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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (31/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de agosto de 2008 378985 Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el cual consta de 8 (ocho) títulos, 26 (veintiséis) artículos y 4 (cuatro) disposiciones complementarias fi nales. Artículo 2.- Disposiciones Complementarias Facúltese al Titular del Pliego de la Autoridad Nacional del Servicio Civil para que disponga las medidas necesarias para implementar el Reglamento de Organización y Funciones. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. El Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Autoridad Nacional del Servicio Civil aprobado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Artículo 4.- VigenciaEl presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en los portales institucionales. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera Disposición Complementaria Transitoria.- Transferencia de acervo documentario y bienes del Consejo de la Orden del Servicio Civil En un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la designación del Gerente General de la Autoridad, el Ministerio de Justicia transferirá a la Autoridad el acervo documentario y bienes que corresponden al Consejo de la Orden del Servicio Civil. Segunda Disposición Complementaria Transitoria.- Plazo para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal Otórguese un plazo de hasta treinta (30) días hábiles, contados desde la designación del Consejo Directivo, para la elaboración y presentación del Cuadro para Asignación de Personal de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Tercera Disposición Complementaria Transitoria.- Publicación en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros En tanto la Autoridad Nacional del Servicio Civil no cuente con Portal Institucional, para efectos de la entrada en vigencia de la presente norma y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 29091, considérese cumplido lo dispuesto en el artículo 3, con la publicación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Autoridad Nacional del Servicio Civil en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil ocho ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 245549-1 Aceptan renuncias de Vocales de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 189-2008-PCM Lima, 30 de agosto de 2008Vista la Carta Num. 448-2008/PRE-INDECOPI del Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Num. 367-2006-PCM se designó, entre otros, a los señores Luis José Diez Canseco Núñez y Rosa María Graciela Ortiz Origgi, en el cargo de Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI; Que, el artículo 25º del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Num. 077-2005-PCM establece que el cargo de Vocal vaca, entre otros motivos, por aceptación de la renuncia por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector; Que, el señor Luis José Diez Canseco Núñez ha renunciado al cargo que venía desempeñando como Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI; Que, asimismo, la señora Rosa María Graciela Ortiz Origgi ha renunciado al cargo que venía desempeñando como Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI; Que, corresponde aceptar las renuncias formuladas por los citados funcionarios; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Num. 1033 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de la Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI y el Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Num. 077-2005-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Luis José Diez Canseco Núñez, como Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Rosa María Graciela Ortiz Origgi, como Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 245549-4 Autorizan viaje de funcionarios del INDECOPI para participar en reunión de trabajo para la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 190-2008-PCM Lima, 30 de agosto de 2008 Vista la Carta Num. 249-2008/GEG-INDECOPI del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la