antiguedad con el fechado radio carbonico. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia Sub Regional de la Provincia de Datem del Maranon, las acciones correspondientes, a fin de que se construyan ambientes para el funcionamiento de un Museo Arqueologico en la citada Provincia; debiendo el Gobierno Regional de MORDAZA comprometer el Presupuesto de los gastos que originara el funcionamiento del Museo Arqueologico. Articulo Septimo.- Autorizar a la Secretaria del Consejo Regional, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Loreto: www.regionloreto. gob.pe. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. Dado en el Auditorio de la Municipalidad Provincial de Datem del Maranon, a los siete dias del mes de agosto del 2008.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada del Consejo Regional POR TANTO:

De conformidad con lo establecido en los articulos 16º, 21º inciso o), 37° Inc. a) y 38º de la Ley Nº. 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias las Leyes Nº. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inciso o) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 242140-2

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Ratifican Acuerdo que exonera de MORDAZA de seleccion la contratacion de consultor para la elaboracion de expediente tecnico de la construccion de trocha carrozable
ACUERDO Nº 077-2008-G.R.PASCO/CR Pasco, 13 de agosto de 2008 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de sus facultades por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias, en Sesion Ordinaria del dia trece de agosto de dos mil ocho, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: VISTO: OFICIO Nº 304­2008-G.R.PASCO-PRES/GGR de fecha 04 de agosto, INFORME Nº 309­2008­G.R.PASCOGGR/GRI de fecha 01 de agosto, INFORME Nº 0993 ­ 2008-G.R.PASCO-GGR-GRI/SGE, de fecha 31 de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, por mandato Constitucional, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, la que establece en su articulo 39º que el Consejo Regional expresa la decision de este organo a traves de Acuerdo Regional; Que, las atribuciones del Consejo Regional, es, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; en merito a lo dispuesto en el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, dentro de sus funciones generales de los Gobiernos Regionales, es, normativa y reguladora, elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; en merito a lo dispuesto en el inciso b) numeral 1) del articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante el ACUERDO Nº 056-2008G.R.PASCO/CR, de fecha 18 de junio de 2008, se acuerda declarar Procedente la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de los servicios de un Consultor para la "Elaboracion del Expediente Tecnico

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