Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2008 (26/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 26 de agosto de 2008

de Control de la Magistratura y del Ministerio Publico a efecto de que tomen conocimiento de la conducta del hoy investigado (fs. 694-697); piezas judiciales que al haber sido, a su vez remitidas a este despacho por el Organo Desconcentrado de Control Interno, han sido agregadas a la presente investigacion, a fin de evitar una duplicidad de procedimientos, por tratarse de los mismos hechos (fs. 738-739). II. CARGOS IMPUTADOS: Segundo: Que, se atribuye al Juez investigado haber tramitado ilegalmente el MORDAZA constitucional de Habeas MORDAZA promovido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA a favor de los procesados por delito de Trafico Ilicito de Drogas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber declarado fundada la demanda y ordenado la excarcelacion de los citados encausados, no obstante que en el MORDAZA penal que enfrentaban y que supuestamente vulneraba su MORDAZA personal, se habia expedido sentencia condenatoria en primera instancia y se encontraba pendiente de resolver el recurso de nulidad interpuesto contra la misma; con lo cual no solo habria vulnerado los articulos 4º, 12° y 28° del Codigo Procesal Constitucional, referidos a la procedencia del Habeas MORDAZA contra resoluciones judiciales, asi como a las normas que regulan la competencia judicial para su conocimiento; y los articulos 139º inciso 2) de la Constitucion Politica del Peru y 4º de la Ley Organica

del Poder Judicial, que establecen, entre otros, la prohibicion de interferir en procesos en tramite; sino que ademas habria sustraido a los citados encausados de la persecucion penal, incurriendo asi en los delitos de Prevaricato y Encubrimiento Personal. III. ANALISIS Y EVALUACION DE LOS HECHOS:

Tercero: Que, el delito de Prevaricato, previsto y sancionado en el articulo 418º del Codigo Penal, se configura, entre otros supuestos, cuando un Juez dicta resolucion contraria al texto expreso y MORDAZA de la ley, siempre y cuando dicho proceder este provisto de dolo directo, esto es, no se sancionan las formas culposas o negligentes. Cuarto: Que, de la revision de los actuados se advierte que el 12.01.07 (fs.08-44), MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso demanda de Habeas MORDAZA a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y los hermanos MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Provincia de MORDAZA, a cargo del Juez investigado, alegando que la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de MORDAZA, al expedir la sentencia de fecha 19.12.05 (fs.97/177), que los condena a 15 y 25 anos de pena privativa de la MORDAZA, como autores del delito de Trafico Ilicito de Drogas (Exp. N° 24-2001 ­originariamente N° 01-95), habia vulnerado su derecho constitucional al debido MORDAZA, a la motivacion de las resoluciones y a la tutela jurisdiccional efectiva.

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. LA DIRECCION

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