Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2008 (26/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2008

1.9 Documento de identidad; 1.10 Cargo (Gerente General, Gerente de Administracion, Gerente de Finanzas, Otro (especificar)); 2. Informacion sobre el cumplimiento de los requisitos por parte del inversionista: 2.1 Inversionista Institucional; 2.2 Entidades senaladas en el articulo 3, literal b., del Reglamento de Oferta Publica Primaria dirigida exclusivamente a Inversionistas Acreditados: 2.2.1 Persona juridica:

Regional de Pasco, el Informe Tecnico Nº 012-2008INDECI/DNPE/CE del 10.NOV.2008, el Informe Tecnico Nº 012-2008-INDECI/14.0 del 11.NOV.2008 y el Oficio Nº 6389-2008-INDECI/4.0 del 14.NOV.2008, sus antecedentes; CONSIDERANDO:

2.2.1.1 Ultimas declaraciones anuales del Impuesto a la Renta o documentos equivalentes, o, cuando corresponda, con los documentos acreditativos de las inversiones efectuadas que acrediten el cumplimiento de lo exigido por el articulo 3 del Reglamento de Oferta Publica Primaria dirigida exclusivamente a Inversionistas Acreditados; 2.2.1.2 MORDAZA del estatuto en donde el objeto social especifique que una de sus actividades, senalada de modo expreso, es la inversion en valores mobiliarios; 2.2.2 Persona natural:

2.2.2.1 Ultimas declaraciones anuales del Impuesto a la Renta o documentos equivalentes, o, cuando corresponda, con los documentos acreditativos de las inversiones efectuadas que acrediten el cumplimiento de lo exigido por el articulo 3 del Reglamento de Oferta Publica Primaria dirigida exclusivamente a Inversionistas Acreditados; 2.2.2.2 MORDAZA de las constancias de trabajo, servicios o estudios que acrediten experiencia profesional o academica minima de tres (3) anos en asuntos financieros o de negocios relacionados con el MORDAZA de valores. 2.2.3 Fondo o patrimonio autonomo:

2.2.3.1 Indicacion de las disposiciones legales o MORDAZA del acto constitutivo o contrato de fideicomiso correspondiente que acrediten que el fondo o patrimonio tiene como objeto la inversion en valores mobiliarios y es administrado por alguna de las personas juridicas mencionadas por el articulo 3 del Reglamento de Oferta Publica Primaria dirigida exclusivamente a Inversionistas Acreditados. Las cifras en Nuevos Soles indicadas en el presente Reglamento son de valor MORDAZA y se actualizan al cierre de cada ejercicio economico, en funcion del Indice de Precios al por Mayor a nivel nacional que publica periodicamente el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Se considera como base el indice correspondiente al mes de enero de 1996. Dicha actualizacion debera producirse dentro de los veinte (20) dias de iniciado el MORDAZA ejercicio. 294831-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Aprueban transferencias financieras a los Gobiernos Regionales de Pasco y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 500-2008-INDECI 16 de diciembre de 2008 VISTOS: los Oficios Nºs 565-742-2008-G.R.PASCO/ PRES del 11.JUL.2008 y 08.SET.2008 del Gobierno

Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ley Nº 29144, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2008, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente; asi como rehabilitar la infraestructura publica recuperando los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia del desastre y aquella necesaria para atender a la poblacion y recuperar la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 029-2008EF/15, se aprobo la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Cuarta Disposicion Final de la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico, Ley Nº 29144", la que fue modificada por Resolucion Ministerial Nº 260-2008-EF/15 del 18.ABR.2008; Que, el numeral 9.1 del articulo 9º de la mencionada Directiva senala que los recursos a que se refiere la Cuarta Disposicion Final de la Ley Nº 29144, podran financiar, cuando las entidades no dispongan de recursos presupuestales, intervenciones de Actividades de Emergencia y Proyectos de Inversion Publica (PIP's) de Emergencia, que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico y brindar una respuesta oportuna a la poblacion afectada por un desastre de gran magnitud y rehabilitar la infraestructura publica danada; Que, con los Oficios Nºs 565 - 742-2008-G.R.PASCO/ PRES de Vistos, el Gobierno Regional de Pasco remitio 01 (una) Ficha Tecnica de Actividad de Emergencia dirigida a la Adquisicion de Combustible para la recuperacion de infraestructura vial, vecinal del distrito de Huancabamba, provincia de Oxapampa, danada por los efectos del sismo ocurrido el dia 30.JUN.2008; Que, conforme lo senalado en el numeral 10.4 del articulo 10º de la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01, el INDECI evalua las solicitudes presentadas y las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia, y de ser procedente las aprueba expresamente a traves del Informe del Director Nacional del organo de linea del INDECI. Adicionalmente el INDECI elabora el Informe Tecnico de Aprobacion de las Fichas Tecnicas de Actividad, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerarquicos que amerite la aprobacion, incorporacion y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus terminos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 012-2008INDECI/DNPE/CE de Vistos, el Equipo de profesionales, luego de la evaluacion correspondiente aprobo la Ficha Tecnica presentada por el Gobierno Regional de Pasco, senalando que la solucion planteada se encuentra en relacion directa con el impacto producido por el evento, ya que los sismos ocurridos en el ambito de la Region Pasco han ocasionado que la infraestructura vial se vea danada, segun se refiere la ficha tecnica, no existe transitabilidad, siendo la adquisicion de combustible una solucion tecnico oportuna que permitiria la recuperacion de la transitabilidad de las carreteras, cumpliendo con lo establecido en la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 029-2008-EF/15;

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