Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2008 (26/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 26 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

378701

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolucion Ministerial N° 179-2006MEM/DM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de MORDAZA de 2006, se declaro entre otros que el Gobierno Regional de La MORDAZA concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de energia y minas de acuerdo al Anexo N° 01 que forma parte integrante de la referida, siendo a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la funcion de "Otorgar concesiones mineras para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional". Que, el Gobierno Regional de La MORDAZA a traves de la Gerencia de Energia, Minas e Hidrocarburos ha iniciado el otorgamiento de Titulos de concesion minera para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el parrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM ­ TUO de la Ley General de Mineria, se debe cumplir con publicar en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubiesen sido aprobados el mes anterior, considerando lo establecido en el articulo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM ­ Reglamento de Procedimientos Mineros; SE RESUELVE

Nº 132-2008-MDC/GR de la Gerencia de Rentas de fecha 30.07.2008 y el Informe Nº 251-2008-GAJMDC de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 05.08.2008; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla ejerce su funcion normativa mediante la aprobacion de Ordenanzas, dispositivos con rango de Ley segun lo dispuesto por el articulo 200°, numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que: "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal,..."; Que, el articulo 33° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99 EF y sus modificatorias establece que: "...En los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la SUNAT..."; Que, con fecha 06 de febrero del 2003 la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, emitio la Resolucion de Superintendencia Nº 032-2003-SUNAT que senalo la tasa de interes moratorio en 1.5% mensual, la misma que se encuentra vigente hasta la fecha; Que, conforme a lo expuesto resulta necesario establecer la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM, aplicable a las deudas tributarias no canceladas oportunamente, generadas por tributos administrados por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 9° inciso 8 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO ­ TIM APLICABLE A LOS TRIBUTOS ADMINISTRADOS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA Articulo Primero.- FIJESE la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM en el mismo porcentaje que, para tal efecto, publique la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, aplicable a la deuda tributaria correspondiente a los tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA
242788-1

Articulo Unico.- PUBLIQUESE en el Diario Oficial El Peruano las Concesiones mineras de alcance regional en la Region La MORDAZA cuyos Titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA del ano 2008, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA MARTELL MORDAZA Gerente Gerencia de Energia y Minas e Hidrocarburos
242775-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Fijan tasa de interes moratorio aplicable a tributos administrados por la Municipalidad
ORDENANZA Nº 074-2008-MDC

Cieneguilla, 09 de Agosto del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que fija la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM Aplicable a los Tributos Administrados por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla y el Informe

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.